GOBIERNO LOCAL EN DISTINTAS PARTES DEL MUNDO
NicolAlejandra22Informe24 de Noviembre de 2016
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GOBIERNO LOCAL EN DISTINTAS PARTES DEL MUNDO
El municipio
El municipio es una de las instituciones políticas más antigua de la Humanidad, por lo que sus orígenes está en la historia de las grandes civilizaciones que generaron un elevado sentido de la concentración del poder político.
La evolución histórica del municipio nos permite entender porqué el hombre es social, segundo porqué el hombre se une y crea una ciudad, tercero cómo esta ciudad conformado por un conjunto de familias – individuos se transforma en municipio, y; esté como cuarto lugar, se configura en la célula principal que crea una nación.
La idea del municipio como comunidad natural surge en Roma, en virtud del creciente número de comunidades sometidas al régimen de ciudad y con una relación específica con el Estado. Administrativamente, el municipio resolvía las necesidades colectivas y políticamente atendía las relaciones de su comunidad con la entidad estatal. En la Edad Media, el municipio español con fuertes raíces romano−germánicas, adquiere relevancia gracias al auxilio que presta a los reyes en su lucha contra la nobleza.
La doctrina española caracterizó al municipio como una comunidad natural que el derecho y el Estado deben reconocer, ya que en orden y tiempo, es anterior al Estado. El municipio como organismo descentralizado por región, se formula a partir de la idea de la descentralización administrativa, cuya finalidad es el manejo de los intereses colectivos de una población radicada en una circunscripción territorial, para posibilitar la gestión eficaz de los servicios públicos.
También implica una descentralización política, que organiza una entidad autónoma hasta cierto límite y en atención a ciertas necesidades, bajo un régimen jurídico especial que comprende: un núcleo de población agrupado en familias, una porción determinada del territorio nacional, y también, determinadas necesidades colectivas relacionadas con el gobierno de la ciudad y con exclusión de lo que corresponde a otros entes. El municipio como ente autárquico territorial se entiende a partir de las propias características de los entes autárquicos, éstas son: personalidad jurídica de Derecho Público, creación por ley, finalidad a perseguir, y existencia de un vínculo de dependencia o relación jerárquica con un poder central.
El municipio como nivel de gobierno, se entiende como el nivel primario de la organización estatal. Existen tantos ámbitos de gobierno como esferas de competencia son previstas, por el orden jurídico.
Gobierno Local en Alemania Federal
Es un Estado Federal, democrático y parlamentario que se Gobierna bajo una Ley Fundamental (Grundgesetz, 23 de mayo de 1949) en donde el poder ha estado descentralizado, calificando al País como un Estado Federal democrático fundamentado en la justicia social, garantizando a los partidos políticos más oportunidades para obtener responsabilidades de gobierno y para mostrar conceptos políticos alternativos en un nivel inferior al de la federación, enfatiza la identidad regional junto a sus particularidades.
Alemania se divide en 16 estados Federales (Länder) estos son Baden-Württenberg, Bayern, Berlin, Brandenburg, Bremen, Hamburg, Hesse, Nordrhein-Westgalen, Mecklenburg-Vorpommern, Niedersachsen, Rheinland-Pflaz, Saarland, Sachsen, Sachsen-Anhalt, Schleswig-Holstein, Thüringen. Todos los estados (Länder) tienen el mismo estatus, aunque tienen diferentes posiciones debido a que su influencia en la legislación de la federación depende del número total de votos en el Consejo Federal (Senado). Cada estado tiene una asamblea electa elegida por sufragio, que elige a un ministro presidente o un primer alcalde. La distribución varía desde los tres votos de las ciudades-estado con 3 votos hasta los estados como Nordrhein-Westfalen con 6 votos.
La Constitución Federal reconoce la autonomía municipal (kommunale Selbstverwaltungsautonomie –aurt. 28 IIGG).
También reconoce la autonomía de las asociaciones de comunidades locales, sólo si la ley les garantiza este derecho.
Los términos utilizados son "propia responsabilidad" y "autogobierno" ( art. 28 II GG).
