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COLONIZACION INGLESA


Enviado por   •  14 de Junio de 2014  •  11.748 Palabras (47 Páginas)  •  212 Visitas

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PROCESO DE REGIONALIZACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA

ANTECEDENTES

Tras el término de la Segunda Guerra Mundial surgen, principalmente en Europa, movimientos que postulan la idea de levantar una organización europea. Winston Churchill se convertirá en el principal abanderado de esta idea, luego del triunfo laborista en las elecciones británicas de 1945.La gran intervención de Churchill en defensa de la construcción europea fue en el famoso "discurso de Zurich" el 19 de Septiembre de 1946, en el cual apeló a favor de la construcción europea y la reconciliación franco-alemana. El discurso de Churchill estimuló a los diversos movimientos europeos que tras la guerra se habían fortalecido. Movimientos en pro de la construcción de una Europa unida que desde un principio partían de dos filosofías diferentes: federalistas o unionistas.

Mientras la Guerra Fría dominaba el espacio planetario, Europa padecía las consecuencias de una desoladora guerra que había destrozado infinito número de hogares y que había dañado el sistema productivo, poniendo en peligro de paralización las endeudadas economías de los países occidentales.Una concepción realista de la defensa de los propios intereses de los Estados Unidos tomó forma generosa y humanitaria, y como consecuencia de la cooperación económica se desarrollaron las primeras instituciones europeas, que trataban de articular un espacio económico y militar.

Desde principios de 1947, el presidente de los Estados unidos Harry Truman y sus principales colaboradores estaban decididos a realizar una intervención económica a favor de los países europeos azotados por las trágicas consecuencias de la Segunda Guerra Mundial, con la finalidad de preservar sus sistemas democráticos frente al expansionismo comunista y de favorecer sus transformaciones materiales, como espíritu de la doctrina de contención llamada "Doctrina Truman".

La intervención económica de Estados Unidos comenzaba el 12 de Marzo de 1947, a través de la solicitud de 250 millones de dólares que el Presidente Truman presentó al Congreso, a favor de Grecia y Turquía. Pieza esencial y anuncio de aquel proceso de colaboración a favor de Europa, fue el discurso pronunciado por el General Marshall en Harvard el 5 de Junio de 1947. George Marshall se había convertido en un héroe de la Primera Guerra Mundial y posteriormente tras el comienzo de la Segunda Guerra, se convierte en el principal asesor del Presidente Roosevelt.

El 21 de enero de 1947 era nombrado Secretario de Estado y junto a su equipo de colaboradores elaboró el plan de ayuda a Europa conocido como "Plan Marshall", que puede considerarse como el primer paso en el proceso de construcción europea, a partir del cual se comenzó a crear una diversidad de instituciones o instancias de cooperación europeas, lo que ya en el año 1950 toma una forma mucho más concreta mediante la firma del tratado que crea la Comunidad Económica del Carbón y del Acero (CECA) como primer pilar fundamental de lo que hoy se conoce como Unión Europea.

Francia por su parte puso en práctica el "Plan Monnet", articulado por Jean Monnet en su calidad de comisario general del plan de modernización y equipamiento de Francia. Este plan estaba orientado a afrontar la modernización y la reconstrucción francesa, y estaba fuertemente influenciado por el Plan Marshall. Por su parte, los movimientos y organismos europeos recién creados, tomaron una posición determinante a favor de un plan de coordinación de las industrias de base europeas: carbón, acero, electricidad y transporte. Surgió así, una propuesta bastante revolucionaria preconizando la creación de una autoridad pública del acero compuesta por delegados de los gobiernos para que definieran la política general de la industria siderúrgica de Europa.

Se extendió la idea de reagrupar las industrias pesadas de la región de Renania y de la región del Este y Norte de Francia y del BENELUX. Este proyecto fue definido con entusiasmo por Andre Philip, socialista francés, diputado de la asamblea consultiva del consejo de Europa, quien evocó la posibilidad de crear un ente combinado franco-alemán. Por su parte el protagonista del plan de reconstrucción francés, Jean Monnet, tras el fracaso de sus negociaciones con el Reino Unido para llevar a cabo un esfuerzo común de recuperación económica, diseña una Europa de base franco-alemana, fijando su atención tan solo en dos grandes productos: el carbón y el acero, materiales esenciales para el armamento y la industria. La internacionalización de estos dos productos impediría según las ideas de Monnet entre otras cosas una nueva guerra.

Depositario de la confianza del Secretario de Estado de los Estados Unidos para buscar una solución definitiva a la integración de Alemania Federal en la Europa occidental para evitar su satelización por parte de la U.R.S.S. en pleno período de Guerra Fría, Robert Shuman, Ministro de Asuntos Exteriores de Francia, decidió contar con la colaboración de Monnet para elaborar una propuesta, y fue el 9 de Mayo de 1950 cuando Shuman anunció a la opinión pública internacional la oferta francesa formulada a Alemania y a los restantes países democráticos europeos, de poner en común la producción del carbón y del acero bajo el mandato de una alta autoridad de carácter supranacional.

La gran innovación del Plan Shuman fue la creación de una alta autoridad, independiente de los gobiernos. No era por tanto un órgano de cooperación intergubernamental, sino una autoridad supranacional constituida como primera etapa de un proceso que concluiría con la unificación económica y política de Europa .La constitución de un mercado común sobre el carbón y el acero, posteriormente podría unirse a otras actividades industriales, comerciales y agrícolas, entre otras.

LA COMUNIDAD ECONÓMICA DEL CARBÓN Y DEL ACERO (CECA)

La reacción ante la declaración francesa del 9 de Mayo de 1950 fue tremendamente positiva. El presidente de los Estados Unidos Harry Truman declaró que esta iniciativa era un acto de gobierno constructivo y que abría nuevas perspectivas para Europa.Europa occidental comprendió que la declaración Shuman contenía por vez primera, la articulación de un poder supranacional, y que por ello se presentaba como una primera realización para la construcción de una Unión Europea, económica primero, y después política y militar.

El 3 de Junio se publicaba simultáneamente en París, Roma, Bruselas, La Haya y Luxemburgo el siguiente comunicado: "los pueblos francés, alemán, italiano, belga, holandés y luxemburgués, decididos a emprender una acción común de paz, de solidaridad europea y de proyecto económico y social, toman como objetivo inmediato la puesta en común de las producciones del carbón y del acero y la institución de una alta autoridad nueva cuyas decisiones vincularan a Francia, Alemania, Italia, Bélgica, Holanda, Luxemburgo y los países que se adhieran".

Las negociaciones se realizaron en París, y el 20 de Junio de 1950 se dio comienzo a una conferencia internacional en la capital francesa para poner las bases de lo que sería un posterior tratado. Durante 10 meses los expertos realizaron un proyecto que el 19 de Abril de 1951 estaba a disposición de los ministros de asuntos exteriores de los seis países para realizar un último examen. Finalmente el 18 de Mayo de 1951 se firmó en París el tratado de la Comunidad Económica del Carbón y del Acero. La entrada en vigor del tratado se produjo el 25 de Julio de 1952. Este mismo día Gran Bretaña nombraba un embajador permanente ante la CECA.

Durante un período preparatorio se pusieron en marcha las instituciones y el 1 de Febrero de 1953 el mercado común fue abierto para el carbón y el hierro, y el 1 de Mayo de 1953 para el acero.La comunidad fijó el aprovisionamiento regular y los precios; se previó que la realización del mercado común fuera progresiva para permitir la adaptación de las industrias.

La CECA comportaba cuatro grandes instituciones:

A) La Alta Autoridad: independiente de los gobiernos, encargada de definir los objetivos de producción y modernización a mediano plazo y garantizar la supervivencia de las empresas siderúrgicas y carboníferas, gracias a un fondo común.

B) El Consejo de Ministros: su misión era coordinar el trabajo de la alta autoridad con el de los gobiernos.

C) La Asamblea de la Comunidad: ésta controla a la alta autoridad, la cual debe presentarle un informe anual.

D) La Corte de Justicia: encargada de velar por la aplicación e interpretación del Tratado.

Los resultados de la CECA fueron bastante positivos. Se le atribuye el enorme crecimiento de la producción de acero, la intensificación del comercio entre los seis países, la baja en los costos de producción, la economización en los costos de las materias primas e importantes beneficios sociales como por ejemplo la creación de empleos.

El modelo institucional promovido por la creación de la CECA se convirtió en el punto de partida de otros proyectos más profundos de unión europea en sectores concretos como el transporte, el mercado agrícola y la sanidad.Por otra parte, aquellos acuerdos que se firmaron principalmente en materia de defensa como fueron la Comunidad Europea de Defensa, proyecto de Comunidad Política Europea y la Unión Europea Occidental, por uno u otro motivo no tuvieron mayor trascendencia para el proceso de Unión Europea.

