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Derecho Romano

roycampa29 de Mayo de 2015

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DEFINICION DE DERECHO ROMANO

El derecho romano, es el conjunto de los principios que han regido la sociedad romana en las diferentes épocas de su existencia, desde su origen hasta la muerte del emperador Justiniano.

Ahora bien, por su extensión y duración, el Derecho Romano recoge y refleja en su evolución grandes cambios lo que se ha traducido en evolución. Así, se presenta como un derecho de aplicación supranacional. Es además el antecedente de nuestro derecho civil. Estructura a todo el derecho civil hispanoamericano y a gran parte del europeo, por lo que su estudio nos permite, en consecuencia, el estudio del Derecho Comparado.

La historia del Derecho Romano es considerada especial para la educación de los juristas, principalmente por dos razones:

• Por ser el sistema jurídico más completo que la humanidad ha producido y

• Por ofrecer un ciclo completo de evolución jurídica

FUENTES DE DERECHO ROMANO

El derecho romano nace de la costumbre y de un derecho natural (intrínsecamente justo en sí mismo) y evoluciona hacia el derecho positivo

Las fuentes de derecho romano escritas son:

Las leyes, los plebiscitos, los edictos de los magistrados y las respuestas de los prudentes.

IMPORTANCIA DEL DERECHO ROMANO EN LA CIENCIA JURIDICA

El derecho romano debe ser estudiado como modelo ya que no solo su génesis sino también su aplicación práctica son importantes, porque contiene una lógica notable y gran delicadeza de análisis y deducción.

La ciencia jurídica se SUSTENTA en gran medida en el conocimiento del derecho romano.

Ahora bien, conceptos de Derecho Romano, podemos encontrar varios, entre los cuales, cabe citar: “Es el ordenamiento jurídico que rigió al pueblo romano desde la fundación de la ciudad en 753 a. de J.C. hasta la caída del Imperio de Occidente en 476 d. de J.C. y en el Imperio de Oriente (En 395 d. de J.C. el Emperador Teodosio divide el Imperio entre sus dos hijos: Arcadio, a quien

Correspondió el Oriente y Honorio quien gobernó el Occidente); hasta la época del Emperador Justiniano, quien reinó del 527 al 565”.

“Es el derecho reconocido por las autoridades romanas hasta 476 d. de J.C. y, desde la división del imperio, el reconocido por las autoridades bizantinas –estrictamente hablando, hasta 1453- dentro de su territorio”.

Todos los conceptos versan sobre un derecho que fue reconocido y aplicado a lo largo de la historia de Roma.

EL FONDO POLITICO SOCIAL DEL DERECHO ROMANO Y SU PERIODIZACION SE DIVIDIO EN VARIAS FACETAS:

• LA MONARQUIA.

• LA REPUBLICA.

• EL IMPERIO PRINCIPADO AUTOCRATICO.

• EL IMPERIO BAJO JUSTINIANO.

DIVISION DE LA ETAPA HISTORICA DEL DERECHO ROMANO

1ª. Etapa: Derecho antiguo. Desde la fundación de la civitas hasta el año 130 a.C. (PRIMER PERIODO DE LA FUNDACION DE ROMA A LA LEY DE LAS XII TABLAS)

2ª. Etapa: Derecho clásico. Desde el 130 a.C. hasta el 230 d.C., y se subdivide a su vez en tres etapas: (DE LA LEY DE LAS XII TABLAS AL FIN DE LA REPUBLICA)

1. Primera etapa clásica, del 130 al 30 a.C.

2. Etapa clásica alta o central, del 30 a.C. al 130 d.C.

3. Etapa clásica tardía, del 130 al 230 d.C

3ª. Etapa: Derecho postclásico. Comprende desde el 230 al 527 d.C. También se puede subdividir en tres períodos. (DEL ADVENIMIENTO DEL PUEBLO A LA LEY DE ALEJANDRO SEVERO)

1. Etapa diocleciana, del 230 al 330 d. C.

2. Etapa constantiniana, del 330 al 430 d. C

3. Etapa teodosiana, del 430 al 527 d. C.

4ª. Etapa: Derecho justinianeo. Del 527 al 565 d. C.

