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Desarrollo Endogeno Campesino


Enviado por   •  1 de Junio de 2012  •  3.964 Palabras (16 Páginas)  •  552 Visitas

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Introducción

El nuevo modelo de desarrollo, partiendo de la propuesta hecha por el presidente Hugo Chávez la cual tiene el firme objetivo de cambiar el modelo de producción capitalista que ha llenado de hambre y miseria al mundo.

Con la llegada al poder del comandante Hugo Rafael Chávez Frías en el año 1998, en Venezuela se ha venido desarrollando una serie de políticas orientadas hacia la transformación sostenida social y económicamente del país, una de esas políticas es el auge y afianzamiento del Desarrollo Endógeno.

Se puede decir que, El Desarrollo Endógeno es la punta de lanza para que cualquier Nación logre un desarrollo sostenido en lo político, social y económico, esto debido a que el desarrollo comienza desde "El Ser para Los Seres". También es importante señalar que en el Desarrollo Endógeno el aspecto económico es importante, pero no lo es más que el Desarrollo Integral del colectivo y del individuo: en el ámbito moral, cultural, social, político, y tecnológico.

Los modelos de desarrollo implantados en Latinoamérica se sustentan de una concepción universalista y evolucionista, la cual supone que todos los países avanzan linealmente de acuerdo al modelo occidental basados en los principios de la razón instrumental y de la división social del trabajo. En tal sentido no podemos tomar como modelo paradigmal, los modelos económicos de los países avanzados, ya que no tenemos las condiciones materiales similares, ante semejante disyuntiva es un deber de todos accionar para la construcción de un nuevo modelo desarrollo que sea adaptado a nuestras necesidades y nuestra cultura.

Hasta el momento los modelos capitalistas que han practicado en Venezuela han truncado el avance del desarrollo, trayendo consigo consecuencias tales como: retroceso en los niveles de salud, educación, nutrición, seguridad social, empleo entre otros Por lo tanto, esta contradicción la debemos atacar desde sus raíces, para ello el gobierno revolucionario ha trazado dos objetivos de los diez del nuevo mapa estratégico (Salto Adelante) para confrontar el modelo capitalista que prevalece aún en Venezuela siendo los siguientes: PRIMERO. Acelerar la construcción del nuevo modelo productivo, rumbo a la creación del nuevo sistema económico. Esto implica afectar las relaciones de producción para así trascender el modelo capitalista que hemos heredado producto de la pseudo- democracia. SEGUNDO. Instalar la nueva estructura territorial, para acabar con la deformación del territorio, esto tiene que ver con los ejes de desarrollo, con los polos de desarrollo y con los núcleos de desarrollo endógeno.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es el documento vigente que contiene la Ley fundamental del país, dentro de cuyo marco deben ceñirse todos los actos legales. En ella se generan las instituciones, derechos y deberes fundamentales.

Se trata de un documento en idioma español. Se compone de un preámbulo, 350 artículos (ordenados en Títulos y Capítulos), y Disposiciones transitorias (para su implementación).

Fue redactado por la Asamblea Constituyente de Venezuela, constituida por 128 constituyentes, elegidos por votación popular con ese objetivo fundamental.

Se sometió a consulta popular su aprobación, por primera vez en toda la historia de Venezuela, el 15 de diciembre de 1999, recibiendo la aprobación con el 71,21% de los votos (2.820.556), el rechazo del 28,79% (1.141.792), y con la abstención del 54,06% (4.876.782).

Basamentos Legales del Desarrollo Endógeno:

El marco legal que rige a todo este proceso de desarrollo económico esta basado en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la ley orgánica de las fuerzas armadas y demás leyes afines, y se enfoca primordialmente a orientar el empleo y la explotación racional de los recursos para el desarrollo, así como también motivará la participación mas activa de toda la nación en circunstancias criticas, tales como calamidades publicas y emergencias económicas, permitiendo además encaminar esfuerzos contundentes en la solución de problemas tan complejos como la pobreza.

Al respecto el artículo 61 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela señala “todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos… la participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión publica, es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo…”

A continuación se citan varios artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que respalda a este novedoso sistema de desarrollo socio-económico:

Articulo 3

El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.

Articulo 87

Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El Estado garantizará la adopción de las medidas necesarias a los fines de que toda persona pueda obtener ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este derecho. Es fin del Estado fomentar el empleo. La ley adoptará medidas tendentes a garantizar el ejercicio de los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras no dependientes. La libertad de trabajo no será sometida a otras restricciones que las que la ley establezca. Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores o trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas y creará instituciones que permitan el control y la promoción de estas condiciones.

Articulo 112

Todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más limitaciones que las previstas en esta Constitución y las que establezcan las leyes, por razones de desarrollo humano, seguridad, sanidad, protección del ambiente

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