LA CONSTRUCCIÓN EUROPEA: MERCADO COMÚN Y EURATOM:

Los esfuerzos para seguir creando autoridades supranacionales europeas habían fracasado y tan solo permanecía como tal la CECA.Ya en Septiembre de 1953, las administraciones belga y holandesa habían estimado como posible la extensión de la CECA a otros sectores como el transporte y los diversos tipos de energía, gas, electricidad y energía atómica.

El 10 de Marzo de 1955 en Estrasburgo, Jean Monnet pronunció su discurso de despedida de la Alta Autoridad, en el cual hizo un balance de lo conseguido por la CECA y apelo a la consideración de nuevos avances para la integración europea. Monnet veía clara la oportunidad de utilizar el sistema que había dado lugar a la CECA para crear una comunidad europea de energía nuclear que al mismo tiempo evitaba un desarrollo independiente de la industria nuclear alemana. La otra opción era la integración económica global a través de la extensión de la CECA a los restantes campos de la actividad económica.

Una persona clave en el proceso de relanzamiento del proceso de construcción europea fue el belga Paul-Henri Spaak, presidente de la Asamblea General de Naciones Unidas en 1946, presidente de la asamblea de la CECA en 1952 y Secretario General de la Organización del Tratado del Atlántico Norte OTAN desde 1957. Partidario de una integración europea global y no sectorial, Spaak mantendría como principal objetivo crear una comunidad supranacional que tuviera por objeto realizar la integración económica de Europa a través de la unión aduanera y la unión económica.

El 1 de Junio de 1955, en Messina, en la primera reunión de Ministros de Asuntos Exteriores, se planteó el relanzamiento europeo acordándose por los ministros de los seis países, extender la integración europea a toda la economía y encargaron a un comité de expertos presidido por Spaak la elaboración de un informe sobre la realización de una unión económica general y de una unión en el campo de la energía nuclear.

Los ministros de los seis países, decidieron que para su puesta en aplicación se necesitaba el estudio previo de un cierto número de cuestiones:

.- Procedimiento y ritmo de la supresión progresiva de obstáculos a los cambios, así como medidas apropiadas que permitieran la unificación progresiva del régimen aduanero.

.- Armonización de las Políticas Generales de los países participantes en los ámbitos financieros, económicos y sociales.

.- Coordinación de las políticas monetarias.

.- Creación de fondos de readaptación y establecimiento progresivo de la libre circulación de la mano de obra.

.- Elaboración de las reglas de concurrencia para excluir toda intervención nacional.

.- Creación de un fondo de investigación para desarrollar las regiones menos favorecidas.

.- Armonización progresiva de las reglamentaciones en lo social, y sobre todo en lo que concierne a la duración del trabajo" (Pérez-Bustamante, 1997: 106).

En los primeros días de Abril de 1956, el comité aprobó un informe preliminar, el denominado "Memorandum Spaak", que contemplaba la creación de una unión aduanera, con tarifa exterior común, más ambiciosa que la mera liberalización de cambios y más apta para conseguir una unión económica.

El texto fue presentado ante la CECA y remitido a los Ministros de Asuntos Exteriores, quienes se reunieron en la conferencia de Venecia el 29 y 30 de Mayo de 1956, adaptando el texto como base para la redacción del futuro tratado. En Venecia también se decidió el procedimiento de integración, configurando las diferentes ópticas de la asimilación por sectores preferida por los franceses y establecida para la Comunidad Europea de la energía atómica, y la integración económica general preferida por alemanes y holandeses, y que marcó el camino hacia la institucionalización de una Comunidad Económica Europea.

El "Memorandum Spaak" fue el resultado de diversos compromisos que atenuaron las diferentes posiciones de los seis países. Los informes serían aprobados por la conferencia de Messina, y a ella siguió una reunión de alto nivel de los jefes de Estado realizada en París en febrero de 1957, en donde serían resueltos los últimos obstáculos. Spaak finalizó el encargo de la redacción de dos tratados distintos, el que establecía la Comunidad Económica Europea (CEE) y el que creaba la Comunidad Europea de Energía Atómica (CEEA) o EURATOM. El 25 de Marzo de 1957 en la ciudad de Roma se anunciaba la ceremonia de la firma de dos tratados internacionales que harían historia.

Una vez ratificados los tratados de Roma por los respectivos Estados miembros, entraron en vigor, constituyéndose sus instituciones a comienzos de 1958. El tratado constitutivo de la CEE, establece la creación de un mercado común, es decir, la libre circulación de los factores productivos, objetivo que se logró a lo largo de un período de transición que duro trece años desde la entrada en vigor del tratado.

El tratado de la CEE se divide en cinco partes (248 artículos), la primera define los principios que rigen la comunidad, la segunda expone la modalidad de la libre circulación de mercancías, el calendario del desmantelamiento aduanero, la eliminación de las restricciones cuantitativas, los objetivos de la Política Agraria común (PAC), las modalidades de la libre circulación de personas, servicios y capitales y los objetivos de una política común de transporte. La tercera parte contiene las disposiciones en materia de concurrencia, fiscalidad, acercamiento de las legislaciones, balanza de pagos, comercio, y las disposiciones sociales, los fundamentos de un fondo social europeo y la puesta en marcha de un banco europeo de inversiones. La cuarta parte fija las grandes líneas que deben enmarcar la asociación de la comunidad con los países y territorios no europeos, que poseen relaciones particulares con los estados miembros. La quinta parte establece las instituciones de la CEE que son:La Asamblea Europea, El Consejo, La Comisión, El Tribunal de Justicia, El Consejo Económico y Social y el Presupuesto

La CEE previó un período de doce años, en principio, para la puesta en marcha de la unión aduanera, el cual finalizó en 1970. Después de 1970, la integración sectorial fue definiendo los períodos de transición especiales, presupuesto, política fiscal y monetaria, más un período transitorio general, que se abrió en 1973 para los nuevos países adheridos.

La unificación institucional entre las tres comunidades (CECA, CEE y CEEA), se llevó a cabo en forma progresiva y en dos etapas entre 1957 y 1965. El tratado que instituyó la CEEA fue firmado el 17 de Abril de 1957 y su configuración fue análoga a la de la CEE, con la cual comparte las dos grandes instituciones de la asamblea y de la corte de justicia.

El tratado EURATOM se compone de tres partes (223 artículos), la primera precisa las misiones de la comunidad y las funciones que le corresponden. La segunda parte se ocupa de las disposiciones favorecedoras del progreso en el dominio nuclear: desarrollo de la investigación, difusión de conocimientos, protección sanitaria, empresas comunes, aprovisionamiento, controles de seguridad, régimen de propiedad, establecimiento de un mercado nuclear y relaciones internacionales. La tercera parte desarrolla las instituciones análogas a las del mercado común: la asamblea y la Corte de Justicia que son comunes, y asimismo la gran mayoría del Consejo.

A partir de 1967, la CEEA sufrió una gran crisis que se tradujo en la imposibilidad de imponer un programa comunitario. El primero de Enero de 1958 comenzó el funcionamiento del mercado común y del EURATOM, que integran juntos con la CECA los perfiles arquitectónicos de la construcción europea. Los representantes de los Estados miembros reunidos en París los días 6 y 7 de Enero de 1958, designaron a los responsables de las primeras instituciones de la Comunidad. A lo largo de 1958 se fueron constituyendo las comunidades europeas.

A partir del 1 de Enero de 1959, los tratados de Roma produjeron sus primeros efectos, desde aquella fecha se estableció que los derechos de aduana de los países miembros descenderían un 10% y que se incrementarían un 20% los contingentes de importación, que corresponderían como mínimo al 3% de la producción nacional. La reducción de los obstáculos aduaneros y las perspectivas de su completa supresión se manifestaron realmente eficaces.

La Comisión propuso que al final de 1961 los derechos de aduana se rebajaran al 50% en lugar del 30% previsto. La CEE tuvo una proyección enormemente favorable. Los "seis" conocieron una fuerte expansión económica que se concretó en un crecimiento medio anual de PIB del 5,1% para el periodo 1961-1970 y un gran progreso en la configuración de la unión aduanera. La Comisión propuso la aceleración de la reducción de derechos, que sería al 100% el 1 de Julio de 1968.

LA CRISIS POLÍTICA DE LA UNIÓN EUROPEA

La unión política de Europa era uno de los grandes objetivos de Jean Monnet, quien entendía que era posible su constitución a través de un método progresivo derivado de la unión económica y de la solidaridad entre los Estados.

Por su parte el general De Gaulle, presidente de Francia elegido en Enero de 1959 manifiesta su sentimiento europeo, declarándose ferviente partidario de la cooperación europea, dejando en claro su oposición a las ideas federalistas, es decir, a la creación de instituciones de carácter supranacional. Las grandes líneas del proyecto de De Gaulle se contienen en una conferencia de prensa que realizó el 5 de Septiembre de 1960, declaración de la Europa de las patrias. Aquella declaración consagró las tesis de De Gaulle sobre la primacía de las relaciones nacionales, y su carácter absolutamente exclusivo para la conducción política. Pero sobre todo, aquel discurso trató de desnaturalizar las instituciones comunitarias nacidas por los tratados fundacionales de París y Roma.

