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Articulo 2 La nación mexicana tiene que respetar a los distintos pueblos indígenas y hacer valer sus derechos


Enviado por   •  6 de Marzo de 2017  •  Trabajos  •  936 Palabras (4 Páginas)  •  228 Visitas

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Articulo 2

La nación mexicana tiene que respetar a los distintos pueblos indígenas y hacer valer sus derechos.

Aceptar que estos pueblos indígenas tienen sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas.

Y para “autenticar” que alguna persona es perteneciente a algún  pueblo indígena deberá cumplir ciertos requisitos que son los siguientes:

Estas personas forman una unidad social, económica y cultural, estar asentados en un territorio y este que es reconocido por autoridades que deben respetar los usos y costumbres de estos pueblos indígenas.

Dichos pueblos indígenas son autónomos y son reconocidos por la constitución y las leyes de las entidades federativas y debe tomarse en consideración que estas personas hablan otro dialecto

La constitución deberá reconocer y garantizar los derechos de estos pueblos y sólo se les respetará su autonomía en los siguientes casos:

-En la forma en que estos decidan organizarse en todos sus ámbitos

- ellos decidirán de manera interna el cómo van a manejar sus leyes, siempre y cuando se respeten los principios y garantías individuales, al igual que deben respetar a las mujeres.

- en caso de llegar a someterse alguno de los pobladores indígenas a un juicio, se debe realizar con los jueces y tribunales correspondientes

- debe de respetarse y enriquecer su lengua, conocimientos y todo aquel elemento que constituyan su cultura e identidad

-conservando y mejorando la integridad de sus tierras

- deben tener un representante en el ayuntamiento para los municipios con población indígena, dichos representantes deberán respetar todas las tradiciones y normas internas.

- los indígenas tienen el derecho a ser asistidos por interpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura

- la federación y los municipios, deben promover el respeto y la igualdad que se le debe dar a los pueblos indígenas instituciones que determinarán políticas para garantizar los derechos de los pueblos indígenas las cuales deben ser creadas en conjunto con ellos

- se impulsará el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales

- incrementar los niveles de escolaridad de dichos pueblos favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, alfabetismo, educación media y media superior, aportar becas para los estudiantes de pueblos indígenas

- deben asegurarse que cuenten con seguridad social, aprovechar también la medicina tradicional, como verificar que tengan una buena nutrición

-Extender las redes de comunicación mediante la construcción y ampliación de vías de comunicación y telecomunicación.

- apoyar las actividades que hacer crecer a la comunidad y que así se cuenten con mayores empleos como inversiones públicas y privadas

- para todos los que deseen emigrar garantizar que todos sus derechos sean protegidos y respetados

Todos los derechos que en esta constitución se establecen son con el fin de preservar los pueblos indígenas y que puedan tener una vida digna.

 Etnias en México

MIXTECOS

Mixteca y Otomangue. En los nueve distritos que se consideran mixtecos: Silacayoapan, Huajuapan, Coixtlahuaca, Juxtlahuaca, Teposcolula, Jamiltepec, Nochixtlán, Tlaxiaco y Putla habitan 556 256 individuos mayores de cinco años, de los cuales 227 680 hablan mixteco, según el Censo de 1990. A nivel nacional se registraron cinco variantes de la lengua mixteca con un total de 386 874 hablantes de mixteco. El mixteco pertenece al grupo macro-otomangue, subgrupo otomangue, rama mixteco-popolocana, familia amuzgo-mixtecana y está emparentado con los idiomas cuicateco, triqui y amuzgo y un poco más alejado del popoloca, el ixcateco, el chocho y el mazateco. Existen, asimismo, siete complejos dialectales del mixteco

ZAPOTECAS

El idioma zapoteco (diidza, diidx zah), hablado por 785.000 personas en Oaxaca y otros lugares, hace parte con el idioma chatino de un grupo lingüístico que pertenece al tronco otomangue de lenguas mesoamericanas, junto con la lengua mixteca, mazateca y popolaca, entre otras. Sea cual sea su procedencia estuvo situada en el estado de Oaxaca y en la región suroeste de Veracruz, al sur de México, durante 2.000 años y hoy se habla también en algunas comunidades de Guerrero, Morelos y Puebla y entre migrantes en California.

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