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El estado medieval.


Enviado por   •  24 de Marzo de 2017  •  Ensayos  •  1.232 Palabras (5 Páginas)  •  209 Visitas

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EL ESTADO MEDIEVAL

El estado medieval lo forman:

  • El rey
  • El territorio
  • Los súbditos.

El territorio: 

Siempre ha sido el lugar sobre el que se ejerce un poder. En la historia ha habido dos grandes clasificaciones: el Estado centralizado o descentralizado.

Modos de adquirir un territorio:

  1. Por herencia, bien directa (línea recta) o indirecta (línea colateral).

  1. Por matrimonio. Esta era diferente en Castilla donde si la mujer es reina el varón pasa a ser consorte (poder representativo) que en Aragón donde al no acceder la mujer al trono el varón es siempre el titular de la corona.

  1. Por conquista militar: 
  • si se conquistaba un territorio musulmán la conquista era un titulo jurídico por sí solo.
  • Si se conquistaba un territorio cristiano se necesitaba además de la conquista otro título jurídico: la concesión pontificia.
  1. Concesión pontificia: EL Papa es representante de Dios en la tierra, como Cristo se titulo rey de reyes se entendía implícitamente que todas las tierras pertenecían a Cristo por derecho propio y Cristo delega en el Papa.

Súbdito: 

La persona que se somete a la autoridad del estado. Se llama súbdito a todo aquel que es libre y es “natural” de ese territorio. (Hoy llamamos nacional a natural).

Hay 2 formas de adquirir la naturaleza:

  • Originario: el que nace en el territorio o el que desciende.
  • Derivada: por residencia (se exigían 2 años).

¡! Los judíos y los moros estaban privados de esta naturalidad.

El súbdito tenía derechos y deberes. Un ejemplo de derecho es el de voz y voto en las cortes, para que no se vulneraran los derechos se promulgaron dos textos: Decretos de la Curia de León (1188) y  Privilegio de la unión aragonesa (1284). En ambos está recogido el derecho Habeas Corpus (derecho de un juicio justo, derecho de no ser objeto de una detención arbitraria, etc.).

El rey

Se le conoce con dos denominaciones:

  • Rey, cabeza de territorio.
  • Príncipe, porque es el primero, el principal del territorio.

Competencias del rey durante la Edad Media:

  • El ejercicio de la defensa de la paz, le competen las relaciones exteriores que es declarar la guerra, declarar la paz, declarar la tregua, reorganizar el ejército y convertirse en la cabeza de ese ejército.

  • Poder legislativo: el monarca podía legislar unilateralmente o bilateralmente. Las normas más importantes que promulga unilateralmente son las Reales pragmáticas y las Reales Cedulas. Bilaterales: normas que el rey daba en consonancia junto con las cortes muy superiores en Aragón e inferiores en Castilla.

  • Administrar justicia: la competencia básica del rey en la historia, la de ser rey juez. Le compete gracia, conmutar y atenuar las penas. Además le compete el conocimiento de los llamados cosas de corte, aquellos delitos que por su gravedad solo podían ser juzgados por el rey y su tribunal. (violación de mujeres).
  • Administrativa, le competía nombrar y deponer todos los cargos de la administración así como la hacienda.
  • Las Regalías: (derecho exclusivo del rey):
  • Las minas
  • Las salinas
  • Cotos de caza
  • Competencia eclesiástica: tenía su origen en la ocupación musulmana, eso genera que España se aisle de Roma quien asume competencias que deberían ser exclusivas del papa es el rey. Entra otras cosas fundar monasterios, conventos o nombrar cargos eclesiásticos (real patronato).

Sucesión a la corona:

Hay en España dos vertientes:

  • La vertiente castellana (la que hoy tenemos): desde el código de las 7 partidas que consagra esto se dice que a la hora de suceder a la corona
  1. primero hay que acudir a los llamados herederos forzosos que son siempre en este orden:
  1. Descendientes (hijos y nietos).
  2. Ascendentes.
  3. Colaterales.
  1. Si no hay heredero forzoso se permitía que el rey eligiera por testamento.
  2. Si no había decidido el rey por testamento, las cortes tenían que decir el rey.

Además se establecía que el orden para suceder a la corona era el mayor siempre con preferencia sobre el mejor (el primogénito), el varón sobre la mujer y la línea recta por encima de la colateral.

Sistema en virtud del cual prima el varón pero en caso de que no haya varón se puede acudir a la mujer principio de cognación, siempre imperante en castilla y que hoy en día es el principio que rige la sucesión a la corona. Recogido en nuestro artículo 57 de la constitución española.

  • La vertiente aragonesa: por el contrario en argón nunca primo este principio quedando absolutamente fuera de la corona las mujeres y eso se le llama agnación. Popularmente conocido como ley sálica.

Las Cortes:

Como nacen las cortes. Las cortes en la historia del derecho español han sido solo de 1 cámara. (Unicamerales)

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