Frente a estas ideas, Jean Monnet, invitaba el 20 de Noviembre de 1960 a los miembros del comité de acción para los Estados Unidos de Europa, a respaldar el principio de realizar reuniones cumbre a condición de que las comunidades sean salvaguardadas, y dejar abierto el camino hacia una evolución de tipo federal.

La primera cumbre se realizó el 10 y 11 de Febrero de 1961, reuniéndose los "seis" jefes de Estado y de gobierno acompañados por los Ministros de Asuntos Exteriores. De Gaulle garantizó a Adenauer (Ministro de Asuntos Exteriores de Alemania) la fidelidad de Francia a la OTAN y a los tratados de París y Roma.

En una segunda cumbre de jefes de Estado europeos, realizada el 18 de Julio de 1961 en una localidad cerca de Bonn, Francia y Holanda acercaron sus posiciones, realizándose al final un comunicado (declaración de Bonn) considerado hoy como el acta de nacimiento de la Europa política. Un segundo comunicado, publicado simultáneamente, tratará sobre la cooperación cultural, considerándose la creación de instituciones europeas de enseñanza e investigación. La comisión prevista para la "declaración de Bonn" designó como presidente a Christian Fouchet –diplomático francés, hombre de confianza de De Gaulle, encargado de representar a Francia ante la Unión Soviética en 1944, a quien correspondió la elaboración de un estatuto de unión política el cual fue sometido a la aprobación por parte de los parlamentos nacionales.

La situación internacional, marcada por el inicio de la construcción del Muro de Berlín en la noche del 12 al 13 de Agosto 1961, animó a los aliados a continuar sus esfuerzos.El 19 de Octubre estaba finalizado el primer proyecto (plan Fouchet I) el cual fue sometido el 2 de Noviembre a la consideración de los Estados miembros.

El Plan Fouchet I era un texto breve que preveía la creación de una "Unión de Estados" sobre el sistema de la cooperación. Como instituciones de la unión se creaban el Consejo, la Asamblea Parlamentaria y la Comisión Política Europea. Las competencias de la Unión de Estados serían todas de carácter general a excepción de las materias de carácter económico. El Plan Fouchet encontró serias objeciones, entre otras cosas, por considerar que la incorporación de la defensa en los fines de la unión debilitaría a la OTAN. Por otro lado, Francia se opuso explícitamente a la entrada de Gran Bretaña en la Unión.

Una reunión de los ministros de los "seis", que se realizó en París el 15 de Diciembre, permitió salir del estancamiento, acordándose la correlación entre la comunidad económica y la comunidad política. El 18 de Enero de 1962 la delegación francesa entregó una nueva versión del proyecto de tratado, preparado por el ministerio de asuntos exteriores francés, al que se le dio el nombre de "Plan Fouchet II".

El plan Fouchet II, fue nuevamente objetado, esta vez por el ataque francés a las disposiciones referentes a la supranacionalidad, donde el general De Gaulle acusó a los partidarios de una Europa supranacional de hacer el juego a los Estados Unidos, asimismo, criticó fuertemente la integración atlántica.

Los acontecimientos europeos hicieron fracasar la estrategia prevista por el presidente de Estados Unidos, John F. Kennedy (elegido en 1960), el cual era partidario de la integración política europea y de una política atlantista, que entre otras cosas lo impulsó a animar al Reino Unido a ultimar su adhesión al mercado común, asegurándole el apoyo de Estados Unidos y la CEE.

El 22 de Enero de 1962 Kennedy planteó realizar una asociación comercial abierta entre Estados Unidos y la CEE. Pero aquella política bien acogida por Gran Bretaña y los "cinco", fue vista con recelo y franca oposición por el general De Gaulle, quien entendía que aquello no era sino un hábil medio para perpetuar la supremacía americana, mientras que él estaba dispuesto a desarrollar una política europea menos ligada a los Estados Unidos.

En 1961 Irlanda solicitó la adhesión a la CEE, nueve días antes de que lo hiciera el Reino Unido y poco después Dinamarca. También en 1962 solicitaron la entrada Noruega y España. Frente a la candidatura española, está no progresó hasta la institución plena del régimen democrático.La experiencia del Plan Fouchet puso de manifiesto las importantes divergencias que existían entre los "seis" sobre la construcción europea y fundamentalmente, sobre la política de defensa y el papel de las instituciones.

La idea de la unión política no fue abandonada, ya que la concertación de las políticas exteriores quedó establecida como objetivo fundamental de las políticas de los Estados comunitarios. Pero sobre todo, lo que gravitaba tras el fracaso del plan francés, fue el rechazo de la Francia de De Gaulle a todo planteamiento supranacional.

Durante 1964 se produjeron importantes avances, la República Federal de Alemania propuso la desaceleración del desarme aduanero; el Consejo Europeo propuso la puesta en marcha de una política económica a mediano plazo; se abrió la ronda Kennedy para la reducción de derechos de aduana entre Estados Unidos y la CEE; los "seis" dan un paso hacia la unión monetaria, instituyendo un comité de gobernadores de los bancos centrales de los Estados de la CEE, se pone en marcha el Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y se adopta un plan de unificación de los precios de los cereales. Pero el detonador de la crisis de la construcción europea, será precisamente el problema de los desacuerdos en la política agrícola, principalmente en materia de financiamiento, lo que dio origen a diversos intentos de negociación fracasados.

Las consecuencias de la ruptura de negociaciones, consumada el 1 de Julio de 1965, se tradujeron en la ausencia de los ministros franceses en las reuniones de los "seis", lo que se conoce como la política de la silla vacía. De este modo, los ministros de agricultura y asuntos exteriores se abstuvieron de reunirse con sus colegas y el ministro de finanzas francés no estuvo presente en la reunión correspondiente y, asimismo, dejaron de asistir los representantes de Francia a los consejos de la CECA y el EURATOM.

Como las decisiones de los consejos debían ser tomadas por unanimidad, la ausencia de Francia paralizó prácticamente al mercado común, quedando solo abierta la vía diplomática tradicional y los acuerdos bilaterales. Esta crisis duró 6 meses, hasta que los "cinco" enviaron un llamado a Francia, manifestando que la solución de los problemas debía hacerse en el marco de los tratados y de sus instituciones. Ante el frente común de los "cinco", Francia decide reunirse en Luxemburgo, alcanzándose un acuerdo en una segunda reunión (compromiso de Luxemburgo), donde se estimó que los miembros del Consejo se esforzarían en plazo razonable, para buscar soluciones que pudieran ser adoptadas por todos los miembros en cuestiones de alta importancia que afectaran a uno o más miembros.

Se apela a la conciliación de las divergencias y a que éstas no impidan la marcha normal de los trabajos de la comunidad. Finalmente, los miembros del Consejo propusieron adoptar de forma unánime: el reglamento financiero agrícola, la organización de un mercado de frutas, legumbres y verduras y de materias grasas y la fijación de precios comunes para la carne bovina, arroz, azúcar, aceite de oliva, leche y otros. Por último, dieron la consideración de muy importante a las negociaciones de la Ronda Kennedy.

Si bien el compromiso de Luxemburgo permitió desbloquear la situación, la postura de Francia volvería a marcar enormes distancias, primero en materia de defensa y después a propósito de la ampliación de la comunidad.

AMPLIACIÓN Y DESARROLLO DE LA COMUNIDAD EUROPEA:

La conferencia de jefes de Estado y de Gobierno europeos, reunida en La Haya, Holanda, en Diciembre de 1969, dio paso a una nueva etapa de las comunidades europeas, que decidieron pasar de la fase transitoria de la comunidad a la definitiva, aceptándose los decisivos reglamentos agrícolas, sobre el principio de los recursos propios de la CEE, lo que sustituyó a las contribuciones de los Estados. Asimismo en La Haya, el nuevo presidente francés George Pompidou, levantaba implícitamente el veto de Francia a la entrada de Gran Bretaña en la CEE.

Partidario de mantener las tesis confederales y rechazando por tanto la Europa supranacional, Pompidou se mostró totalmente partidario de profundizar la vida comunitaria a través de nuevas políticas comunes en los sectores técnicos, científicos, de energía, transportes, derecho de sociedad y, por último, financiero y monetario.

Acabar, profundizar y alargar son las tres misiones europeas que se planteó la Francia post gaullista. En una atmósfera cordial, se concretó el fin del período transitorio del mercado común para el 1 de Enero de 1970, y la apertura de las negociaciones con otros Estados. Rechazadas otras solicitudes, cuatro Estados quedaron oficialmente como candidatos después de Mayo de 1967: Gran Bretaña, Dinamarca, Irlanda y Noruega.

