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Constitucional


Enviado por   •  17 de Julio de 2014  •  1.557 Palabras (7 Páginas)  •  120 Visitas

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LA IGLESIA EN EL MEXICO INDEPENDIENTE HASTA LAS LEYES DE REFORMA.

El primer imperio mexicano, de Agustín de Iturbide, 1822-1823, fue favorable a la iglesia, aunque ya se manifiesta cierta presión estatal sobre el colosal patrimonio eclesiástico (el anticlericalismo ideológico encuentra en México un antecedente, todavía en plena fase conservadora y católica, en factores hacendarios). Durante estos años iniciales de la vida independiente, hubo discrepancia de opiniones entre, por una parte, la comisión de relaciones exteriores de la junta provisional gubernativa, que quiso que el nuevo estado continuara la tradición del real patronato de la iglesia, y una comisión de teólogos, apoyada por la junta eclesiástica de cesura y por el cabildo de la ciudad de México, la cual dictamino a favor de la extinción del patronato; y la reglamentación provisional política del imperio mexicano, si por una parte otorga al catolicismo el monopolio religioso oficial, por otra, en su artículo 3 y 4 deja sentir la intención del nuevo estado de continuar con aquel patronato.

Pronto, este primer imperio cayo, sobre todo por su propia ineptitud. Notemos al respecto que desde 1804 había sido visible la presencia de la masonería en México; luego, las tropas españolas que llegaron aquí en 1811 dieron una importante inyección de fuerzas al joven movimiento, y después, por 1817, el estímulo dado por francisco Javier mina le ayudo también considerablemente. Además, es probable que los restos del movimiento de los Guadalupes, cuando ya anduvieron de capa caída, encontraran el camino hacia la masonería, en aquellos tiempos, ya parece que en la caída de Iturbide los masones del rito escoces ya jugaron un papel notable.

Después de este efímero imperio, que dejo tan mal sabor, la iglesia pareció retirarse algo de la política nacional. Siguieron unos años ambiguos, desde el punto de vista clerical. Por una parte, el 16.V.1823 (“plan del valle”, elaborado por lose del valle, diputado por Guatemala, Servando teresa de Mier, y Lorenzo de Zavala) el congreso decreto la venta de los bienes de la inquisición, en beneficio del erario; por otra parte, dentro de aquella constituyente que finalmente produjo la constitución federal de 1824, observamos que los líderes de ambos grupos fundamentales, federalistas y centralistas, fueron clérigos (miguel ramos Arizpe y fray Servando teresa de mier), y que desde el acta constitutiva de 1824 se establece el monopolio oficial del catolicismo, suavizando por una referencia al patronato como a una institución vigente, y por la disposición de que la republica ejercerá control sobre los mensajes papales (al estilo del antiguo “pase regio”, o plácet regio). Pero de todos modos, la nueva constitución no ofrece punto de partida alguno para medidas contra la tremenda concentración de propiedades en manos de la iglesia, ni tampoco contra el fuero eclesiástico.

4.3 LAS LEYES DE REFORMA

Las Leyes de Reforma son un conjunto de leyes expedidas entre 1855 y 1863, durante los gobiernos de Juan Álvarez, Ignacio Comonfort y Benito Juárez. Varias de ellas se elevaron a rango constitucional por el Congreso Constituyente que redactó la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857.

El 1 de marzo de 1854, se proclamó el Plan de Ayutla en contra de la dictadura de Antonio López de Santa Anna, la revolución encabezada por Florencio Villarreal, Juan Álvarez e Ignacio Comonfort se extendió por diversas partes del país, logrando el éxito en octubre de 1855. Juan Álvarez asumió la presidencia de forma interina quien a su vez convocó a un congreso. Un aspecto importante de Juan Álvarez fue que asumió en su gabinete a liberales jóvenes, gracias a ello gente tan importante para la historia de México como Melchor Ocampo, Benito Juárez, Guillermo Prieto e Ignacio Comonfort, tuvieron la oportunidad de tener una participación política activa. En su administración, Álvarez se dedicó a hacer leyes que mantuvieran al país bajo los ideales del liberalismo, como la Ley Juárez, y la disposición de Melchor Ocampo que privaba del derecho al voto al clero. Por motivos personales Juan Álvarez renunció a su cargo en diciembre de 1855 y dejó a Ignacio Comonfort como el responsable de la presidencia del país.

4.3.1 LA SUPRESION DE LOS FUEROS

En el México independiente, el fuero eclesiástico fue limitado por el art. 42 de la ley del 23 de noviembre de 1865 a la materia criminal únicamente de los eclesiásticos católicos, apostólicos, romanos, pudiendo estos renunciar a su fuero. La supresión viene con el art. 13 de la constitución de 1857, y las circulares del 8 de mayo y 30 de octubre del mismo año. Esta supresión recibió una acerva censura del papa pio XII, mediante una alocución pronunciada el 15 de diciembre de 1856, más tarde, mediante las leyes del 4 de diciembre de 1860 y 10 de diciembre de 1874, se produjo la separación de la iglesia y el estado, con lo que se terminó en forma

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