PRIMER PERIODO, ORGANIZACIÓN SOCIAL

Estado social y económico bajo los reyes

En los primeros años la ciudad-estado de Roma tuvo únicamente unos 20,000 habitantes, en un territorio de unos 800 kilómetros cuadrados, su principal fuente de riqueza era la agricultura y la ganadería. Sobre el ganado siempre existió la propiedad privada. Respecto de la propiedad agrícola, ésta se inició con la figura de la huerta familiar, extendiéndose con posterioridad a las tierras de labor. Más tarde, la propiedad privada dio pie a la explotación agrícola, que se llevaba a cabo por los miembros de la familia. Como resultado de la ubicación geográfica de Roma, la actividad económica era limitada a ciertos productos como la sal, manufacturas etruscas y productos de importación tanto de los fenicios como de los griegos, siendo el trueque una forma de comercialización. La tradición habla de tratados comerciales de Roma con Cartago, en los que la zona de influencia comercial se encontraba en la costa italiana del Mar Tirreno y en la africana de las Sirtes. Respecto de la religión de los pueblos primitivos de Lacio, se basaba en divinidades impersonales manifestadas a través de los fenómenos naturales como el viento o los ríos. De esas divinidades, como en todas las culturas, algunas eran buenas y otras malas, o algunas representaban lo blanco y otras lo negro, por lo que el romano de esa época buscaba tener una buena relación con la divinidad, a través de ceremonias de culto. Estas divinidades fueron adoptadas tanto por los etruscos como por los griegos de forma gradual.

Además se daba el culto a las divinidades del hogar y a los muertos. En el hogar existía un fuego doméstico sagrado, al cuidado del jefe de familia. Además de este fuego, existía un lar familiar, que era una divinidad encargada de la protección del hogar y las tierras, íntimamente relacionado con el espíritu de los familiares antepasados. Los muertos tenían una importancia connotada en el ámbito familiar, ya que los romanos creían que los muertos, en su tumba, continuaban su vida, aún cuando no era de la misma forma que cuando estaban vivos. A principios del siglo VI a. C. la escritura y un alfabeto propio fue introducido en Roma, lo cual motivó un desarrollo importante en diversos campos y por supuesto, principalmente en el ámbito jurídico, fijándose así el derecho consuetudinario. (moresmaiorum=costumbres de los antepasados), transmitidas hasta entonces por tradición oral. Posibilitando así el uso de documentos.

DIVISION FAMILIAR DE ROMA

. La gens: la familia; la clientela, patricios y plebeyos Como hemos podido observar hasta el momento, la población de la antigua Roma, era todo menos homogénea, principalmente aparece dividida en dos clases: los patricios y los plebeyos; existiendo además otras figuras como la clientela, la familia y la esclavitud. Además de existir una notable diferencia entre los ciudadanos y extranjeros. Las familias que consideraban tener un mismo árbol genealógico, constituían la gens y tenían un nomengentile común. La gens es conceptualizada como una agrupación de familias análoga al genos helénico, a la sippe germánica o al clan celta. En un inicio únicamente las familias patricias.

Podían constituir una gens, sin embargo, con el paso del tiempo, también aparecen las gentes plebeyas. Se ha llegado a considerar que en tiempos antiguos fue la gens la que tenía la potestad sobre los bienes inmuebles y cualquier forma de tenencia de la tierra y en el devenir histórico, paso al paterfamilias. Por su parte la familia se componía por personas sometidas a la potestad absoluta de un jefe denominado pater familias. Los sometidos podían ser varones no emancipados, solteros o casados sin importar su edad, y mujeres que no hubieran pasado por matrimonio a otra familia, la mujer del pater familias, las mujeres de todos sus descendientes varones casados cum manu, y las personas dadas en adopción a él, o a cualquiera de sus descendientes varones. Como se puede ver, el lazo familiar no era forzosamente por descendencia, sino por potestad. La clientela era otra institución social, que consistía en el hecho de que un hombre libre se acogiera a la protección de un ciudadano (patrono) o un grupo de familias (gentilidad). Quienes además estaban obligados al servicio militar en la gens y a ciertas prestaciones a favor del patrono, tales como alimentos, rescate de cautividad, dote a la hija, etcétera. El patrono, por su parte, tenía derecho de tutela y de herencia. Al parecer, no participaban en los derechos políticos ni en los civiles pero si en el culto y la religión. Los patricios eran la clase gobernante, la aristocracia, la asamblea curiada que deliberaba sobre los intereses de la ciudad. Eran la casta que dominó a Roma durante siglos. Por su parte los plebeyos estaban conformados por los vencidos, una masa de población necesaria para la acción militar y para el trabajo en la vida económica de la ciudad. Algunos autores atribuyen el origen de la plebe a la protección que los débiles buscaban de los fuertes y a la conveniencia de éstos por tener gente de servicio o auxiliares a quienes se les consideraban de segunda categoría.

Por otro lado, los hijos ilegítimos y esclavos emancipados engrosaban las filas de esta clase. A los patricios se les consideraba como nobleza gobernante, quienes además poseían grandes extensiones de tierra (la riqueza más importante de la época) y disponían de esclavos para explotarla con un mínimo gasto. Los plebeyos eran pequeños propietarios, jornaleros, artesanos y traficantes. La marcada diferencia económico-social entre los patricios y los plebeyos se ha prestado a considerar que esa diferencia fue producto de un progresivo encumbramiento social de una minoría que acaparó tierras y en consecuencia riqueza, donde no existió distribución de la misma

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