La apertura de las negociaciones sobre la adhesión de Gran Bretaña (el 21 de Julio de 1970) y posteriormente de Dinamarca, Irlanda y Noruega (el 21 de Septiembre de 1970) así como el inicio de las negociaciones con Austria, Suecia, Suiza, Finlandia, Islandia y Portugal (10 de Noviembre de 1970) animaron el proceso de convergencia económica y política de Europa.

Luego de una serie de negociaciones, el 23 de Junio de 1971, se concluyó en Luxemburgo el acuerdo entre los "seis" y Gran Bretaña para realizar la adhesión de esta última a la CEE, que se produjo el 23 de Junio de 1973. Se estableció un período de transición de 5 años (hasta el 11 de Enero de 1978) para permitir la ejecución de las adaptaciones necesarias, y entre ellas la progresiva supresión de los derechos de aduana. Asimismo se acordó la ratificación del tratado de adhesión, tanto por los miembros del mercado común como por los cuatro países que la solicitaban, así en Irlanda y Dinamarca hubo una respuesta favorable en la votación de los respectivos parlamentos y en Noruega la votación fue desfavorable a la adhesión, quedando la CEE conformada por nueve miembros a partir del 1 de Enero de 1973.

Los tratados de Roma y París configuraron la llamada "constitución de las comunidades" y definieron las competencias de los poderes públicos comunitarios. Pero aquellos tratados no tenían los mismos caracteres, por tanto la unificación de la administración comunitaria se realizó por etapas. Una convención de 25 de Marzo de 1957 estableció el Tribunal de Justicia y la Asamblea Parlamentaria como órganos comunes a las tres comunidades. El tratado de Bruselas del 8 de Marzo de 1965 unificó la administración comunitaria y estableció un Consejo y una Comisión única para las tres comunidades.

La Comisión actuaba con plena independencia y los comisarios se nombraban por cuatro años; al ampliarse la comunidad a nueve países, la Comisión quedó conformada por trece miembros recibiendo cada uno la responsabilidad correspondiente a cada uno de los sectores de la economía que abarca la CEE. El segundo órgano de las comunidades, el Consejo, sustituyó en virtud de los tratados de 1965 el consejo de la CECA, de la CEE y del EURATOM. Dicho consejo estaba compuesto por los ministros de los Estados miembros, y cada país ejercía por rotación la presidencia por un período de 6 meses.

Durante 1974 y 1975, los Estados europeos se enfrentaron con las consecuencias de la crisis energética, la muerte de presidente francés George Pompidou y su sustitución por el europeísta Valery Giscard d`Estaing, la revolución democrática en Portugal, el fin de la dictadura militar en Grecia, la muerte del General Franco en España, y los comienzos del eurocomunismo como alternativa al declive del comunismo ortodoxo propugnado por la URSS.

Giscard d`Estaing, adherido a favor a la entrada del Reino Unido en las Comunidades Europeas (CE) patrocinará una verdadera construcción europea. En el intento de fortalecer las instituciones se creó el "Consejo Europeo" que se afirmó como órgano esencial, al cual se deben atribuir acuerdos como la elección del Parlamento Europeo por sufragio universal directo –1976- y la decisión de extender la comunidad a Grecia, España y Portugal.

Otro de los grandes avances fue el retorno a la regla del voto mayoritario al menos para las cuestiones ordinarias.

Leo Tindemans, Primer Ministro belga, había sido encargado (en Diciembre de 1974) de realizar un informe sobre el procedimiento para la construcción de la Unión Europea, el cual fue publicado el 7 de Enero de 1976. Aunque sus propuestas no fueron formalmente aceptadas, sus ideas sirvieron prácticamente para la realización del Sistema Monetario Europeo (SME), creado el 13 de Marzo de 1978. Finalmente el 13 de Marzo de 1979 entró en vigor el SME a través de un acuerdo entre los bancos centrales de la CEE.

La moneda creada el 13 de Marzo de 1979 fue la European Currency Unit (ECU), definida como una cesta que contiene las divisas de los nueve Estados, afectadas por un coeficiente de ponderación. El ECU fue adquiriendo un peso significativo en el mundo de los préstamos, sirviendo asimismo como una moneda utilizada por numerosos europeos para ajustar sus cambios en el interior de la comunidad en función de su estabilidad.

El Parlamento Europeo era hasta 1976 el resultado de una evolución histórica que tenía sus precedentes en la asamblea constituida en la CECA de 1952, entendido como un órgano esencialmente político y que se convirtió tras los tratados de Roma de 1957 en una institución común a las tres comunidades, recibiendo en su primera sesión (el 20 de Marzo de 1958) el nombre de Asamblea Parlamentaria Europea y cuatro años más tarde de "Parlamento Europeo", el 30 de Marzo de 1962.

El acuerdo definitivo sobre la elección por sufragio universal directo fue firmado por los nueve ministros de asuntos exteriores el 20 de Septiembre de 1976, tomando el acuerdo forma de acta (Acta de Bruselas). Las perspectivas de sufragio universal directo indujeron a los diferentes partidos políticos a constituirse en partidos transnacionales. Las primeras elecciones europeas se celebraron el 7 de Junio de 1979.

La elección de 1979 no fue solo una votación europea, sino más bien la suma de un conjunto de elecciones nacionales, que en todo caso tuvo un cuantioso valor: "La voluntad de reconciliación de los Estados europeos... y la creación de un órgano de control más eficaz frente a la tecnocracia de los ejecutivos comunitarios".

EL IMPULSO DE LA COMUNIDAD EUROPEA: EL ACTA ÚNICA

A principio de los ochenta, el péndulo de las orientaciones políticas oscilaba tras el triunfo del gobierno conservador de Margareth Thatcher en el Reino Unido, Helmut Kolh en Alemania, Francois Miterrand en Francia y el triunfo del socialismo en Portugal y España. Desde ahora las comunidades europeas afrontaban un reto de alcances impredecibles.

Los fracasos en la búsqueda de soluciones a ciertos problemas no resueltos dentro de la comunidad, entre ellos el problema británico respecto de su colaboración al presupuesto comunitario, tema frente al cual Gran Bretaña se sentía desfavorecida ya que la magnitud de su aporte no era equivalente con los beneficios que recibía en su calidad de miembro de la comunidad, y las tensiones institucionales derivadas de la propia estructura incompleta de los tratados comunitarios, terminaron creando una situación de parálisis en el proceso de construcción europea.

Fue entonces cuando la iniciativa de los ministros de asuntos exteriores de Alemania e Italia se plasmó en la presentación ante el Consejo Europeo, celebrado en Londres el 26 y 27 de Noviembre de 1981, de un proyecto de "Acta Europea" que aspiraba a introducir grandes e importantes cuestiones no contempladas por los tratados comunitarios. El estudio de la propuesta germano-italiana se prolongó por casi dos años y concluyó con la llamada "declaración solemne de Stuttgart", entre el 17 y el 19 de Junio de 1983, en la cual se fijó entre otras cosas, una compensación presupuestaria al Reino Unido de 750 millones de ECUS para 1983.

La declaración de Stuttgart, punto de partida y base del "Acta Única Europea", está formada por un preámbulo y cuatro apartados que desarrollan las reformas a realizar y conseguir.

Como objetivos se fijaron los siguientes:

.- "Reforzar y proseguir el desarrollo de las Comunidades, núcleo de la Unión Europea.

.- "Desarrollar la Cooperación Política Europea abarcando el ámbito de la política exterior y de los aspectos políticos y económicos de la seguridad.

.- "Promover una cooperación más estrecha en materia cultural, así como realizar acciones concertadas para hacer frente a los problemas internacionales de orden público, violencia, criminalidad y delincuencia.

.- "Modificar las instituciones, señalando el papel de la Comisión en favor de una delegación de competencias y reforzando los cometidos del Consejo Europeo, señalando sus funciones y sus relaciones con el Parlamento a quien se le atribuye un papel esencial. Desarrollo asimismo de las políticas comunitarias con atención al desempleo y a la inflación; coordinación de las políticas económicas y consolidación del Sistema Monetario; cooperación en materia cultural y en favor de la aproximación de legislaciones concediéndose, por último, un plazo de cinco años para reexaminar la declaración"(Pérez-Bustamante, 1997: 171).

El 9 de Junio de 1981, Altiero Spinelli (federalista de izquierda, secretario general del movimiento federalista europeo, fundador del Instituto de Asuntos Internacionales de Roma, diputado de la cámara italiana desde 1976 y diputado del Parlamento Europeo) presentó al Parlamento Europeo una resolución, firmada por 179 diputados, recomendando la constitución de una comisión encargada de reflexionar sobre las reformas institucionales.

En el "proyecto Spinelli" se diseña un Consejo de la Unión, distinto del Consejo Europeo, institución que estaría formada por representantes de los gobiernos que votarían por mayoría ponderada.

