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Estado Chile


Enviado por   •  27 de Abril de 2014  •  4.173 Palabras (17 Páginas)  •  216 Visitas

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Concepto estado

André Hariou jurista francés, quien a comienzos de la década de 1970 definió el estado en una forma en la que incluyen estos elementos: comunidad humana(pueblo), territorio, poder, orden jurídico y finalidad.

Teorías de estado:

*Estado Pluralista:

-orientado a justificar teóricamente el estado liberal -Estatuto es la teoría dominante -Robert Dahl exponente -el poder dividido entre instituciones y grupos de presión -el estado intenta representar los intereses de los grupos -la democracia a través de los distintos grupos

*Estado Marxista:

-postula la revolución para su transformación -Estatuto es influyente como teoría de la sociedad -Karl Marx, como fundador -Estado tiene 2 facetas -como instrumento de clase dominante -como fuerza política que tiene autonomía

*Estado Elitista:

-es contrario al proyecto marxista -Estatuto es la teoría de la nueva derecha europea - Gaetano Mosca, Max Weber, exponentes. -aquella comunidad humana que, dentro de un territorio determinado, reclama para sí el monopolio de la violencia física legítima. -El gobierno es la dictadura de una minoría sobre la mayoría. -La democracia liberal es, una forma de seleccionar dirigentes y de otorgarles legitimidad.

Valores de la constitución

La Constitución condiciona la acción del Estado por tres vías: las bases de la institucionalidad (conjunto de valores, principios jurídicos y normas), reconocimiento del Estado de derecho y a través de la organización de las instituciones públicas sobre la base del principio de separación de funciones.

Valores fundamentales de la constitución :

*la dignidad de la persona humana: respeto de toda persona por su calidad como tal. *la libertad de la persona humana: poder escoger entre diversas alternativas de desarrollo personal. *la igualdad del ser humano: igualdad en derechos y dignidad(el principio de no discriminación y el principio de igualdad ante la ley). *la familia como núcleo fundamental de la sociedad *el respeto a los grupos intermedios.

Características del estado chileno:

*Carácter instrumental: Estado al servicio de la persona humana. El estado es un instrumento que tiene como finalidad favorecer el desarrollo integral de los seres humanos. *Finalidad suprema: el bien común(está en función de la dignidad y los derechos de las personas). *Deberes: la seguridad nacional. Esta seguridad es una condición básica para la consecución de los fines estatales.

Los Estados unitarios y federales

Unitarios: existe un solo centro político y gubernamental, que está dado por los órganos del Gobierno Central, y que las leyes que emanan de los órganos de este centro político (el Presidente y el Congreso), son aplicables en todo el territorio nacional.

Federales: existen varios centros de poder político(es estado federal que ejerce un gob. central y a la vez gob. regionales por cada estado miembro o federado). Cada gob. regional actúa políticamente en forma independiente, pero coordinado con el gob. central .Del gobierno central dependen las relaciones internacionales y definiciones de política económica y fiscal.

Descentralización y desconcentración

La descentralización administrativa el Estado descentraliza la ejecución de la norma, los órganos descentralizados cumplen atribuciones de planificación, aplicación y evaluación de políticas públicas, en el ámbito territorial en que tienen competencia. Pese a ello, los órganos descentralizados están sujetos al control del poder central, control que se denomina tutela, la que se diferencia de la dependencia jerárquica, porque el control lo ejerce un órgano contralor. *descentralización con asiento en un territorio: las municipalidades, gobernaciones o intendencias, que fueron creadas por la Reforma Administrativa conocida como Regionalización. *descentralización sin base territorial: empresas del Estado que operan en todo Chile, como la Empresa Nacional del Petróleo o la Empresa Nacional de Minería.