Este reconocimiento es un principio estructural de la organización estatal, una garantía de su autogobierno como institución y un derecho propio de la comunidad municipal.
Los representantes de las comunidades locales y de los condados son elegidos democráticamente por el pueblo de la comunidad o del condado (art. 28 I 2 GG). Los representantes de otras comunidades locales normalmente no son elegidos, sino enviados por la comunidad o elegidos por el gobierno municipal u otro gobierno local.
Los gobiernos municipales y los gobiernos de los condados tienen potestad normativa y potestad reglamentaria de acuerdo con la ley. En principio, otras asociaciones de gobiernos locales únicamente tienen potestad normativa si los gobiernos locales les transfieren sus potestades normativas. Sólo las municipalidades reciben el poder normativo directamente de la Constitución (art. 28 II GG).
Otras competencias (powers) generales de las municipalidades son (en principio) territoriales, financieras, sobre impuestos, sobre personal y soberanía presupuestaria. Las asociaciones de gobiernos locales no tienen competencia universal sino únicamente las competencias otorgadas.
Evolución histórica como se desarrolló el Municipio
Polis Griega
Su Origen, el nacimiento y posterior desarrollo de las polis griegas se consideran un acontecimiento fundamental para la conformación de la organización político-social occidental y para la conformación de la noción de Estado.
Al hablar de Polis da a entender ciudad autónoma y soberana, cuyo cuadro institucional está caracterizado por una magistratura y una asamblea de ciudadanos. Contribuyó a la configuración geográfica de Grecia, que sin duda favorecía la formación de pequeños estados.
Las distintas polis griegas estuvieron ligadas desde la época más antigua por vínculos de carácter sagrado o religiosos, en el sentido de que los grupos de poleis se reunían alrededor de un célebre santuario. Estas ligas sagradas jamás lograron generar las condiciones para una unificación política de la Helade (Grecia).
Se crearon tipos de Polis griegas
La Polis Oligárquica: Nace en el Siglo VIII A.C, a partir de la difusión del comercio marítimo el cual tuvo como resultado, la formación de una rica burguesía ciudadana la cual comenzó a influir en los gobiernos de sus ciudades- Estado.
Esta era menor en el peso político y jurídico, de la asamblea de los ciudadanos, mientras que el consejo y los magistrados tenían mayores poderes.
La Polis Democrática: Surge a partir de las demandas de participación y reconocimiento político y de participación que amplios sectores de los ciudadanos que exigían a los magistrados (comerciantes), llevando a un régimen democrático.
Los Gobiernos locales en la República e Imperio Romano
Municipio como la expresión eminentemente popular en la administración local se dio en la época de la Republica y del imperio Romano.
La palabra Municipio es también un concepto de significación romana. Como Municipium se designaba a ciertas ciudades de Italia conquistadas por Roma, lo cual determinaba su status de comunidad política subordinada al Imperio. Estas ciudades de Italia recibieron el carácter de cives municeps (ciudadano del municipio) el derecho a la ciudadanía romana.
Los gobiernos locales en el contexto del poder Romano, representan la relación política de subordinación de las ciudades en relación con un Poder dominador imperium.
La idea central del Municipio Romano es la autonomía sin independencia política, en el sentido de poder regir los propios intereses locales, a diferencia del Poder de Roma, que ejercía otros derechos propios.
La mayor característica de los gobiernos locales romanos, era que poseían o bien una autonomía local completa, o bien un amplio autogobierno. La fuerza del poder romano aumentó gracias a la amplitud dejada a la libertad local; que se apoyaba en un sistema de autogobierno cívico y que decayó cuando el despotismo domina las estructuras municipales.
Un hito fundamental para la historia de los municipios es la reordenación de los pueblos itálicos en la llamada Lex Julia Municipalis, ley dictada por Cesar el año 45 A.C. Esta ley reglamentaba el funcionamiento de la policía de Roma y el estatuto municipal de las ciudades equipadas jurídicamente al Imperio. Esta ley estableció además que cada Municipio se estructurara en torno a un Consejo (curia, comicios y magistrados).
Los caracteres específicos del Municipio romano fueron:
- Un territorio determinado propio.
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