El parlamento dejaría de ser un órgano solo consultivo y pasaría a ser un brazo de la autoridad legislativa y presupuestaria; la comisión se convertiría en un órgano ejecutivo con responsabilidad política; el tribunal de justicia vería reforzadas sus instituciones; y la unión tendría autonomía financiera y elaboraría programas plurianuales. El proyecto de tratado (Spinelli) fue acogido por la asamblea el 14 de Enero de 1984.

En Marzo de 1985 fue presentado al Consejo Europeo un documento conocido como el informe Dooge, llamado así porque la comisión que lo elaboró estaba presidida por el senador del parlamento europeo J. Dooge, el cual afirmaba la necesidad de plasmar jurídicamente la existencia de una voluntad común entre los Estados miembros: crear entre los Estados europeos una entidad política verdadera, esto es, una Unión Europea. Para esto, se planteó una serie de objetivos, los cuales para ser llevados a cabo necesitaban ser acompañados de importantes reformas. Para la puesta en marcha de tales reformas, el comité preconizaba la convocatoria de una conferencia intergubernamental que negociase un tratado que modelara la Unión Europea. De este modo se llegó al Consejo Europeo de Milán del 19 al 30 de Julio de 1985.

Diversos países plantearon reticencias a la inclusión de la defensa en la Unión Europea. Francia y Alemania eludieron la reforma de las instituciones, proponiendo la creación de un secretariado general, propuesta que fue mal acogida. Finalmente se votó la celebración de una conferencia intergubernamental, la cual se abrió en Luxemburgo el 9 de septiembre de 1985 con la finalidad de lograr la firma de un tratado, teniendo ya en este proceso un papel determinante el nuevo presidente de la Comisión, elegido el 1 de Enero de 1985, Jacques Delors.

El Acta Única Europea fue ante todo la resultante del proceso concluido en el Consejo Europeo del 3 al 4 de Diciembre de 1985 donde tras las decisiones de la conferencia intergubernamental del mismo año, se estableció el acuerdo de revisar el tratado de Roma.

El trabajo se realizó en dos grupos, uno encargado del desarrollo de la cooperación política y el otro encargado de la revisión de los tratados comunitarios.El texto definitivo se terminó el 27 de Enero de 1986 y fue firmado en Luxemburgo el 17 de Febrero del mismo año. Con posterioridad a dicha firma, se produjeron las ratificaciones de los Estados signatarios.

Este instrumento recibe el nombre de Acta Única Europea por considerarlo el más apropiado, una vez desechada la idea de denominarlo tratado, y vista la conveniencia de agrupar los tratados originales.

El Acta Única Europea (AUE) contiene cuatro títulos:

El título I, contiene disposiciones comunes en las que se señala el objetivo de progresar hacia la Unión Europea mediante la contribución conjunta de las comunidades europeas y la cooperación política, consagrándose el consejo europeo como órgano común. Después de este primer título, los dos siguientes se dedican a las grandes innovaciones del AUE: disposiciones por las que se modifican los tratados constitutivos de las comunidades, y disposiciones sobre la cooperación europea en materia de política exterior.

En el título II (la modificación de los tratados) se dedica un capítulo distinto a cada uno de los tratados originarios, pero las modificaciones más importantes se refieren a la CEE.

"Extensión del uso de la mayoría cualificada en materias como la reforma de la tarifa aduanera común, la libre prestación de servicios, la libre circulación de capitales, y la política común de transportes marítimos y aéreos. Asimismo, se prevé para ciertas políticas nuevas como: mercado interior, política social, cohesión económica y social, investigación y desarrollo, y medio ambiente.

"Institución de un procedimiento de cooperación entre el Parlamento Europeo y el Consejo (procedimiento de doble lectura).

"Dictamen conforme del Parlamento Europeo: para los acuerdos de ampliación de la CEE y para los acuerdos de asociación" (Pérez-Bustamante, 1997: 182).

El segundo gran apartado del Acta Única Europea, relativo a las modificaciones del Tratado de la CEE, se refiere a la modificación de las políticas realizadas por la Comunidad, reforzando o ampliando su campo de actuación:

"Gran Mercado Interior: definido como ‘espacio sin fronteras interiores’, en el que la circulación de mercancías, personas, servicios y capitales se realizará libremente y sin obstáculos. El plazo fijado para su realización abarcaba hasta finales de 1992. Un Libro Blanco, que contiene trescientas medidas, presentado por la Comisión al Consejo Europeo de Milán -Junio de 1985- sirve de base para la programación de la consecución de este mercado interior que comprende 320 millones de consumidores, configurado como dinámico y flexible, para cuyo logro se eliminarían las fronteras físicas, las fronteras técnicas y las fronteras fiscales.

"Voluntad de alcanzar el objetivo de una Unión Económica y Monetaria, utilizando instrumentos como el SME y el ECU.

"Política Social y Armonización legislativa sobre el trabajo, la seguridad, la salud, y el medio ambiente.

"Cohesión Económica y Social, a través de la creación del Banco Europeo de Inversiones (B.E.I.), el Fondo Social Europeo (F.S.E.), el Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (F.E.O.G.A.) y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (F.E.D.E.R).

"Investigación y Desarrollo Tecnológico. Política Comunitaria de Investigación y Desarrollo (I+D) a través de los órganos específicos: Comité de Desarrollo Europeo de la Ciencia y la Tecnología (CODEST), Comité para la Investigación Científica y Técnica (CREST), Comité de Información y Documentación Científica y Técnica (CIDST), Comité Consultivo sobre I+D Industrial (IRDAC), Comités Consultivos de Gestión y Coordinación de Programas (C.G.C), Acciones COST -Cooperación Europea-, Centro Común de Investigación (C.C.I.), con instalaciones en Istria -Italia-, Kalsruhe -Alemania-, Geel -Bélgica-, y Retten -Holanda-, propios del Sector Industrial etc...

"Medio Ambiente, recogiendo las conclusiones de la Conferencia de Naciones Unidas de Estocolmo, y de la Cumbre de París de 1972" (Pérez-Bustamante, 1997: 183).

En el título III (la cooperación europea en política exterior) con el fin de formular y poner en común una política exterior europea, los Estados se informarán mutuamente y actuarán concertados.

El Acta Única incluye también una referencia a la seguridad, aunque esta materia afecta a la defensa propiamente tal, sin que ello suponga un obstáculo para la colaboración más estrecha en el marco de la OTAN.

Por último, el título IV contiene diversas disposiciones generales y finales.

El 1 de Enero de 1986 se produjo la entrada oficial de España y Portugal como miembros de las comunidades europeas. Ambos solicitaron la adhesión en 1977 y recién en 1985 se firmaron los tratados de adhesión en Madrid y Lisboa respectivamente.

Los "diez" impusieron condiciones severas para la agricultura y ganadería y la industria de los nuevos miembros. Además, tras la incorporación de estos países se efectuaron los correspondientes cambios institucionales.

La segunda mitad de la década del 80 trae consigo grandes cambios en el sistema internacional, destacándose la caída del comunismo y la reunificación de Alemania.

En el año 1985, en la Unión Soviética llega al poder M. Gorbachov, Secretario General de Partido Comunista Soviético, quien consagró el proceso de reforma conocido como "Perestroika" orientado a la liberalización del sistema socialista.

Por otro lado, después de intensas negociaciones, el 8 de diciembre de 1987, se firmó el "Tratado de Washington" entre Estados Unidos y la Unión Soviética, por el cual se acordó la destrucción de todos los mísiles nucleares estacionados en Europa y el abandono de la doctrina de intervención legítima en los países del bloque comunista.

Aquel desbloqueo de la situación política internacional produjo importantes consecuencias en los países de la Europa central y oriental. Ante el asombro y entusiasmo del mundo entero, la noche del 9 al 10 de Noviembre de 1989 se produjo la caída del Muro de Berlín que dividía la ciudad en dos desde el año 1961 y que se había constituido en el símbolo de la división europea.

La OTAN se comprometió a cooperar con los países de Europa central y oriental, garantizando la estabilidad de sus fronteras.

La CEE comenzó en 1988 a negociar acuerdos comerciales individuales con los países del Este. Asimismo, se desarrolló la ayuda occidental a los países de la Europa Central y Oriental.La consecuencia más importante de la caída del Muro de Berlín fue la inevitable unificación de Alemania, a partir del plan presentado públicamente por Helmut Kohl el 23 de Noviembre de 1989, el cual fue aprobado el 9 de Diciembre por el Consejo Europeo de Estrasburgo.

La decisión tomada por los "doce" en el Consejo Europeo de Luxemburgo, de Diciembre de 1985, de crear un Mercado Único Europeo en el que las personas, los bienes y los capitales pudieran circular libremente, hizo renacer el viejo objetivo de los años 60 de construir una Unión Económica y Monetaria y todo lo que ello implica.

El Acta Única Europea ratificó el objetivo de crear una Unión Económica y Monetaria.

