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Derecho Romano


Enviado por   •  16 de Marzo de 2015  •  1.045 Palabras (5 Páginas)  •  103 Visitas

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1. Introducción

A toda persona le pertenecen un cierto conjunto de cosas, siendo estas "tangi possunt es decir corporales o " tangi no possunt" o en otras palabras incorporales constituyendo el patrimonio de cada individuo. Toda persona tiene un patrimonio, aunque su pasivo sea mayor que el activo. Siendo este elemento tan esencial en la vida es imprescindible no saber mas de ello.

Iniciaremos con el origen del patrimonio, es decir su etimología, seguiremos con los conceptos generales. Luego entraremos en detalle sobre los Derechos Reales y Derechos Personales y las diferencias que existen entres dichos derecho. Veremos también en que consisten la doctrina de Aubry y Rau, finalizando entraremos en la influencia que tiene el Patrimonio en el Derecho Boliviano.

2. El Patrimonio y sus Conceptos Generales

La etimología de la palabra patrimonio proviene de origen latín, deriva de "Patri onium", es decir lo recibido por el padre o pater. Se dice que los romanos no tenían un teoría como hoy en día para el patrimonio, mas bien ellos lo veían como un conjunto de cosas corporales que se transmitían de generación a generación. Viendo los patrimonios como entes jurídicos hizo que los romanos se acostumbren a la transmisión de acto Inter-vivos como en los casos de matrimonio, adrogación y legitimación. Al decir transmisión simplificamos que era la interacción que existe entre la persona y la cosa. También existía un patrimonio sin titular, por lo tanto este no podía adquirir los derechos y obligaciones que el patrimonio te otorga.

Los derechos patrimoniales son derechos que se reflejan en el patrimonio y tienen como objeto "satisfacer las necesidades económicas". En los derechos patrimoniales existen dos clases de divisiones, de los derechos reales y las de obligaciones, los que también se reconoce por derechos personales. En la época romano, donde se creo el patrimonio, los jurisconsultos romanos no se preocuparon de formular una definición oconcepto concreto de los derechos reales, y para hacerlo mas fácil lo único que esto jurisconsultos llegaron a cumplir fue establecer diferencias entre las dos clases de derechos patrimoniales.

Nuevamente en Roma, la ideología de Patrimonium o Patrimonio no esta comprendido como un " atributo de la personalidad" solo los sui juris (al igual que las mujeres que están en esa situación) pueden poseer un patrimonio. Tenemos en claro que el sui juris eran las personas libres de toda autoridad que solamente dependían de ellas mismas. Asi es como conocemos al Pater familae o jefe de familia. En cambio los alieni juris, personas sometidas a la autoridad de otro, no lo tiene, se ve pues que hay personas que siendo como estas carecen de tener un Patrimonio, por ejemplo en la época romana el Pater Familae era considerado un sui juris y todos los ue estaban bajo su potestad eran alieni juris, por ejemplo sus hijos, a veces su esposa y sus esclavos.

También en Roma la palabra Patrimonium a veces tiene un significado económico. En cambio en su significado jurídico comprender tanto el sujeto activo como el sujeto pasivo (deudor), por lo que antes habíamos dicho que proviene de la herencia del pater.

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