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¿Cómo fue el desarrollo de Derecho durante la vigencia de la Ley de las XII Tablas?


Enviado por   •  16 de Marzo de 2017  •  Tareas  •  1.643 Palabras (7 Páginas)  •  329 Visitas

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  1. ¿Cómo fue el desarrollo de Derecho durante la vigencia de la Ley de las XII Tablas?

El desarrollo del Derecho: Después de la caída de los decenviros, los comicios por centurias, que habían ratificado la ley de las XII tablas, prosiguieron investidos del poder legislativo y lo ejercieron poco más o menos solos, al principio de este período. Pronto apareció una importante fuente del derecho escrito: los plebiscitos. Pero es, sobre todo, el derecho no escrito el que se desarrolla gracias a la interpretación de los jurisconsultos y al edicto de los magistrados

b) ¿Cuáles fueron las principales características durante el período de la ley de las XII tablas al fin de la República.

En este periodo los plebeyos obtienen lentamente lo que habían esperado sin de la ley de los decenviros: la igualdad con los patricios, en derecho público como en derecho privado Desde el año 309, el tribuno Canalero obtiene, tras largos debates, el voto de la ley Canuleia, que permitió el matrimonio legitimo entre patricios y plebeyos.

Esto resultó ser la mezcla completa de razas y la fusión de dos órdenes. Así los patricios aceptan por fin que los plebeyos alcancen las más altas magistraturas, luego de compartir con ellos en los campos de batalla, no tenía más que aceptar que estos también tenían derechos, así de esta forma, algunos plebeyos llegaron al consulado.

El año 307 se crean los cuestores encargados del tesoro público y los censores encargados de los censos, guardianes de las costumbres públicas y privadas, en el año 387, El Pretor, quién administra la justicia, y el mismo año, los ediles curiales encargados de la alta policía de la ciudad. Desde el 333 los plebeyos pudieron ser cuestores y el número de estos magistrados fue elevado a cuatro. Ese mismo año, por esfuerzos de los tribunos Licinio Stolo y Lucio Sexto, los plebeyos llegaron al consulado. Luego de esto las otras magistraturas también les fueron abiertas, y llegan a la dictadura en el año 398, a la censura en el 403, a la pretura en el 417 y por último, los plebeyos en 454 se colocan entre los pontífices y los augures, y en 500, uno de ellos, Tiberio Coruncarioi, es elevado a Gran Pontífice. Por estos cambios se modificó la composición del senado, según una ley Ovinia, de fecha incierta. Al poco tiempo, los plebeyos eran mayoría el senado. De otra parte, la ley Hortensia del 468 dio fuerza legal a los plebiscitos, votados en los concilia plebis, y en lo sucesivo serían obligatorios para todos los ciudadanos.

c) Explicación de cuáles fueron: las leyes; los plebiscitos; la costumbre; y el edicto de los Magistrados:

Las leyes: A pesar del poder absolutista de los emperadores, las leyes continuaron siendo fuente del derecho y votadas por el senado, aprobadas por los comicios de las tribus. En esta época se encuentra principalmente representadas las leyes Julia Judiciaria (procesal); Fufia Caninia, Aelia Senctia y Junia Norbana (sobre manumisiones). Se dice que Tiberio le quitó el poder legislativo a los comicios para entregárselo al Senado. Con esta decisión las leyes cedieron el paso a los senadoconsultos y las constituciones imperiales.

Los Plebiscitos: Ley que la plebe de Roma establecía separadamente de las clases superiores de la república, a propuesta de su tribuno. Por algún tiempo obligaba solamente a los plebeyos, y después fue obligatoria para todo el pueblo. A partir de la ley Hortensia, 468, regían a los patricios como a los plebeyos. Desde entonces son verdaderas leyes, y los textos les dan en general esta calificación, aunque votados en asambleas en que domina el mayor número, emanan de la parte más cuerda de la población. En efecto, el voto tiene lugar por mayoría de las tribus; ahora bien; los plebeyos pobres y todos los libertos estaban repartidos en las cuatro tribus urbanas, mientras que las tribus rústicas, en número de 31, estaban compuestas, sobre todo, de propietarios territoriales.

Los plebiscitos relativos al derecho privado son numerosos en los últimos siglos de la República. Entre los más importantes, nos limitaremos a citar: la ley Cincia, sobre las donaciones (año 550; V. número 420); la ley Aquilia, de fecha incierta, sobre el daño causado injustamente (V. N.o 454); la ley Falcidia, sobre los legados (año 714 V. N.o 644).

La Costumbre: Junto al derecho promulgado se desarrolla el derecho no escrito. Éste toma su autoridad en el consentimiento tácito del pueblo, que puede hacer la ley, no sólo manifestando en las asambleas su voluntad expresa, sino también, más seguramente acaso, consagrando por un largo uso una institución o una regla de derecho. Los progresos de la costumbre son favorecidos por la feliz influencia de los jurisconsultos, cuya autoridad y crédito se ven nacer y crecer en este período.

d) Explicación de las principales características del derecho romano durante el advenimiento del imperio a la muerte del emperador Justiniano.

e) ¿Quién fue Justiniano? Justiniano fue conocido por ser uno de los emperadores del Imperio Romano que intentó reubicar la prosperidad del Antiguo Imperio en los territorios de Occidente, hazaña que le valió para obtener el apodo del ¨último romano¨. Como la mayoría de los grandes pensadores de su época, Justiniano era un apasionado del derecho y por ello dejó al mundo una compilación de Derecho Romano llamado, Corpus Juris Civilis, que aún se utiliza como base del derecho civil.

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