Descentralización y desconcentración

La desconcentración, delegación de funciones que realiza el poder central, de materias específicas sobre las cuales los órganos desconcentrados son los únicos que tienen competencia, quedando de ese modo, respecto de esas materias, fuera de la jerarquía central. En la desconcentración el órgano desconcentrado funciona de acuerdo a la asignación de recursos que se definió en el poder central y actúa en su nombre. Por ello, pese a la independencia que se deriva de la naturaleza de sus atribuciones, está bajo el control del Estado.

La desconcentración es bastante frecuente en Chile, en los servicios públicos tales como el Servicio de Impuestos Internos o el Servicio de Salud. En este caso, el director regional no necesita pedirle permiso al Ministro de Salud o al presidente de la República para ejecutar ciertas campañas de vacunación en una zona determinada, ya que esa corresponde a sus atribuciones exclusivas.

Soberanía nacional

Es el poder por el cual el Estado se dota de organización política y de autonomía legal, y se plantea frente a otros Estados en un plano de independencia e igualdad. Características de la soberanía del Estado.

*Supremacía: Posee el poder supremo dentro de su territorio.

*Dominación: debe ser obedecido por todos los habitantes dentro del territorio.

*Independencia: posee los mismos atributos que cualquier otro Estado.

La supremacía con la dominación forman la soberanía interna, que la ejerce el pueblo mediante:

*Plebiscitos: se realizan para reformas constitucionales, en los casos que la Constitución establece.

*Elecciones periódicas de autoridades representativas(presidenciales, parlamentarias y municipales)

*Actividades de las autoridades: deben considerarse las representativas y aquellas cuyo origen surge de un nombramiento público.

Los derechos humanos

Son el fundamento de la República democrática.

La Constitución asume una doctrina jurídica, que se conoce como iusnaturalista. Según esta doctrina, los derechos de las personas son anteriores a la formación del Estado y superiores al poder estatal, en cuanto limitan la soberanía del Estado.

Requisitos para que los Tratados sean Ley de la República:

*Tratado solemne: que cumpla los requisitos establecidos por la Constitución.

*El tratado debe verse sobre derechos esenciales.

*El tratado haya sido ratificado por el Congreso Nacional.

*Que esté actualmente vigente en el ordenamiento jurídico nacional.

Tratados internacionales sobre derechos hum. vigentes:

*El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

*El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

*La Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El Estado de derecho, dentro de la tradición política liberal es una forma de poner límites al absolutismo, y fue sistematizado por el político y jurista alemán Robert Von Mohl.

Este concepto alude a aquel estado en que tanto los gobernantes como los

gobernados deben someterse a ciertas normas fundamentales obligatorias=

Estado de derecho liberal(siglo XIX):

*Principios: supremacía de ideas individualistas y democráticas, y del orden jurídico en la organización política del Estado.

*Ideas centrales: división de las funciones públicas o división de los poderes, La importancia de la representación popular en la elaboración de las leyes, y La función legislativa se ejerce con pleno respeto a las garantías o libertades individuales

Después se hizo otra formulación, para compatibilizar el capitalismo con el bienestar general de la población

Estado social de derecho(siglo XX):

*Incorpora las funciones estatales, la protección de los derechos económicos y sociales de la población

*Busca compatibilizar los derechos del catálogo libera con los derechos económicos y sociales

*El Estado pasa a una activa intervención en el mundo social.

*Se produce una fusión entre el ámbito público y el privado del derecho

El estado de derecho es definido por el principio de intervención de la arbitrariedad, el de responsabilidad y el de distribución del poder estatal en órganos diferenciados

Supremacía constitucional

La Constitución es la norma superior del orden político, a la que deben someterse tanto los gobernantes como los gobernados. Principios claves, que informan el conjunto

de la Constitución:

*Interpretación de las leyes con arreglo a la constitución: Si existen dos interpretaciones respecto de una ley, debe considerar como válida y aplicarse aquella que se ajuste más a la Carta Fundamental.

*Vinculación directa de la constitución: la vinculación de las personas, grupos, organismos, autoridades y poderes públicos a la Constitución.

