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El Proceso Penal Inquisitivo.


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2013  •  Informes  •  1.617 Palabras (7 Páginas)  •  489 Visitas

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El Proceso Penal Inquisitivo

La Inquisición era un Tribunal que tenia como misión la defensa de la fe y la moral de la Iglesia católica, mediante la persecución de los delitos que atentaran contra una u otra (la fe o la moral).

La base jurídica en que se apoyaba el Tribunal del Santo Oficio era el mismo que servía de fundamento al Derecho Penal y Procesal de Castilla o de Aragón, de Cataluña o de Valencia, o de Navarra.

Cada uno de estos núcleos políticos incorporados a la Monarquía de Isabel y Fernando tenía su tradición jurídica peculiar, pero por encima de diferencias jurídicas siempre notables, en todos esos territorios se difundió desde los siglos XII y XIII un Derecho culto, un Derecho de juristas enseñado en las Universidades, un Derecho dual en su propia composición, pues acercaba y enlazaba, cuando no unificaba, el Derecho: el de la sociedad temporal o Civil, y el Derecho de la Iglesia.

De ese Derecho (que por haberse extendido a todas las Universidades y Cortes de la Europa continental pronto recibió el nombre de Derecho Común), proviene el llamado Proceso Penal Inquisitivo o Proceso Inquisitorial.

El Proceso Penal Inquisitivo o Proceso Inquisitorial fue el tipo de proceso penal utilizado por la Inquisición española desde su fundación a su extinción.

Pero no sólo fue utilizado por la Inquisición, sino también por todos o casi todos los Tribunales Penales de todos o casi todos los reinos de la Europa continental desde el siglo XIII al XVIII.

Como el proceso penal inquisitivo nos parece hoy injusto y monstruoso, la anterior afirmación sobre su uso generalizado podría parecer una «disculpa» a favor de la Inquisición. No es ese el propósito. Lo que se intenta es hacer ver que la Inquisición no era un islote en su sociedad, sino que se basaba en los mismos principios y utilizaba las mismas instituciones jurídicas que el Derecho Penal ordinario.

Dicho de un modo más directo: la Inquisición perseguía y juzgaba a herejes, blasfemos o bígamos con el mismo tipo de proceso penal con que cualquier juez o tribunal de la misma época perseguía y enjuiciaba a ladrones, traidores u homicidas.

Características del Proceso Penal Inquisitivo o Proceso Inquisitorial

- El procedimiento inquisitorial era una excepción al Procedimiento Ordinario Civil e incluso al Criminal. Es un procedimiento sumario que no está sujeto a formalismos.

- En este sistema el juez (el inquisidor) era un técnico. Se trataba de un funcionario designado por autoridad pública, que representa al Estado, que era superior a las partes y que no estaba sujeto a recusación de las partes.

- El juez (el inquisidor) dirigía el proceso de principio a fin, con iniciativa propia y poderes muy amplios y discrecionales para investigar. La prueba, en cuanto a su ubicación, recepción y valoración, era facultad exclusiva del juez (el Inquisidor).

- El juez (el inquisidor) NO SOLO JUZGABA, sino que, antes de juzgar, investigaba los hechos, dirigía la indagación (lo que ahora lIamaríamos la investigación policial), era INSPECTOR POLICIAL, buscaba culpables, acumulaba pruebas contra ellos.

- No era necesario que existiese denuncia o acusación. El Inquisidor podían inquirir, investigar, cualquier indicio razonable que los llevase a sospechar la existencia de personas o grupos heréticos.

- El objetivo primordial era descubrir la herejía: que el acusado confesase, se convirtiera y finalmente fuera castigado.

- El Proceso Inquisitorial era un PROCESO BIPARTITO. Constaba de dos fases: una FASE SUMARIA o INQUISITIVA (de investigación) y una posterior FASE JUDICIAL en sentido estricto. En esta segunda fase o juicio, el «inquisidor» se convertía en «juez» entre dos partes: el Promotor Fiscal que acusaba a los reos, y éstos, asistidos entonces por sus abogados. El Fiscal esgrimía ante el juez las pruebas por éste recogidas en la fase sumaria, contra las cuales tenía que defenderse en esta segunda fase el reo.

- Aunque el ofendido se desistiera, el proceso debía continuar hasta su término.

- Todos los actos eran SECRETOS y ESCRITOS.

- Durante la primera parte del proceso, la FASE SUMARIA o INQUISITIVA, es decir durante toda la investigación policial, el sospechoso sobre el que recaían indicios de culpabilidad ignoraba qué cargos se acumulaban contra él. No se le indicaba de qué delitos se le suponía autor. La FASE SUMARIA o puramente INQUISITIVA, se llevaba en secreto y por consiguiente el reo se hallaba en este sentido enteramente indefenso hasta la apertura del juicio o segunda fase del proceso.

- En la segunda parte del proceso, la FASE JUDICIAL, el reo continuaba indefenso, pues aunque en la fase probatoria podía proponer pruebas a su favor, éstas más que pruebas de su inocencia se concebían como meros escudos para paralizar o disminuir los efectos probatorios de las pruebas de su culpabilidad recogidas por el juez (inquisidor).

- Durante el curso del proceso, el acusado es segregado de la sociedad, mediante la institución denominada prisión preventiva en cárceles secretas y no públicas.

- El juez no llega a una condena si no ha obtenido una completa CONFESIÓN DE CULPABILIDAD.

- La CONFESIÓN DE CULPABILIDAD es considerada como prueba plena, como la reina de las pruebas. Los indicios de culpabilidad acumulados contra alguien a través de la Fase Sumaria impulsaban al Tribunal a solicitar de él en la fase final del proceso la confesión de que tales indicios eran señal cierta de su verdadera culpa. Si se obtenía libremente la confesión, la prueba que ésta implicaba se consideraba como muy fuerte. Si el presunto culpable no confesaba su culpa voluntariamente, se le podía someter a TORMENTO. El ánimo humano es a veces flaco y no siempre inclinado a reconocer las propias culpas, a confesar los propios pecados. Por ello, para vencer la resistencia defensiva del presunto culpable y para obtener de él su confesión de culpabilidad que permita establecer la verdad (es decir, «ad eruendam veritatem», para averiguar la verdad) se le atormenta.

o Si el atormentado insistía en mantener hasta el final su inocencia tal declaración de inocencia NO equivalía a una prueba de ésta, y el reo podía ser condenado en virtud de otras posibles pruebas.

o Si el atormentado confesaba su culpa, ésta se considera PROBADA, con

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