LA UNIÓN POLÍTICA, ECONÓMICA Y MONETARIA: EL TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA

El Tratado de la Unión Europea –TUE-, conocido también como "Tratado de Maastricht" por haber sido firmado en esa localidad holandesa, constituye una piedra angular en el proceso de integración europeo, pues, al modificar y completar al Tratado de París de 1951 que creó la CECA, a los Tratados de Roma de 1957 que instituyeron la CEE y el EURATOM, y al Acta Única Europea de 1986, por primera vez se sobrepasaba el objetivo económico inicial de la Comunidad (construir un mercado común) y se le daba una vocación de unidad política.

El Tratado de Maastricht consagra oficialmente el nombre de "Unión Europea" que en adelante sustituirá al de Comunidad Europea. El término Unión se usa desde el inicio del Tratado para significar el avance en un proyecto histórico. Así, el artículo A 2e del Tratado de la Unión Europea dice lo siguiente: "El presente Tratado constituye una nueva etapa en el proceso creador de una Unión cada vez más estrecha entre los pueblos de Europa..."

El tratado va a tener una estructura basada en "tres pilares", según la jerga jurídica de los que lo idearon y redactaron. La metáfora utilizada es la de que el TUE tiene la forma de un "templo griego", que se sustenta en tres pilares:

.- "El central, es el que se ha denominado el "pilar comunitario", es decir, el recogido en los Tratados comunitarios y sus diversas reformas, con sus instituciones con competencias supranacionales. En este pilar están recogidos el mercado único, la unión económica y monetaria, la PAC, los fondos estructurales y de cohesión, etc.

.- "Los nuevos pilares, los laterales, están basados no en unos poderes supranacionales, sino en la cooperación entre los gobiernos: política exterior y de seguridad común (PESC) y justicia y asuntos de exterior (JAI)" (Pérez-Bustamante, 1997: 207).

.- La gran diferencia entre el pilar comunitario y los dos pilares basados en la cooperación intergubernamental, básicamente tiene que ver con la forma en que se toman las decisiones y con las competencias de las instituciones comunitarias. En los pilares de cooperación entre gobiernos las decisiones han de tomarse por consenso y las competencias de la Comisión, el Parlamento Europeo o el Tribunal de Justicia son escasas. En el pilar comunitario, las decisiones se toman cada vez más por mayoría y el papel de las instituciones comunitarias es esencial.

Con respecto al primer pilar, el comunitario, el TUE introduce importantes novedades:

.- El reconocimiento de una Ciudadanía Europea.

.- El gran pasó adelante: la Unión Económica y Monetaria. Se adoptó la decisión de crear una moneda única, que actualmente recibe el nombre de EURO, la cual comenzó a circular en el año 1999, aunque recién a partir del 1 de Julio del 2002 se comenzó a sacar de circulación las monedas nacionales de los respectivos Estados miembros de la Unión Europea. Para la adopción del EURO, Se acordó un plan estructurado en tres fases:

Iniciado en 1990, concluyó el 31 de diciembre de 1993 y su objetivo era la plena liberalización de la circulación de capitales.

Del 1 de enero de 1994 al 1 de enero de 1999. Los países miembros debieron de coordinar sus políticas económicas para conseguir los objetivos fijados cuantitativamente y conocidos como "criterios de convergencia", de reducción de la inflación, de los tipos de interés y de las fluctuaciones del cambio entre las monedas europeas, y de control del déficit y la deuda pública. Los países que alcanzaron esos objetivos pudieron pasar a la tercera fase. En el Consejo Europeo reunido en diciembre de 1995 en Madrid, se dio nombre definitivo a la nueva moneda única europea: EURO.

A partir del 1 de enero de 1999. Creación de la moneda única, fijación irreversible de su equivalencia con las monedas que participan, y establecimiento de un Banco Central Europeo. El proceso completo de incorporación del EURO como moneda oficial de la Unión Europea se retrasó dos años, por lo que su entrada en vigencia quedó para el año 2001. Los países que accedieron en 1999 a lo que se ha denominado "zona euro" fueron once: España, Portugal, Italia, Bélgica, Países Bajos, Luxemburgo, Francia, Alemania, Austria, Irlanda y Finlandia. Cuatro países: Grecia, Reino Unido, Dinamarca y Suecia, han quedado fuera del Euro.

El Tratado de la Unión consagra la búsqueda de la cohesión económico-social de las diversas regiones y países comunitarios como uno de los objetivos de la Unión. Para conseguirlo, se regula el denominado fondo de cohesión que proporcionaría una ayuda financiera en los sectores del medio ambiente y de las redes europeas en materia de infraestructuras del transporte. Este fondo va destinado a los estados miembros de la Unión que tienen un PNB per cápita inferior al 90% de la media europea y que lleven a cabo políticas de convergencia, es decir, de control de la inflación, tipos de interés, déficit y deuda pública. Estos países: España (el más beneficiado en términos absolutos), Grecia, Portugal e Irlanda (que ha dejado de recibirlos tras superar su PNB per cápita el límite marcado), pasaron a ser conocidos como "países de la cohesión". En 1994, nacieron oficialmente los Fondos de cohesión como una transferencia de recursos financieros entre los países prósperos y los menos prósperos.

El TUE también ha comportado un sensible avance en las competencias comunitarias en terrenos como la política económica y monetaria, la política industrial, las redes transeuropeas y la política de transportes, las políticas educativas, la protección a los consumidores, la investigación y el desarrollo tecnológico, la cooperación, y el medio ambiente. La Política Agraria Común, uno de los grandes temas pendientes de reforma, sigue absorbiendo ella sola más de la mitad del presupuesto comunitario.

El TUE aborda el tema de la educación general y de la formación profesional. Los Estados miembros tienen responsabilidad exclusiva en los planes de estudios en la organización del sistema educativo. La tarea de la Comunidad se limita a promover la cooperación entre los estados en educación, apoyando y complementando las medidas adoptadas por cada país. La Unión Europea ha puesto en marcha diversos programas para fomentar esta cooperación, facilitando los contactos y el trabajo conjunto de alumnos y profesores europeos. El Programa Sócrates se centra en la educación no universitaria, el Leonardo da Vinci en la formación profesional, y el Erasmus en la educación superior.

En lo referente a las instituciones, el TUE introduce importantes novedades: el Parlamento aumenta sus poderes, el Consejo de Ministros pasa a denominarse Consejo de la Unión Europea, la Comisión recibe el nombre oficial de "Comisión de las Comunidades Europeas", el Tribunal de Justicia, el Tribunal de Cuentas y el Comité Económico y Social refuerzan sus competencias, se crea el comité de las Regiones, de carácter consultivo, y se prevé la creación del Banco Central Europeo, al iniciarse la tercera fase de la unión económica y monetaria.

El Instituto Monetario Europeo, encargado de la gestión de todos los aspectos necesarios para la culminación de la UEM, finalizó su trabajo el 31 de diciembre de 1998 cuando fueron fijadas de forma irreversible las paridades con el Euro de las monedas nacionales de los 11 países que afrontan en primer lugar la última fase de la UEM-. Desde el 1 de enero de 1999, la máxima autoridad de la Unión Europea en materia de política monetaria reside de forma exclusiva en el Banco Central Europeo. En esa fecha, los distintos bancos centrales nacionales –con los cuales conforma el Sistema Europeo de Bancos Centrales- pasaron a ser meros ejecutores y transmisores territoriales de sus decisiones.

Como segundo pilar, basado en la cooperación entre los gobiernos, se estableció una Política Exterior y de seguridad Común (PESC) que permita emprender acciones comunes en materia de política exterior. El Consejo Europeo, donde se deben adoptar las decisiones por unanimidad, es el que define los principios y orientaciones generales de la PESC. En una declaración anexa al Tratado.

La cruda realidad, en la forma del conflicto de la ex-Yugoslavia (Croacia, Bosnia, Kosovo) ha mostrado que la construcción de una política exterior y de defensa común en la UE es un objetivo a largo plazo. Los EE.UU. y la OTAN siguen siendo los grandes actores en este terreno, y los estados europeos tienen una voluntad política y una capacidad de maniobra aún muy débiles para llevar a cabo su propia política.

El tercer pilar basado en la cooperación intergubernamental del TUE se basa en la justicia y los asuntos de interior. Asuntos de interés común para todos los estados miembros como terrorismo, inmigración clandestina, política de asilo, tráfico de drogas, la delincuencia internacional, las aduanas y la cooperación judicial.

La creación de la Europol, germen de una futura policía europea, es una de las novedades más destacadas en este ámbito.

La ratificación del Tratado de Maastricht por los diversos parlamentos nacionales estuvo plagada de dificultades. El simbólico año 1992, se vio ensombrecido por tres crisis que frenaron el impulso europeísta que había traído la firma en Maastricht del TUE el 7 de febrero de 1992.

