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“ÉTICA EN LA CLONACIÓN Y TRANSPLANTE DE ÓRGANOS”


Enviado por   •  11 de Julio de 2020  •  Apuntes  •  2.580 Palabras (11 Páginas)  •  123 Visitas

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UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO

ESCUELA DE MEDICINA

FACULTAD DE MEDICINA HUMANA

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ÉTICA DE LA MEDICINA

“ÉTICA EN LA CLONACIÓN Y TRANSPLANTE DE ÓRGANOS”

Docente:

  • Dr. Jorge Cárdenas A.

Alumnas:

  • Flores Quiñonez María
  • Mendez Plasencia Leslie
  • Reyes Torres Paola
  • Ríos Chapoñan, Stephanny

Turno:

  • Viernes 3:15 pm – 5:55pm

Trujillo – Perú

SEMESTRE 2017 - II

2. CLONACIÓN

2.1. Definición:

  • El término clonación describe una variedad de procesos que pueden usarse para producir copias genéticamente idénticas de un ente biológico. El material copiado, que tiene la misma composición genética que el original, se conoce como clon.
  • Los investigadores han clonado una gran variedad de materiales biológicos, entre ellos genes, células, tejidos e incluso organismos enteros, tales como una oveja.

2.2. Tipos:

A. Clonación Reproductiva:

Es la creación de un duplicado genético casi completo de una persona existente. La oposición a la clonación reproductiva es casi universal, y las Naciones Unidas han empezado las negociaciones de un tratado internacional para prohibirla.

La perspectiva de la clonación humana también genera controversia. Muchas especies de mamíferos (p. ej., ovejas, cerdos, ganado vacuno, cabras, ratones, gatos, perros) han sido clonadas con éxito mediante la introducción de un núcleo diploide de una célula adulta en un óvulo cuyo núcleo haploide fue eliminado (técnica denominada transferencia nuclear de células somáticas, o SCN T, del inglés somatic cell nuclear transfer). La célula se manipula para que pueda expresar todos sus genes (recuérdese que la mayoría de los genes de una célula adulta diferenciada típica son silenciosos transcripcionalmente). Es probable que este procedimiento, permitiéndole avanzar hasta un embarazo a término, pueda usarse para producir un ser humano (clonación reproductiva). Algunos argumentan que la clonación humana ofrece a las parejas sin hijos la oportunidad de tener hijos con los que están biológicamente emparentados o incluso reemplazar a un hijo muerto. No obstante, es importante tener en cuenta que un clon sólo es una copia genética. El ambiente del individuo, que también desempeña un papel importante en el desarrollo, no puede reproducirse. Además, la gran mayoría de los intentos de clonación de mamíferos fracasan: en la mayoría de los casos, el embrión muere o presenta malformaciones flagrantes. Dado que las consecuencias de la clonación reproductiva humana serían similares casi con toda seguridad, la práctica totalidad de los científicos condenan la clonación reproductiva de seres humanos.

B. Clonación no reproductiva o terapeútica

La clonación no reproductiva es la creación de células madres dotadas con la capacidad de auto renovación (producir más células madres) y de originar nuevas líneas de células o tejidos. En las investigaciones se pretende usar células cultivadas en laboratorios para producir nuevas poblaciones de células.  Aunque la terapia con células madres podría proveer adelantos científicos impresionantes, a la vez produce preocupantes complicaciones éticas y prácticas como en la clonación reproductiva.

Las células madre embrionarias (ESC, del inglés mbryonic stm cells), que derivan de la masa de células interna de los embriones en la etapa blastocítica, pueden clonarse y cuentan con el potencial único de diferenciarse en cualquier tipo de célula del cuerpo humano (pluripotencia). Por ejemplo, potencialmente pueden formar neuronas para el tratamiento de la enfermedad de Parkinson o miocitos cardíacos para el tratamiento de la isquemia cardíaca. Sin embargo, con la tecnología actual, el embrión es destruido para obtener ESC y esto resulta controvertido en muchos círculos. Investigaciones actuales están intentando inducir pluripotencia en células adultas diferenciadas. También hay en marcha investigaciones para extraer células únicas utilizables de embriones blastoméricos de tres días (como en el diagnóstico genético preimplantacional) para no destruir los embriones. Falta por ver si estas tecnologías son capaces de producir células que tengan la misma flexibilidad y utilidad que las ESC.

Un problema del uso de células derivadas de ESC es que podrían inducir una respuesta inmunitaria en el receptor. Este problema podría solventarse en gran parte si se dispusiera de clones de ESC de numerosas personas con distintos tipos de MHC (complejo mayor de histocompatibilidad). Entonces se buscaría las ESC adecuadas para el receptor desde el punto de vista inmunológico. No obstante, en estos momentos la mayoría de los investigadores sólo disponen de un número limitado de líneas de ESC. Otra propuesta sería utilizar la SCNT con las propias células de un paciente para crear ESC con una secuencia de DNA idéntica a la del paciente.

Aunque estas tecnologías ofrecen la esperanza de un tratamiento eficaz para algunas enfermedades rebeldes, también plantean espinosos problemas éticos. Sin duda, las decisiones referentes a su uso deben basarse en las aportaciones constructivas de científicos, especialistas legales y filósofos, entre otros.

3.3. Aspectos éticos

Para hacer una valoración ética de la clonación, habría que distinguir si se trata de clonación "de" seres humanos, clonación "en" seres humanos, o clonación de animales o vegetales. Los problemas éticos que plantean estas técnicas afectan fundamentalmente a la dignidad humana. Estas técnicas plantean una serie de preguntas sobre qué significa "ser humano", sobre las relaciones familiares y entre generaciones, el concepto de individualidad y el tratamiento de los niños como objetos.

El análisis ético de las consecuencias, fundamento de la denominada ética de la responsabilidad, lleva a considerar el conjunto de consecuencias "benefícentes" y a equilibrarlas con las consecuencias negativas o "maleficentes".

Ambos tipos de clonación atentan contra los derechos humanos gravemente: el de la vida, por la destrucción de  embriones;  el de la identidad humana, es decir, la protección contra la predeterminación genética por un tercero; el de la singularidad, por el que todas las personas tienen derecho a mantener la naturaleza esencialmente aleatoria de la composición de sus genes; el de la dignidad humana, por considerar a esas personas como un medio e instrumentalizarlas.

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