ARGUMENTACION
kayser_1328 de Noviembre de 2013
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ARGUMENTACIÓN E INTERPRETACÓN
Es ya una constante en el pensamiento jurídico contemporáneo que:
Toda operación sobre derecho implica interpretar. Incluso las disposiciones más claras precisan de tal comprensión intelectual.
La interpretación supone una operación que no puede evitar traspasar el texto. Lo cruza y lo transforma, por así decirlo.
Se trata, en fin, de uno de los muchos efectos del lenguaje, que constituye necesariamente el soporte de la norma.
El vocablo interpretar se deriva del latín interpretatio-interpretationis, explicación, interpretación, traducción.
El término argumentar se deriva del latín argumentum, prueba, razón convincente, argumento, su antecedente se encuentra en el verbo arguo-arguere, que significa hacer constar, dar a conocer, manifestar, afirmar. También tiene el campo semántico de dejar bien en claro, demostrar, probar.
En consecuencia, argumentar puede definirse como:
Ofrecer un conjunto de razones o de pruebas en apoyo de una conclusión.
En relación con el tema de lógica y retórica debe decirse que por argumentación se puede entender dos cosas diferentes si bien en estrecha relación:
A) Desde una perspectiva retórica, la argumentación comprende el conjunto de estrategias que organizan el discurso persuasivo.
B) Desde una perspectiva lógica, una argumentación es un tipo de razonamiento.
Ambas se ligan de modo esencial, ya que la exposición de un razonamiento, desde la perspectiva lógica, requiere, de modo necesario, una organización elemental del discurso, lo que presupone e implica una estrategia, lo que nos sitúa en el campo de la retórica.
Dentro del aspecto referente al acto de argumentar, cabe distinguir entre emitir una simple opinión, participar en una polémica, o interpretar un texto.
El acto de opinar, no implica, de modo necesario, argumentar, así se infiere se su propia etimología, del latín opinio-opinionis, creencia, parecer, conjetura; idea que uno se forma de algo.
En lo que se refiere a polémica, se puede polemizar sólo con afirmaciones no con argumentos. El vocablo polémica significa combate, lucha, enfrentamiento.
En consecuencia, argumentar es aducir razones o ‘pruebas” en favor de lo dicho’
Hay una distinción entre interpretación y argumentación, conceptos que en ocasiones se han tomado como voces sinónimas sin serlo.
El que toda tarea interpretativa lleve siempre aparejada una argumentación de ahí no se sigue el que, necesariamente, sean, lo mismo, son dos actos intelectuales distintos.
En conclusión, interpretar es, en sentido amplio, atribuir un significado a un determinado enunciado; en cambio, argumentar es dar una o varias razones a fin de sostener una tesis u opinión.
Los argumentos son, así, intentos de apoyar ciertas afirmaciones o decisiones con razones. De este modo, argumentar tiene una importancia especial porque constituye una manera de informarse acerca de que afirmaciones o decisiones son mejores que otras.
Los argumentos tienen una relevancia especial en la actividad interpretativa, pues el discurso del intérprete se halla comúnmente constituido por un enunciado interpretativo (informativo o estipulativo) y por uno o más argumentos ofrecidos para apoyar o respaldar la interpretación propuesta.
ESTRATEGIAS PARA MEJORAR LA ARGUMENTACIÓN
Un buen abogado, y máxime un juzgador, debe sabe cuándo es adecuado o incluso necesario ofrecer razones para sostener sus argumentos, cómo construirlos y evaluarlos. Para ello necesita tres elementos fundamentales que son:
ORGANIZAR una discusión
APOYAR con razones
CONOCIMIENTO, SABER cuándo y qué preguntar
DISPOCISION Y CLARIFICAR el discurso
HABILIDAD TOMAR EN CUENTA el contexto de la discusión
Para: RECONOCER la estructura de un argumento
SABER CUANDO la evidencia es insuficiente
BUSCAR alternativas
En el ejercicio constante de argumentar, es necesario saber distinguir con precisión los diversos actos del habla, que pueden presentarse tanto en forma oral como por escrito, estos actos son:
ORACIONES
ACTOS PROPOSICIONES
DEL HABLA ASEVERACIONES
ENUNCIACIONES
Asimismo, se debe distinguir entre los diversos usos del lenguaje, como son:
INFORMATIVO, su finalidad básica en comunicar la información, lo que, en general, se logra mediante la formulación o afirmación (o negación) de proposiciones.
DIRECTIVO, cuando intenta ocasionar o evitar que se realicen ciertas acciones. El lenguaje intenta, en estos casos, obtener resultados. Los ejemplos más comunes son las órdenes y las peticiones.