En primer lugar, Europa sufrió una grave y profunda crisis económica que disparó las tasas de desempleo. Los gobiernos y la opinión pública centraron su interés en estas cuestiones, dejando a un lado la construcción europea.

En segundo lugar, hubo graves tensiones monetarias que pusieron en cuestión el Sistema Monetario Europeo y el objetivo de la unión económica y monetaria.

En tercer lugar, la UE se mostró incapaz de implementar una política exterior y de seguridad común en la crisis yugoslava, que había traído de nuevo la guerra al continente tras muchos años de paz.

En este ambiente tuvo lugar el primer proceso de ratificación en Dinamarca. Tras un referéndum, el NO al Tratado de Maastricht triunfó por una escasa diferencia de 50.000 votos. Una ola de "euroescepticismo" se extendió a los demás países. Sin embargo, las ratificaciones del Tratado fueron poco a poco produciéndose en los demás países. Francia, con un 51.4% de los votos a favor del SI fue la que ratificó en un referéndum de una forma más ajustada el TUE.

Se inició una negociación con Dinamarca, a la que se concedió un protocolo especial de lo que se denomina en la jerga comunitaria "cláusula de exclusión", es decir, la posibilidad de no seguir a los demás miembros en lo referente a la tercera fase de la UEM, algo similar había conseguido Gran Bretaña al firmarse el TUE- y en todo lo relacionado con asuntos de Defensa. El 20 de mayo de 1993, el pueblo danés aprobó este acuerdo con 53.8% de votos favorables en un referéndum.

El Tratado de Maastricht entró en vigor el 2 de Noviembre de 1993. En el Tratado se previó su propia revisión, especialmente en todo lo referido a la reforma de las instituciones a la vista de las sucesivas ampliaciones de la Unión. En diciembre de 1994, concluyó el mandato de Jacques Delors como presidente de la Comisión. Su sustituto fue el ex-primer ministro luxemburgués, Jacques Santer.

Pese a las dificultades por las que pasaba la Unión y la vertiginosa transformación del mundo en aquellos años, las candidaturas al ingreso en la Comunidad continuaron presentándose en Bruselas: Austria en 1989, Malta y Chipre en 1991, Finlandia, Noruega y Suiza en 1992, aunque esta última retiró su candidatura meses después tras un referéndum en el país helvético.

Las negociaciones con Austria, Suecia, Finlandia y Noruega se iniciaron en 1993, y fueron sencillas gracias al alto nivel de desarrollo económico de estos países. La ratificación de los tratados se fue realizando en los cuatro países en 1994 y los ciudadanos de cada país fueron votando afirmativamente a la adhesión con la excepción de Noruega. Aquí, el NO a la Unión Europea triunfó con el 52.2% de los votos. Por segunda vez, el pueblo noruego se negaba a ingresar en la Comunidad.

El 1 de enero de 1995 se producía la cuarta ampliación de la Comunidad con la entrada de Austria, Finlandia y Suecia. Nacía la "Europa de los Quince".

Tras seis meses de estudios de un "comité de sabios", dirigidos por el representante español Carlos Westendorp, en el Consejo de Turín, a inicios de 1996, se inició una Conferencia intergubernamental cuya principal finalidad fue la elaboración de un nuevo tratado, que reformara el Tratado de Maastricht. Los objetivos se centraron en desarrollar la Europa de los ciudadanos, fomentar el papel de la Unión Europea en la política internacional, reformar las instituciones y abordar la perspectiva de una nueva ampliación a los países aspirantes de Europa central y oriental. Tras una larga y compleja negociación, se llegó finalmente a un consenso en la reunión del Consejo Europeo celebrado en Ámsterdam los días 16 y 17 de junio de 1997. Nace así el Tratado de Ámsterdam.

EL TRATADO DE ÁMSTERDAM

El Tratado de Ámsterdam fue aprobado por el Consejo Europeo de Ámsterdam (16 y 17 de junio de 1997) y firmado el 2 de octubre de 1997 por los ministros de Asuntos Exteriores de los quince países miembros de la Unión Europea. Entró en vigor el 1 de mayo de 1999 tras haber sido ratificado por todos los Estados miembros, según sus propias normar constitucionales.

Como documento jurídico, el Tratado de Ámsterdam tiene como objetivo modificar ciertas disposiciones del Tratado de la Unión Europea, de los tratados constitutivos de las Comunidades Europeas - París y Roma y de algunos actos relacionados con los mismos. No sustituye a los tratados anteriores, sino que se les añade.

El Tratado de Ámsterdam ha sido recibido con abundantes críticas que se pueden resumir esencialmente en las siguientes:

.- No ha dado una solución a uno de los grandes problemas pendientes de la Unión: la adaptación de las instituciones a una Comunidad cada vez más amplia. Unas instituciones pensadas para un número inferior de estados miembros no son válidas para la "Europa de los Quince" y, mucho menos, para la Unión que surgirá con la futura adhesión de países de la Europa central y oriental.

.- Para la opinión más europeísta, no se ha dado un paso lo suficientemente valiente hacia la unidad política, reforzando el poder de las instituciones comunitarias, ni en temas como la PESC o los asuntos de Justicia e Interior.

.- No ha solucionado lo que se ha venido a denominar el "déficit democrático" de la Unión. Las negociaciones para la consecución de este Tratado han continuado basándose en los tiras y aflojas entre los gobiernos y los estados, sin que hubiera ni participación popular, ni información suficiente y transparente. El papel del Parlamento Europeo, único órgano comunitario elegido por el pueblo, no ha sido suficientemente potenciado. El texto del tratado sigue siendo bastante complejo -consta de tres partes, un anexo y trece protocolos-, y no es fácilmente inteligible ni para los ciudadanos, ni, incluso, para los agentes jurídicos, económicos y políticos que deben intervenir siguiendo sus normas.

Pese a todas esas insuficiencias, el Tratado de Ámsterdam ha supuesto un avance en el camino hacia la unidad europea. Se pueden dividir los avances recogidos en el Tratado en cuatro grandes secciones:

LIBERTAD, SEGURIDAD Y JUSTICIA

El Tratado afirma que la Unión Europea se basa en los principios de libertad, democracia, respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y del Estado de Derecho. Estos principios son comunes a todos los estados miembros. En este sentido, posteriormente en 1998, el Consejo Europeo reunido en Colonia, acordó que la UE redacte y apruebe una Carta de Derechos Fundamentales. Esta Carta vendrá a "comunitarizar" los principios generales expresados en el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), aprobado en 1950 en el marco del Consejo de Europa.

En lo referente a los derechos sociales, la gran novedad la constituye que el Reino Unido, tras la llegada al poder del laborista Tony Blair, se ha adherido al Acuerdo Social que va anexo al Tratado de Maastricht. Este protocolo ha sido incluido en el Tratado de Ámsterdam y, por él, los Estados miembros se comprometen a respetar los derechos sociales recogidos en la Carta Comunitaria de Derechos Sociales, aprobada en 1989, conocida normalmente como Carta Social. La Unión Europea puede en adelante actuar en los ámbitos de salud y seguridad de los trabajadores, las condiciones de trabajo, la integración de las personas excluidas en el mercado laboral o en la igualdad de trato entre hombres y mujeres.

Se prevé la posibilidad de que un Estado miembro viole los derechos fundamentales y se regula los pasos y medidas que puede adoptar la Unión contra este Estado. La política de sanciones adoptada por la UE contra Austria en febrero del 2000 por el acceso al gobierno austriaco de miembros del partido ultraderechista de Jörg Haider, muestra esta actitud general de defensa de los derechos fundamentales y de prevención contra posturas atentatorias contra estos derechos.

Se establece el principio de no discriminación y de igualdad de oportunidades como una de las directrices básicas de la política de la UE. El Consejo se compromete a adoptar todo tipo de medidas contra la discriminación por motivos de sexo, de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual. También se refuerza el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres. Como la libre circulación de personas hace necesario crear sistemas de información a escala europea, se refuerzan las garantías de protección de datos personales.

La Unión se compromete a establecer progresivamente un espacio de libertad, de seguridad y de justicia común.

Todo lo referido a la libre circulación de las personas, control de las fronteras exteriores, asilo, inmigración y cooperación judicial en materia civil pasa a formar parte del "pilar comunitario" en un proceso gradual de varios años.

En este sentido, los Acuerdos y el Convenio de Schengen quedan incluidos en el Tratado. El Reino Unido, Irlanda y Dinamarca quedan fuera voluntariamente y, por tanto, se reservan el derecho de ejercer controles sobre las personas en sus fronteras.

Un importante avance ha sido el que cuatro grandes países europeos, España, Italia, Alemania y Francia, acordaron el 28 de julio del 2000 la eliminación de la obligación de obtener un permiso de residencia a los ciudadanos de la UE. La medida se aplica a todos los nacionales comunitarios aunque no haya reciprocidad.

