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LOS CACIQUE DEL VALLE DE COPIAPO


Enviado por   •  18 de Abril de 2020  •  Documentos de Investigación  •  2.138 Palabras (9 Páginas)  •  343 Visitas

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LOS CACIQUES MANDONES DEL VALLE DE COPIAPÓ

Autor:  Jose Dgo. Rojas Piñones

 Investigador de la historia

RESUMEN

En el valle de Copiapó, a la llegada de los españoles, los aborígenes ejercían una jefatura dual o de mitades, sin embargo, aproximadamente un par de décadas más tarde, esto cambio con la llegada de los hispanos y se impuso el cacique colonial único, es así como encontramos registro de los caciques Taquias a cargo de los naturales, del valle de Copiapó, desde mediados del siglo XVI hasta principios del siglo XIX, heredando el cargo en línea patriarcal.

PALABRAS CLAVES

Valle de Copiapó, Cacicazgo dual, imposición cacique colonial único, herencia patriarcal del poder

Abstract

In the Copiapó Valley, at the arrival of the spaniards, the aborigines exerted a dual headquarters or halves, however, about a couple of decades later, this changed with the arrival of Hispanics and imposed the cacique, is unique colonial as well as we could find record of the CACIQUES Taquias in charge of the natives, of the Copiapó Valley, from the mid-16th century until the beginning of the 19th century, inheriting the position in Patriarchal line.

El 31 de octubre de 1561 en el valle de Copiapó, se ejercía el cacicazgo dual, a cargo de los hermanos Alonso y Martin Taquía, ambos pertenecían a la encomienda del general Francisco de Aguirre, no hay registro de la fecha en que asumieron el mando sobre los indígenas del valle de Copiapó. Sin embargo, a contar de don Alonso Taquia, el cacicazgo fue mantenido en línea de padres a hijos, en la familia Tacquía, hasta el cacique Pablo Tacquía Rojas, que suscitó un motín por reclamos de agua para riego a principios del siglo XIX. En 1618 ya no existía el cacicazgo dual y en su lugar se imponía el Cacique único, en el testamento de don Francisco, dictado en Copiapó el 22 de abril de 1618 en Copiapó, casado con doña Franzisca y padre de doña María, declara por sus bienes el “Pueblo de Chamonate, donde dice tener cuatrocientas ovejas de Castilla entre grandes y chicas; asimismo declara ser dueño de las casas de su morada en este pueblo de Copiapó”. También encontramos, que en el codicilo de don Francisco, dictado el 22 de abril de 1618 en Copiapó, declara tener un primo, Francisco Taquiha, hijo natural de un tío suyo, Francisco (Chamisca), y también declara a Albaro Normilla como su familiar, hijo de Francisco Normilla y de su prima Beatris. Manifiesta expresamente su voluntad de que sea Albaro Normilla su sucesor, es decir, de que sea el Curaca principal del valle de Copiapó. Sin embargo, esta última voluntad de don Francisco no sería cumplida y asumiría el mando don Francisco Taquiha, su primo, lo que confirma la idea de herencia de poder en línea patriarcal.

En 1636 el cacique del valle de Copiapó era don Alonso Taquia (también conocido como Alonso Tacuya), hijo de Francisco Taquiha y nieto de Francisco (Chamisca).

Juan Saxmay, indio de encomienda de Copiapó, en el año 1677 solicitó la corte de La Real Audiencia para reclamar para si el Cacicazgo de Copiapó. Juan Saxmay acusó a Francisco Taquiha de abandonar el valle y establecerse en el cercano Valle del Huasco, abandonando el suyo a su suerte (ANCh, Real Audiencia, vol. 1763*. La acusación se basaba en el hecho de que este líder no habría sido un cacique legitimo; sino que habría tomado el lugar de uno “…porque el que al presente tiene nombre de casique no lo es por no tener sangre de tal ni desender de ninguno de sus antiguos casiques sino por averse introducido su padre como hijo de un mandón del casique antiguo principal de este dicho pueblo” (ANCh, Real Audiencia, vol. 1763, N° 1)

El juicio duro un año, y Juan Saxmay ostento el Cacicazgo del valle de Copiapó por un breve periodo de dos meses, entre el 15 de noviembre de 1677 y el 24 de enero de 1678, tras una decisión de primera instancia. Dado que el demandante había basado su acusación en la ilegitimidad del linaje de Taquia, el contexto permitió que el juicio continuara. De hecho, Don Francisco Taquia se había retirado con su familia al Valle de Huasco abandonando el suyo a su suerte.  La camarilla fue restaurada durante el segundo juicio a don Francisco Taquia porque podía dar fe de que su padre había sido cacique de Copiapó antes que él.

En Santiago, el 17 de abril de 1723 dicto testamento don Joseph Taquia Bravo, cacique principal del pueblo de Copiapó, distrito de la ciudad de La Serena, hijo legítimo de don Francisco Taquia Gobernador y Cacique principal que fue de dicho pueblo y de doña Juana Bravo cacica principal difuntos y nieto de legítimo de don Alonso Taquia y doña Thereza Bravo Gobernadores que fueron del referido pueblo de Copiapó. Refiere que “tiene derecho a ser enterrado en la iglesia del convento de la santa recolección de el señor de San Francisco, de la Ciudad de Santiago por el derecho que tengo a la sepultura en cualquiera de las Iglesias de dicha sagrada orden como benefactor por haber dado mis mayores el sitio del convento de nuestro padre San Francisco de Copiapó. En otro párrafo del testamento declara por sus bienes cien cuadras de tierras en el valle de Copiapó, del pueblo para arriba cuatro cuadras de distancia que se componen de diez cuadras en cuatro, las cuales me deslindaron y midieron por el señor fiscal de su majestad don Balthazar de Lerma y Salamanca”. Dentro de sus bienes declara poseer ganado cabrío y ovejuno que “por todo serán quinientas cabezas entre cabras y ovejas, veinte vacas y doce bueyes todo lo cual tengo a cargo de Francisco Normilla indio de mi servicio y siete yeguas aquilinas con las crías que tuvieren.”

“Itten mando se le den a Bernarda Taquia mi hija natural veyntte o treyntta cavezas de ganado menor del que tengo en Copiapó y otras tantas a Isabel de Aguirre y lo demás se lo lleve el dicho Francisco Normilla por lo bien que me ha servido.”

“Itten declaro que atento a no tener hijos legítimos(varones) algunos le pertenece a mi hermano legitimo Alonso Taquia la sucesión del Cacicazgo de Copiapó que obtengo como hijo mayor del dicho mi padre después de mi es el que sigue y así mando que mis albaceas le entreguen al suso dicho todos los títulos y demás papeles que tengo en mi poder tocante al dicho cacicazgo y demás derechos que me competen y así lo declaro y mando para que conste.”

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