*Conservación de la norma: Las normas se establecen en un momento determinado para resolver situaciones o necesidades específicas(en caso de actualización, debe hacerse considerando la constitución, ya que están subordinadas a ella)

*Interdicción de la arbitrariedad: Se prohíben los actos contrarios a las leyes.

Responsabilidad y legalidad:

Quien ejerce poder es responsable de ejecutar sus actos conforme al orden jurídico(al igual que los órganos del estado), si lo hace, se hace efectiva su responsabilidad administrativa, penal, civil o política y se aplican las correspondientes sanciones.

Probidad y transparencia de la función pública:

Esta norma establece el principio de transparencia que deben respetar los funcionarios del Estado, salvo en los casos que, por ley de quórum calificado se establezca la reserva o secreto en los casos explícitamente señalados por la Constitución.

Ley de transparencia: promovida por los senadores Hernán Larraín (UDI) y Jaime Gazmuri (PS), cuando ambos ejercían como presidente y vicepresidente del Senado.

Tipos de transparencia:

*Activa: En cuanto existe la obligación de los organismos estatales de hacer públicos todos sus actos y documentos.

*Pasiva: Otorgando el derecho a toda persona a solicitar información de cualquier institución pública, las que tendrán a su vez el deber de entregarla, salvo en algunos casos excepcionales conocidas como Causales de Reserva

Principio de separación de funciones:

Los órganos son cuerpos o grupos de personas, que reúnen ciertos requisitos establecidos por la ley, especializados en la realización de ciertas actividades o funciones del Estado para el logro de sus fines.

Entre los requisitos que deben reunir los órganos, establecidos por la propia Constitución en el artículo citado, se deben considerar: la investidura regular de sus integrantes; actuar dentro del ámbito de su competencia; en la forma que prescribe la ley.

El gobierno se asocia con el órgano que cumple la función ejecutiva.

Para realizar esta dirección suprema del Estado hacia el logro de sus fines, el gobierno se dota de órganos de poder, especializados en el ejercicio de las funciones estatales.

Montesquieu en el siglo XVIII, postulaba la existencia de tres poderes independientes entre sí, cada uno definido por una actividad específica: el poder ejecutivo, el legislativo y el judicial. Si bien es cierto que la función define al órgano que la realiza, también pueden existir órganos sin una función determinada, o que dos compartan una misma función.

Condena del terrorismo en cualquiera de sus formas.

El terrorismo es considerado una lacra que afecta hoy en día a la humanidad y presenta una peligrosa y latente amenaza en el mundo actual.

La norma constitucional es inédita en la historia constitucional chilena, y excepcional en el concierto internacional. Salvo por la Constitución de España de 1978, no existen precedentes constitucionales de una condena al terrorismo como lo hace la Constitución chilena, además de que ésta establece de manera amplia y rigurosa las penas y sanciones que recibirán las personas que hayan sido juzgadas y condenadas por conductas terroristas.

El terrorismo: La Constitución no lo define, pero la Ley Orgánica Constitucional 19.027

establece que se entiende por terrorismo.

1.Los delitos de homicidio, lesiones, secuestro, sustracción de menores, envío de efectos explosivos, incendio y estragos, infracciones a la salud pública.

2. Apoderarse o atentar en contra de una nave, aeronave, ferrocarril, bus u otro medio de transporte público en servicio, o realizar actos que pongan en peligro la vida, la integridad corporal o la salud de sus pasajeros o tripulantes.

3. El atentado en contra de la vida o la integridad corporal del Jefe del Estado o de otra autoridad política, judicial, militar, policial o religiosa, o de personas internacionalmente protegidas, en razón de sus cargos.

4. Colocar, lanzar o disparar bombas o artefactos explosivos o incendiarios de cualquier tipo, que afecten o puedan afectar la integridad física de personas o causar daño.

5. La asociación ilícita cuando ella tenga por objeto la comisión de delitos que deban calificarse de terroristas conforme a los números anteriores y al artí

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