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Aspectos Civiles En Roma


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2014  •  2.838 Palabras (12 Páginas)  •  219 Visitas

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Esponsales

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En la Roma antigua, existieron los esponsales como un pacto de que se ha de celebrar un matrimonio. Si el matrimonio no se efectuaba, existía una acción denominada actio sponsalitia, que cayó en desuso y, por lo tanto, solamente quedó la obligación moral pues no se podía exigir la celebración del matrimonio.

Sin embargo, estando vigente un contrato de esponsales no podía ser celebrado otro, con otra persona, o si estando vigente el contrato se efectuaba el matrimonio con persona distinta, se acarreaba una declaratoria de infamia.

En tiempos del imperio bajo se empezaron a conocer las arras esponsalicias, que era un dinero o unos bienes que uno de los promitentes depositaba en manos del otro, como garantía de que cumpliría la promesa, perdiéndolas si incumplía o con derecho a reclamarlas, dobladas, si él era la víctima del incumplimiento.

Los esponsales dejaban de tener vigencia, por su cumplimiento, por la muerte de una de las partes, por mutuo acuerdo, por decisión de una de las partes o por sobrevenir un impedimento para el matrimonio,

En México la figura de los esponsales, aunque en desuso, permanece contemplada en diversos códigos civiles de la República Mexicana, así como en el Código Civil Federal.

No obstante, debe considerarse que la figura de los esponsales se encuentra tácitamente proscrita por la redacción del artículo 1 de la Convención sobre el consentimiento para el matrimonio, la edad mínima para contraer matrimonio y el registro de los matrimonios

Matrimonio

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Era una de las principales instituciones de la sociedad y tenía como principal objetivo generar hijos legítimos que heredasen la propiedad y la situación de sus padres. Entre los patricios también servía para sellar alianzas políticas o económicas. Es una institución social que crea un vínculo conyugal entre sus miembros. Este lazo es reconocido socialmente, ya sea por medio de disposiciones jurídicas o por la vía de los usos y costumbres. El matrimonio establece entre los cónyuges —y en muchos casos también entre las familias de origen de éstos— una serie de obligaciones y derechos que también son fijados por el derecho, que varían, dependiendo de cada sociedad. De igual manera, la unión matrimonial permite legitimar la filiación de los hijos procreados o adoptados de sus miembros, según las reglas del sistema de parentesco vigente.

Requisitos

Para que un matrimonio fuera válido en la Antigua Roma (iustae nuptiae), era necesario que se respetaran los siguientes requisitos: la capacidad jurídica matrimonial, la edad y el consentimiento

Conubium: La capacidad jurídica matrimonial recibía el nombre de conubium y de ella gozaban únicamente los ciudadanos romanos. Los extranjeros, los esclavos, los actores y los que se dedicaban a la prostitución tenían prohibido contraer matrimonio, aunque el conubium podía concederse en casos excepcionales.

Edad Legal: la edad mínima que debían tener las personas para casarse estaba relacionada con la pubertad (pubertas). En el caso de los hombres, la edad fijada eran los catorce años (ser púber) y en las mujeres los doce años (viri potens, "que pudieran soportar varón")

Consentimiento: El consentimiento requerido para contraer matrimonio era el de los contrayentes y el de los pater familias.

Solicitud de Matrimonio (Comprarla en la caja de las oficinas del registro civil, y llenar por el frente preferentemente a máquina)

Acta de nacimiento de ambos en original y copia

Análisis pre-nupciales (Actualizadas, en formato rojo)

4 Testigos (2 por cada uno de los contrayentes, con credencial de identificación, copia; NI ABUELOS NI LOS PADRES DE AMBOS PUEDEN SER TESTIGOS)

Impedimentos

- Impubertad

- Castración

- Vínculo Matrimonial no disuelto

- La viuda antes de cumplir el año de luto

- Demencia

- Parentesco

- Diversidad de Religión

- Posición Social

- Rapto y Adulterio

- Tutela y Curatela - Vínculo matrimonial no disuelto

- Edad inferior a 16 años

- Privación del uso de razón, fehacientemente diagnosticada, que impida formar la comunidad de vida que implica el matrimonio.

- Trastorno o anomalía psíquica, fehacientemente diagnosticada, que impida formar la comunidad de vida que implica el matrimonio.

- Carencia de suficiente juicio o discernimiento para comprender y comprometerse con los deberes y derechos esenciales del matrimonio

- Imposibilidad de expresar claramente su voluntad por cualquier medio, ya sea en forma oral, escrita o por medio de lenguaje de señas.

- Parentesco:

- Adopción:

- Crimen

Causales de Divorcio

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• Divortium ex iusta causa: como, por ejemplo, el adulterio de la mujer o el marido.

• Divortium bona gratia: por causas no imputables a algunos de los cónyuges (esterilidad, impotencia, etc.)

• Divortium sine causa: cuando alguno de los cónyuges repudiaba al otro sin que mediase causa que justificara este comportamiento.

• Divortium communi consensu: de mutuo acuerdo.

I.- El adulterio debidamente probado de uno de los cónyuges;

II.- El hecho de que la mujer dé a luz, durante el matrimonio, a un hijo concebido antes de celebrarse éste y que judicialmente

sea declarado que fue engendrado por persona diferente a su cónyuge;

III.- La inseminación

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