EXPRESIVO, es el lenguaje que se emplea para expresar sentimientos, expresiones y actitudes.
DESCRIPTIVO, es una variante del lenguaje informativo, sin embargo, tiene un grado mayor de especialización en cuanto al tratamiento de la información y del tipo de información que pretende transmitir.
EUFEMÍSTICO, es un recurso del lenguaje que se emplea con frecuencia para suavizar expresiones que se consideran demasiado duras y directas, o bien para eliminar palabras malsonantes o aludir con discreción a temas especialmente escabrosos.
METAFÓRICO, consiste en trasladar el sentido recto de los vocablos a otro figurado.
Los tipos de lenguaje descritos con anterioridad, en mayor o menor medida siempre se encuentran entrelazados, aun en el lenguaje que pretende ser lo más técnico posible.
Todos los aspectos que se han considerado con anterioridad, presuponen para su correcto desarrollo, una buena lectura, sin el cual no puede progresarse ni en el análisis jurisdiccional ni en el intelectual.
Lectura de tipo analítico-informativa.
Estructura inductiva. Se parte de los hechos concretos para establecer una idea general que los ratifique. La tesis suele aparecer al final y sirve como conclusión de todo el proceso argumentativo.
Estructura deductiva. Se parte de una idea general (tesis inicial) para llegar a una conclusión concreta.
Sin embargo, otros elementos se pueden presentar en otras formas estructurales como las siguientes:
ESTRUCTURA ENCUADRADA: se parte de una idea general, con argumentos que generan, como conclusión, otra tesis final.
ESTRUCTURA REPETITIVA: Se repite la misma tesis a lo largo de texto.
ESTRUCTURA EN PARALELO: Se presentas diferentes tesis y se van argumentando al mismo tiempo.
La atención es el mecanismo cognitivo mediante el que ejercemos el control voluntario sobre nuestra actividad perceptiva, cognitiva y conductual, entendiendo por ello que activa/inhibe y organiza las diferentes operaciones mentales requeridas para llegar a obtener el objetivo que pretendemos y cuya intervención es necesaria en la medida en que estas operaciones no pueden desarrollarse automáticamente.
La atención es elemento indispensable en la lectura de información y análisis, esencial para el desarrollo del trabajo jurisdiccional, se pasa a examinar los pasos fundamentales para realizar una lectura exitosa.
El primer paso consiste en fijar la atención y discernir con claridad el tipo de texto al cual deberá aplicarse el lector.
El segundo paso consiste en acotar de antemano los objetivos y la finalidad de la lectura.
En un tercer paso deben fijarse las preguntas claves acerca del texto.
El cuarto paso será dar las respuestas adecuadas a las interrogantes que formulamos con anterioridad, al dar las respuestas se dará la comprensión del texto.
Junto con estos elementos que se han proporcionado para mejorar nuestra actividad como lectores de textos complejos, como son los textos con los que trabaja en forma continúa el sentenciador, cabe agregar algunas marcas del razonamiento.
Las marcas del razonamiento son operaciones que funcionan como elementos de demostración, esto es, cuando hablamos de:
Argumento, conjunto de razones que sustentan una opinión o juicio.
Inducción, conducir hacia algo, llevar, guiar.
Deducción, sacar conclusiones o consecuencias de un principio, inferir a partir de un principio general, llegar a una conclusión por medio del razonamiento.
Premisa, que es la proposición en que se basa la conclusión.
Silogismo, argumento en el cual, establecidas ciertas premisas, resulta necesariamente de ellas, por ser lo que son, otra cosa distinta de las antes establecidas.
Inferencia, conjunto de todos los procesos discursivos de los cuales se saca una consecuencia a partir de otra cosa.
Los elementos anteriores son esenciales en el trabajo jurisdiccional del análisis, y cada uno de ellos depende, en una adecuada lectura para su aplicación, pero también para detectarlos en el texto de una demanda, exposición de motivos, alegatos, etc. Para ellos nos auxiliaremos de los conectores lógicos del lenguaje, sin los cuales no nos será posible argumentar con corrección.
Las siguientes reglas u orientaciones deben tenerse en cuenta para construir un argumento:
DISTINGUIR ENTRE APOYAR DOGMATICAMENTE Y DEFENDER CON RAZONES, que es, en sentido estricto, argumentar.
SABER ESCUCHAR a las partes.
NO REALIZAR JUICIOS PRECIPITADOS
BUSCAR EJEMPLO (PRECEDENTES)
UNIFORMAR EXPRESIONES
USAR TÉRMINOS CONSISTENTES
PROCURAR NO USAR
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