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Sobre Ley De Asentamientos Humanos, Desarrollo Humano, Y Desarrollo Territorial Del Estado De Hidalgo


Enviado por   •  18 de Junio de 2013  •  4.378 Palabras (18 Páginas)  •  1.172 Visitas

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Ley de asentamientos humanos, desarrollo humano, y desarrollo territorial del estado de Hidalgo

1-Según el art primero de esta ley: tiene por objeto los sig. 4 objetivos cuáles son?

I.- Establecer las normas conforme a las cuales el Estado y los Municipios, a través de las Autoridades competentes, ejercerán sus atribuciones en materia de planeación urbana, asentamientos humanos, desarrollo urbano y ordenamiento territorial para planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los asentamientos humanos en la Entidad;

II.- Establecer las bases mediante las cuales se integrará el Sistema Estatal de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, así como los instrumentos de gestión y ejecución a través de la regulación, inducción, concertación y coordinación de los agentes públicos, sociales y privados en la materia;

III.- Fijar las normas y procedimientos básicos para regular, controlar y vigilar las acciones urbanas y el ordenamiento territorial, en los términos de esta Ley, los programas del Sistema Estatal de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y las demás disposiciones reglamentarias; y

IV.- Definir las bases conforme a las cuales se dará la participación ciudadana en el desarrollo urbano y el ordenamiento del territorio.

2-Según el artículo tercero de esta ley los programas que integran el sistema de ordenamiento territorial y desarrollo humano establecerán entre otras las sig cuatro estrategias cuales son?

I.- Estrategias, medidas y acciones necesarias para el aprovechamiento, en beneficio social, de las áreas susceptibles de apropiación, que conduzcan al mejoramiento de los niveles de vida y bienestar social en las comunidades urbanas y rurales;

II.- La ejecución de las medidas y acciones que tiendan a conciliar equilibradamente la interrelación entre ciudad y campo y que requieran la planeación, ordenación y regulación de los asentamientos humanos;

III.- Las obras y servicios de transportes, estructura vial y demás sistemas de convivencia y de servicios en cada asentamiento humano; y

IV.- Las acciones tendientes a crear la reserva territorial para la construcción de equipamiento, vivienda e infraestructura que requieran los asentamientos humanos.

3-Según esta ley se entiende asentamiento humano y asentamiento humano irregular, centro de población y acción humana

I.- Acción urbana: El proceso de aprovechamiento, acondicionamiento y utilización del territorio para el asentamiento humano, mediante la introducción o mejoramiento de infraestructura, equipamiento y servicios, así como por el fraccionamiento, urbanización, fusión, subdivisión, lotificación, relotificación, edificación, cambio de régimen a propiedad en condominio u otros

tendientes a la transformación, uso o aprovechamiento del suelo;

II.- Asentamiento humano: El establecimiento de un conglomerado demográfico con el conjunto de sus sistemas de convivencia, en un área físicamente localizada, considerando dentro de la misma los elementos naturales y las obras materiales que lo integran;

III.- Asentamiento humano irregular: El establecimiento de un conglomerado demográfico con el conjunto de sus sistemas de convivencia, establecido sin autorización en términos urbanísticos ambientales de las Autoridades Municipales, en una determinada zona de los centros de población por lo general en zonas periféricas o suburbanas, cualquiera que sea su régimen jurídico de tenencia de la tierra aunque este fenómeno se presenta con mayor frecuencia en tierras ejidales o comunales;

IV.- Centro de población: Las áreas constituidas por las zonas urbanizadas, las que se reserven a su expansión y las que se consideren no urbanizables por causas de preservación ecológica, prevención de riesgos y mantenimiento de actividades productivas dentro de los límites de dichos

centros; así como las que por resolución de la autoridad competente se provean para la fundación

de los mismos;

4-A quien le corresponde la apelación de esta ley? Y con base en que instrumentos jurídicos se debe en aplicar

ARTÍCULO 5.- La aplicación de esta Ley corresponde al Estado y a los Municipios, los que ejercerán sus atribuciones en materia de asentamientos humanos, desarrollo urbano y ordenamiento territorial de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Hidalgo y la Ley General de Asentamientos Humanos.

5-Son facultades del ejecutivo más sig cuatro

I.- Establecer las políticas generales para regular el ordenamiento territorial, los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de los centros de población en la Entidad con base en lo establecido en el Plan Estatal de Desarrollo;

II.- Promover la participación social conforme a lo dispuesto en esta Ley;

III.- Vigilar, supervisar y dictaminar la fundación de nuevos centros de población o desarrollos fuera de los límites de crecimiento de los centros de población a efecto de que se cumpla con los procedimientos y normatividad establecidos en los programas que integran el Sistema y Reglamento previstos en esta Ley;

IV.- Ejecutar los decretos de fundación de centros de población, de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento de esta Ley;

6 -Según el Artículo séptimo para el cumplimento de las atribuciones de esta ley, el ejecutivo se auxiliará de la sig secretaria, cual es esta? Y cuales son sus funciones. Señalar al menos 5

Se auxiliará por la Secretaría, que es la Dependencia encargada de formular y conducir la política general en materia de desarrollo urbano y ordenamiento territorial de los asentamientos humanos en la Entidad, a través del Sistema y los demás instrumentos aplicables al presente ordenamiento.

Así como de supervisar, verificar y vigilar el cumplimiento de lo no previsto en la presente Ley y en su caso sancionar su incumplimiento de conformidad con lo previsto en la normatividad aplicable.

Funciones:

I.- Formular, administrar y evaluar el Programa Estatal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, los programas regionales y subregionales de desarrollo urbano y ordenamiento territorial, así como los de ordenación de zonas conurbadas y zonas metropolitanas,

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