La cooperación policial y judicial en materia penal –racismo y xenofobia, terrorismo, tráfico de drogas y armas, trata de seres humanos y delitos contra los niños, corrupción y fraude- siguen incluidos en el "tercer pilar" de Justicia y Asuntos de Interior, y por tanto son materia de cooperación intergubernamental. Se fijan diversos objetivos como facilitar la colaboración entre las autoridades judiciales, facilitar la extradición entre Estados miembros, y fomentar la colaboración policial. Así, se establece un programa gradual de fomento de las actividades de la Europol u Oficina Europea de Policía.

LA UNIÓN Y EL CIUDADANO

Además de desarrollar el concepto de ciudadanía europea, el Tratado recoge diversas medidas que tratan de poner al ciudadano común en el centro de las preocupaciones de la Unión:

Se introducen medidas que fomentan la intervención comunitaria en la lucha contra el desempleo, el respeto del medio ambiente y la protección de los consumidores.

Se garantiza el derecho de todos los ciudadanos a acceder a los documentos de las instituciones de la UE y a comunicarse con ella en cualquiera de las doce lenguas oficiales de la Unión –español, portugués, francés, italiano, inglés, irlandés o gaélico, neerlandés, alemán, danés, sueco, finlandés y griego.

POLÍTICA EXTERIOR COMÚN

La dramática ruptura de Yugoslavia y la vuelta de la guerra al continente europeo ha mostrado la urgente necesidad de que la Unión se halle en condiciones de actuar y prevenir, y no solamente reaccionar ante los acontecimientos exteriores. La crisis yugoslava puso de nuevo en evidencia la debilidad de los estados europeos cuando reaccionan de manera dispersa ante una crisis internacional.

El principal problema de la política exterior y de seguridad común puesta en marcha por el Tratado de Maastricht es la evidente desproporción que hay entre unos objetivos ambiciosos y los medios escasos con los que cuenta la Unión para llevarlos a cabo.

La principal novedad que introduce el tratado es la creación de lo que los periodistas han denominado el Sr. PESC. Javier Solana, antiguo ministro español y ex-secretario general de la OTAN, fue en 1999 el primer europeo designado para este puesto. El Alto Representante para la PESC, que tienen también el cargo de Secretario General del Consejo de la UE, es el encargado de asistir al Consejo en las cuestiones que correspondan a la PESC y de contribuir a la formulación de una política exterior comunitaria. Su principal función es la de personificar en un cargo concreto la aún naciente política exterior y de seguridad de la Unión.

En el terreno de la defensa el Tratado simplemente plantea, como objetivos a largo plazo, la adopción de un política de defensa común. La creación del denominado Euroejército en 1992 fue un tímido paso hacia una política de defensa común.

LA REFORMA DE LAS INSTITUCIONES COMUNITARIAS

En la perspectiva de la aún pendiente reforma institucional, totalmente necesaria ante la ampliación de la UE a los países de Europa central y oriental, el tratado de Ámsterdam ha ampliado las competencias del Parlamento europeo, ha introducido algunas reformas en el funcionamiento de la Comisión y el Consejo de la UE y ha reforzado las funciones del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social y del Comité de las Regiones.

Un hecho clave es que se ha abierto la posibilidad de lo que se ha venido en denominar "cooperación reforzada" entre algunos estados miembros. Es decir, la posibilidad de que un grupo de países que quieran ir más lejos de lo previsto en los Tratados en la integración en diversos aspectos, puedan hacerlo en el marco de la Unión Europea. Se trata en definitiva de que el ritmo de la integración no lo marquen los países más reacios a la integración, y que aquellos Estados deseosos de ceder más competencias a la Unión puedan caminar más rápidamente en el camino de la unidad. Los periodistas han denominado a la Europa que surge de la aplicación de estas "cooperaciones reforzadas" de muy diversas maneras: Europa "a la carta", Europa "de distintas velocidades", o la Europa "de geometría variable" (Wessels, 1997: 83).

La conciencia de la insuficiencia de las reformas institucionales acordadas hizo que en el mismo tratado se acordara la convocatoria de una Conferencia intergubernamental, para hacer una revisión general de las instituciones de la Comunidad, antes de que la Unión llegue a tener más de veinte miembros.

EL TRATADO DE NIZA

La Conferencia Intergubernamental de los países miembros de la Unión tenía como principal desafío poner las bases de una Unión ampliada hacia el este. A los doce países del este y el Mediterráneo que ya habían iniciado negociaciones –Chipre, la República Checa, Estonia, Hungría, Polonia y Eslovenia, en una primera tanda, Bulgaria, Letonia, Lituania, Malta, Rumania y Eslovaquia, en un segundo grupo, había que añadir a Turquía. La candidatura de este país euroasiático y musulmán fue oficialmente admitida en el Consejo Europeo de Helsinki en diciembre de 1999, aunque las negociaciones se pospusieron hasta que el gobierno de Ankara no cumpliera los criterios políticos de acceso en todo lo referido a la protección de minorías y respeto de los derechos humanos. El problema kurdo, evidentemente, estaba en la mente de los negociadores europeos. En esta perspectiva y en un ambiente de no demasiado optimismo, la agenda de la cumbre de Niza tenía estos puntos principales:

.- Para evitar que la futura Unión de 27 o 28 miembros quede bloqueada es necesario reducir drásticamente el número de decisiones que necesitan la unanimidad de todos los miembros. La Comisión propuso que el sistema de mayoría cualificada se convierta en la norma general.

.- La reducción del número de comisarios, necesidad impuesta por la ampliación.

.- La reponderación del voto de cada país. La ampliación y la necesidad de tener en cuenta el peso demográfico de los países, esencialmente el de Alemania, imponían esta reforma.

.- La "proclamación" de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

.- El debate previo hacía prever que durante la cumbre se iban producir diversos choques:

.- Alemania trataría de conseguir más votos en el Consejo de Ministros de la UE. Francia, pese a tener 59 millones de habitantes frente a los 82 de Alemania, se negaba a romper el equilibrio de poder en el que se había sustentado la Unión desde sus orígenes.

Algo similar pretendía Holanda (15 millones de habitantes) frente a Bélgica (10 millones). El gobierno de Bruselas se negaba en rotundo a perder el equilibrio de poder con su vecino del norte.

La obligada reducción del número de comisarios implicaba, según los "países grandes", Alemania, Francia, Reino Unido, Italia y España, el que los "países pequeños" se quedaran sin un comisario fijo en la Comisión. Estos países se negaban en rotundo a esta posibilidad.

La Comisión intentaba reducir el poder del Consejo. Se afirmaba que había que acabar con "la cultura del veto". Los Gobiernos nacionales, representados en el Consejo, se negaban a perder su poder de veto en los grandes asuntos como fiscalidad, inmigración, cohesión, seguridad social, etc.

Los observadores han señalado casi unánimemente que en el arduo debate que tuvo lugar en la cumbre de Niza entre los representantes de los países miembros primó el interés nacional y faltó una visión realmente europea que superara las ambiciones concretas de cada nación. No obstante, tras muchos tiras y aflojas, se mantuvo la tradición de la Unión: finalmente se llegó a un acuerdo. Para los más optimistas, es la única manera realista de ir avanzando. Para los más pesimistas, el impulso europeo está cediendo fuerza.

En 26 de febrero del 2001, los líderes europeos, reunidos de nuevo en la capital de la Costa Azul, procedieron a la firma del Tratado de Niza.

El presidente francés, Jacques Chirac, y presidente en ejercicio de la Unión Europea durante ese semestre, el primer ministro sueco Goran Persson, hicieron declaraciones en las que insistieron en negar la afirmación de que "el espíritu europeo no sopló en Niza". Para ambos, el tratado es suficiente y realista y abre el paso a la incorporación de nuevos países a partir del 2002. El ministro de asuntos exteriores alemán Joscka Fischer ha puesto de nuevo en el tapete el asunto de fondo: la necesidad de elaborar una Constitución Europea que sistematice, clarifique e impulse el proceso de integración.

El alejamiento existente entre la dinámica institucional hacia una mayor unidad europea y la opinión popular ha vuelto a ponerse de manifiesto y, en este caso, de forma sorpresiva. Pese a la campaña en favor de todos los partidos políticos importantes, los irlandeses rechazaron en referéndum ratificar el Tratado de Niza en junio del 2001.

Con una escasa participación electoral, el 53.87% de los irlandeses rechazaron el Tratado de Niza. El resultado de este referéndum abre interrogantes sobre el proceso de ampliación, aunque el gobierno de Dublín se apresuró a prometer una renegociación en un segundo referéndum que podría abrir paso a cláusulas excepcionales para Irlanda.

El éxito de la campaña en contra desarrollada por los Verdes y varios grupos de izquierdas y Organizaciones No Gubernamentales ha vuelto a demostrar la creciente desconfianza de los ciudadanos europeos por el déficit democrático de la UE.

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