ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Penal Maya


Enviado por   •  25 de Noviembre de 2012  •  2.559 Palabras (11 Páginas)  •  7.660 Visitas

Página 1 de 11

DERECHO PENAL MAYA

Administración e Impartición de Justicia del Derecho Maya

En cada ciudad gobernaba un Halach-Vinic (verdadero hombre), también llamado Ahau. El Halach-Vinic era auxiliado en sus funciones por un consejo de ancianos, el Ah-Cuch-Cab, o cargadores del pueblo, así llamado porque con su sabiduría, este consejo sostenía moralmente al pueblo. A su vez, contaba el Ahau con la ayuda de tupiles, o policías verdugos, como los llamaba Margadant, porque a ellos competía cuidar el orden público, realizar las aprehensiones que se requerían y, en su caso, ejecutar a los condenados a la pena capital. También se les llamaba tupile-boobs.

En las aldeas periféricas, finalmente satélites de la guerra ciudad, gobernaban unos caciquies impuestos por el Ahau, denominados batab o bataboobs, si bien es cierto que en algunas fuentes estos nombres se les dan igualmente al Halach-Vinic.

EL DERECHO PENA L MAYA: Era muy severo. El procedimiento pena era unistancial , ya fuera ante el Batab o ante el Ahau , según que el delito se hubiera cometido en la aldea o en la ciudad; no cabía pues la apelación . en una sola audiencia se efectuaba todo el proceso y se llagaba a la sentencia , absolutoria o condenatoria, expresada de viva voz. Se desarrollaba el proceso e la plaza pública populina. Desgraciadamente, las partes podían dar presentes al juez.

Había responsabilidad colectiva de toda la familia en caso de daño en propiedad ajena. Sin embargo, se distinguía entre delito doloso (generalmente castigado con pena de muerte) y delito culposo (con reparación del daño o indemnización).

En caso de adulterio cometido por la mujer, el marido podía optar entre la muerte de ella y de su cómplice; entonces se le ataba a un poste y se les dejaba caer una roca para aplastarlos, o bien se les otorgaba el perdón, pero con repudio de la mujer y disolución del matrimonio.

Por violación y estupro la pena era de muerte por lapidación, en tanto que para homicidio era la muerte, en igual forma que se sabía inferido a la victima; pero si el homicida era un menor se le aplicaba la esclavitud a favor de la familia del victimado. También merecía pena de muerte el incendiario o el que se dedicaba al lenocinio.

En cuanto al robo, la primera vez por lo común el ladrón era perdonado, pero en caso de reincidencia caían en esclavitud a favor del sujeto pasivo del delito. Si el robo lo cometía un sujeto de la nobleza, además se le labraba de por vida la cara con una navaja de obsidiana, desde la frente hasta el mentón.

No existía la prisión como la pena y solo se retenía al posible delincuente atándole las manos y colocándole un aro en el cuello.

Curiosamente tenían una diosa llamada Ix-tab, deidad de los ahorcados, que también protegía a los suicidas y los llevaba a un mundo de deleites.

PUEBLO MAYA:

En esta época existía los batasps o caciques que eran los jueces encargados de la impartición y aplicación y de justicia, entre las penas más frecuentes principales se encontraba; la muerte y la esclavitud la primera de ellas eran para los adúlteros, homicidas y violadores y la segunda se aplicaba a aquellos que cometían el delito de robo.

DERECHO CHICHIMECA

Estaban organizados en pueblos recolectores, cada grupo tenía un jefe hereditario con fines militares, la única rama chichimeca que parece haber tenido una organización política fue la de los chuachichiles, quienes obedecían a un triunvirato de miembros de una sola familia, generalmente compuestos de un jefe, su hermano y un hijo.

Llama la atención el sistema de la residencia matrilocal, que es el hogar que se forma alrededor de la madre, esto encuentra su origen en la división de labores entre los hombres y las mujeres. Pudieron ser religiosos pero en su organización social faltan los sacerdotes.

DERECHO AZTECA

SIGLO X AL XV. Su poder radico en gran parte del centro del país (llegaba hasta los océanos pacíficos y atlántico, Oaxaca, Yucatán) y se caracterizo por ser netamente guerreros y conquistadores, es por eso que alcanzaron gran poder militar y administrativo en todas las regiones en que dominaban.

Su derecho se manifestó en la costumbre, y muy poco en códices y a menudo íntimamente ligadas a la religión tan conocidas de todos los que no habían necesidad de ponerlas por escrito, sin embargo, la inclinación habitual de la gran masa indígena ante el poder de los miembros de la élite (el rey, los nobles, y en menor medida los sacerdotes y comerciantes) creó gran incertidumbre para la posición jurídica de los humildes.

DERECHO PUBLICO AZTECA

En tiempos de la Conquista, el Imperio Azteca llegaba hasta los Océanos Pacífico y Atlántico, y hasta Oaxaca y Yucatán.Formó parte de una Triple Alianza, en la cual tuvo una hegemonía tal, que el Emperador Azteca a menudo podía determinar quien sería el gobernante en las naciones aliadas.

Para el Derecho Público Azteca su Política era la de no quitar a los pueblos subordinados su propia forma de gobierno o su derecho, lo importante era que el tributo llegara en forma convenida. (Actitud semejante a la Romana al comienzo del imperio, en relación con sus provincias).

Los Aztecas tenían una cultura superior a la chichimeca y prueba de ello es su organización social en clanes. Estos clanes llamados calpulli, eran grupos de familias emparentadas entre ellas que vivían en un Sistema Patrilineal, la costumbre de casarse dentro del Calpulli (Endogamia), de Residencia Patrilocal.

Vivian en democracia aparente, bajo un gobierno de consejo de ancianos, con sus propios dioses, formaban unidades militares y con propiedades colectivas. Hacia abajo estaban divididos en tlaxicallis; Hacia arriba divididos en cuatro campans, el conjunto de los campans, se sometían a un líder llamado tenoch que a su vez era asistido por nueve jefes, quizás los representantes de los nueve clanes.

El tenoch tenia autoridad limitada a lo militar ayudado por un consejo de representantes de los calpulli, pero mas tarde cayeron en la tradición de que una nación respetable necesitaba un rey que fuera descendiente de Quetzalcóatl, de esta manera “Acamapichtli” hijo de una hija del rey de Culhuacan quien era descendiente de Quetzalcóatl, fue nombrado Rey. A él se le dieron varias hijas de los nobles como esposas y de esta forma se creyó que la sangre de Quetzalcóatl había sido difundida en la nobleza azteca.

TENENCIA DE LA TIERRA

Los aztecas tenían un régimen de la tierra basado en tierras propiedad de reyes y nobles, otras que se explotaban en forma común, pero que estaban destinadas a diferentes

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (16 Kb)  
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com