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Figuras Politicas


Enviado por   •  20 de Marzo de 2015  •  1.610 Palabras (7 Páginas)  •  486 Visitas

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INTRODUCCION

En esta pequeña investigación, habla acerca de las figuras jurídicas del derecho familiar y vinculación con el derecho familiar y derecho civil, habla acerca de lo que es todos estos temas, fui buscando información de diferentes fuentes, pero me llamo la atención una fuente de información, pues fue la que mejor hablaba de ellos y la que mejor la explicaba.

Toda esta información es investigada pues yo desconocía este tema, pero ahora con esta información me quedo más claro lo que es por que trae una explicación que da un experto en este tema y pues la verdad es muy buena fuente de información para aclarar todas las dudas y ver como se relacionan estas figuras jurídicas.

Espero que esta investigación haya sido como la deseaban que entregara pues creo que esta era la información indicada, ya que había muy buenos temas para saber así como lo que se quería que investigara.

DESARROLLO

CONTENIDO DEL DERECHO DE FAMILIA. LAS RELACIONES JURÍDICAS FAMILIARES. LA DISTINCIÓN ENTRE “DERECHO DE FAMILIA PURO” Y DERECHO DE FAMILIA APLICADO A LOS BIENES

El Derecho de Familia es aquella parte del Derecho Privado que regula las relaciones que mantienen entre si los miembros de la familia. Otra definición sería: el Derecho de Familia es aquella parte del Derecho que regula las relaciones jurídicas familiares. Hemos visto aspectos sociológicos y ahora entramos en el ámbito jurídico propiamente dicho: Debemos primeramente matizar; todo lo que regula el Derecho de Familia no es familia, ni el Derecho va a regular todos los conflictos que surjan en el seno de la familia, porque la familia se mueve por normas que no son exclusivamente jurídicas, si no morales, éticas, de convivencia humana. El Código Civil, regulan el matrimonio, el art. 68 del Código Civil, establece los deberes de los cónyuges (guardarse fidelidad) pero el Código Civil, no regula la infidelidad no hay indemnización ni responsabilidad civil, aunque pueda ser causa de separación, hay dos tipos de normas:

• Las de organización de las relaciones familiares básicas

• Las que resuelven los conflictos de intereses que se puedan plantear en el seno de esas relaciones.

No son normas del Derecho de Familia aquellas normas que aunque tienen en cuenta el fenómeno familiar objetivamente debe entenderse que forman parte de otras disciplinas (unas de Derecho Laboral o Tributario, que protegen a la familia o la tienen en cuenta)

CONTENIDO DEL DERECHO DE FAMILIA

Las relaciones jurídico familiares están integradas por cuatro tipos de relaciones:

• Las relaciones conyugales (también las que existen entre los convivientes, según la doctrina). El Código Civil contempla estas relaciones entre personas casadas

• Las relaciones de filiación

• Las relaciones de parentesco (familia nuclear con otros parientes)

• Las relaciones tutelares de protección a los menores e incapacitados. Se estudiará en el Derecho de Familia para que estos menores e incapacitados se integren en un núcleo parecido a la familia.

El Derecho de Familia se divide en tres partes:

• Tratado del matrimonio, institución, presupuestos, requisitos, situaciones de crisis, régimen económico patrimonial

• Tratado de la filiación (filiación matrimonial, extramatrimonial, adoptiva). Existe otra: La reproducción asistida relacionada con la patria potestad.

• Instituciones tutelares (creadas para la protección de los menores abandonados o sin familia y los incapacitados) guarda de hecho, tutela, curatela…

CARACTERISTICAS DEL DERECHO DE FAMILIA

• Las relaciones de familia se caracterizan por el contenido ético de sus instituciones:

El profesor; RUGGIERO, dice que es una institución natural que se regula por normas de carácter ético o moral que trascienden a lo jurídico y esto hace que principios éticos se conviertan en principios jurídicos (en deberes jurídicos)

Este carácter ético se traduce en que muchas normas no tienen sanción o ésta se atenúe.

• En Derecho de familia hay una subordinación del interés personal al interés del grupo familiar

Según el profesor LA CRUZ, existe un “transpersonal ismo“ (es decir, va más allá del individuo) Ejemplo: En Derecho de Obligaciones se protege el interés del acreedor (y el del deudor) en definitiva del individuo. En derecho de la Propiedad se protege al propietario, al arrendatario…

• Hay una limitación de la autonomía de la voluntad, que está sumamente restringida, a diferencia de otras ramas del Derecho (art.1.255 del Código Civil) Normas imperativas.

Según el profesor DIEZ PICAZO, los negocios jurídicos de familia están tipificados.

• Se excluye los apoderamientos y representaciones directas, no se admite representante para casarse, para adoptar,…

• En Derecho de Familia predominan las formas solemnes cumpliendo requisitos, no se admiten ni los términos ni las condiciones

• Se exigen determinados requisitos esenciales para la validez de sus instituciones.

• Los negocios jurídico familiares están siempre tipificados por el Ordenamiento jurídico, y se excluyen los negocios atípicos. La regla general es que; hay excepciones reconocidas por la Jurisprudencia como por ejemplo las “parejas de hecho”.

• Hay una fusión de lo que se consideran derechos y deberes de los individuos que forman la familia, los derechos se conceden a los individuos para el cumplimiento de los deberes que

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