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Curso De Derecho Romano


Enviado por   •  23 de Julio de 2011  •  3.679 Palabras (15 Páginas)  •  1.102 Visitas

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GUIA DE ESTUDIO DERECHO ROMANO

1 ER PARCIAL

MARTES 8 DE OCTUBRE

21:10 p.m.

Breve Introducción al curso.

Nuestro periodo comienza con la caída de Constantinopla.

Abarcaremos desde la fundación en el 753 a.C. al 1453 de nuestra era.

DEFINIR EL DERECHO ROMANO EN SENTIDO AMPLIO COMO RESTRINGIDO.

Sentido Amplio.

Conjunto de normas y principios jurídicos que regularon las relaciones del pueblo romano en las diferentes fases de su historia desde la fundación de la ciudad en 753 a.C. hasta la caída del Imperio de Occidente en 476 d.C. y en el Imperio de Oriente hasta la época del Emperador Justiniano que termina en el año 565.

Sentido Estricto o Restringido.

Es el ordenamiento normativo contenido en la compilación de las leyes y la jurisprudencia romanas efectuada en el siglo VI de nuestra era por Justiniano Emperador de Oriente.

En Conclusión.

Normas Jurídicas que estuvieron en vigor en Roma y sus dominios, desde la fundación en 753 a.C. hasta el 476 d.C.

La obra de Justiniano comprende 3 partes:

-CODEX

-DIGESTO

-INSTITUTAS

-NOVELLAE (esta se agrego después)

La obra completa se llama:

-CORPUS IURIS CIVILIS (cuerpo o código del derecho civil).

IDENTIFICAR EL CONCEPTO IUS EN SENTIDO OBJETIVO Y SUBJETIVO. ADVERTIR SUS DIFERENCIAS.

En sentido objetivo el derecho (IUS) es el conjunto de normas que regulan la conducta de un pueblo; o bien regulan en carácter obligatorio las relaciones sociales.

La palabra derecho en sentido objetivo, significa un conjunto de normas.

Es el orden jurídico establecido.

LA NORMA JURIDICA EN DERECHO TIENE UN SENTIDO SUBJETIVO.

Cuando queremos significar la facultad que una persona tiene para hacer o dejar de hacer lícitamente algo.

Esa facultad se deriva de la existencia de la norma objetiva.

En sentido subjetivo alude a la facultad relativa a la conducta que la norma puede otorgar al sujeto.

Facultad que un individuo extrae del derecho objetivo.

(Facultad de hacer o no hacer algo derivando del derecho objetivo).

“Anotaciones”

“Impossibilium nulla obligatio est” (A lo imposible nadie esta obligado).

“Dura lex sed lex” (La ley es dura pero es la ley).

DEFINICION DE IUS POR CELSO DISTINGUIENDO LA PARTE MORAL.

Para Celso:

Ius est “ars boni et aequi” (El derecho es el arte de lo bueno y lo equitativo).

El derecho debe basarse en la justicia, realizando lo que es justo.

El derecho es la fuerza integradora de la Sociedad política y su acción ordenadora es actividad constructiva del Estado.

DEFINIR LOS “PRAECEPTA IURIS”.

“Preacepta Iuris” (Principios del Derecho). Son los deberes que el derecho objetivo impone siempre a los seres humanos.

-“Honeste vivere”. (Vivir honestamente).

-“Alterum non laedere”. (No dañar a otro).

-“Suum cuique tribuere”. (Dar a cada quien lo suyo).

ESTABLECER LAS DIFERENCIAS ENTRE JUSTICIA Y EQUIDAD, FORMANDO DEFINICIONES PARA AMBOS.

Del termino Ius deriva Iustitia, definida por Ulpiano: “Iustitia est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi”. (La justicia es la constante y decidida voluntad de reconocer a cada uno su derecho).

La voluntad firme y constante de dar a cada quien lo suyo.

Realización de lo que intuimos como justo y que se manifiesta en la constante y perpetua voluntad de atribuir a cada uno su derecho.

Esto implica que las características de la voluntad han de ser: “constans”, permanente, firme, inalterable, que no se perturbe ni por promesas, ni por halagos, ni por amenazas; y perpetua, es decir, de ayer, de hoy, de mañana, en una palabra de siempre.

“Anotaciones”

“Summum ius, suuma iniura”. (Demasiado derecho, demasiada injusticia).

EQUIDAD.

“Aequitas”, significa en la época clásica la que el pretor aplica para superar las asperezas y rigidez del derecho civil, con su derecho honorario, debe entenderse como sinónimo de ideal o modelo al que debe adaptarse el derecho.

El pretor se guía por el sentimiento del deber, por su conciencia, mas que por la aplicación rigurosa al texto de la ley.

CLASIFICACION DE LAS NORMAS JURIDICAS ROMANAS.

CLASIFICAR LOS GRUPOS DE NORMAS VIGENTES EN EL ORDENAMIENTO JURIDICO ROMANO.

El derecho puede ser clasificado en:

Derecho Publico que incluye:

-Sacra, el “ius sacrum” o sacra lo concerniente al culto de los dioses, ritos y sacrificios; sacerdotes, su organización, funciones y prerrogativas.

-Magistrados, su número, naturaleza y atribuciones:

Incluye la competencia y organización de las asambleas

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