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Historia De La Instrucción Premilitar


Enviado por   •  25 de Octubre de 2012  •  1.389 Palabras (6 Páginas)  •  1.669 Visitas

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Historia de la Instrucción Premilitar

La Instrucción Premilitar nace en 1811, como expresión nacionalista del pensamiento de EL LIBERTADOR y por la necesidad de fortalecer en los jóvenes estudiantes la Moral Pública, para que se ocupen seriamente en el servicio y las fatigas de las armas (Gaceta Oficial Nº 369 del 13 de Septiembre de 1811).

El Programa de Instrucción Premilitar comenzó a impartirse en el año electivo 1982-1983, de conformidad con la Resolución Nº 3, de fecha 8 de Enero de 1982, emitida por el Ministerio de Educación, en concordancia con la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar. Por la Resolución Nº 210, del 10 de Agosto de 1983, se extiende el Programa a (08) ocho Entidades Federales, atendiéndose a 136 planteles de Educación Media, Diversificada y Profesional. El resto de los Estados del país se incorporaron en el año electivo 1984-1985, llegando a extenderse a 166 planteles.

En el Estado Lara se imparte desde el año escolar 1983-1984 en el marco de la segunda fase de implementación a nivel nacional de esta asignatura, donde las Instituciones Educativas Públicas se ponen a la vanguardia del Programa e inician sus actividades de formación y capacitación del personal y alumnos. En los años escolares sucesivos, paulatinamente se fue extendiendo su alcance a todas las Unidades Educativas de esta Entidad Federal, donde se realiza los primeros Desfiles Conmemorativos de las Fechas Patrias y Efemérides con la asistencia de los alumnos que inicialmente comenzaron a participar en la Instrucción Premilitar

Definitivamente, es el período 2001-2002 donde la Instrucción Premilitar se dicta en todos los Planteles Públicos y Privados de Media, Diversificada, Profesional y la Educación de Adultos, a Nivel Nacional.

La Instrucción Premilitar, como una Política de Seguridad y Defensa, es una asignatura obligatoria mediante la cual, el estudiante recibe una educación plena, para convivir en una sociedad democrática, justa y libre, donde se fortalezca la importancia de los problemas inherentes a la Soberanía e Integridad Territorial de la República, con sentimiento de cooperación para el engrandecimiento de la Patria en su vida moral, económica y material.

Decreto del Congreso de Venezuela sobre el Servicio militar de los estudiantes. (Gaceta de Caracas, N° 369, del viernes 13 de septiembre de 1811.

El texto en referencia, dice: "El Supremo Congreso de Venezuela, considerado que la ilustración y el fomento de las ciencias es no menos necesaria que la fuerza armada para la conservación y felicidad del Estado, y que son ya muy considerables los prejuicios de aquellas y la moral pública se resienten con que la juventud estudiosa se ocupe tan seriamente en el objetivo y fatiga de las armas", dicta el siguiente reglamento:

Que todos los escolares que cursan en los generales y escuelas públicas de la capital y demás de la confederación sean relevados del servicio de guardias, patrullas y demás fatigas en que se hallan ocupados actualmente, y sólo en los casos urgentísimos de invasión e podrán en lo sucesivo sobre las armas.

-Que los Comandantes de los batallones y demás cuerpos militares que hay en esta ciudad no admitan en ellos a ningún estuante aunque se presente voluntariamente, a menos que exhiba por escrito la licencia y el consentimiento de sus padres.

-Que se fomenten tantas compañías, cuantas permitan el número de estudiantes hábiles por su contextura y edad, que será de catorce años para arriba.

-Que los oficiales, sargentos y cabos se nombren de los mismos estudiantes, prefiriéndose a los doctores y maestros que actualmente estuvieren cursando.

-Que no permita al cuerpo ni a ningún individuo el uso de uniforme particular ni otra distinción fastuosa, sino una sencilla divisa.

-Que todos los estudiantes se instruyan en el ejercicio y manejo e las armas los domingos por la tarde en los patios del Colegio.

-Que para esta instrucción se destine un oficial de probidad y experiencia militar. Comuníquese al Supremo Poder Ejecutivo para que disponga su ejecución y cumplimiento de modo que continué más oportuno. Dado en el Palacio Federal de Caracas a 5 de septiembre de 1811.

RESOLUCIÓN CONJUNTA DEL MINISTERIO DE LA DEFENSA N° 1856 Y DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN N° 134, DEL 15 DE JUNIO DE 1999.REPÚBLICA DE VENEZUELA MINISTERIO DE LA DEFENSA

DIRECCIÓN GENERAL NÚMERO 1.856 MINISTERIO DE EDUCACIÓN DESPACHO DEL MINISTRO NÚMERO 134 CARACAS, 15 DE JUNIO DE 1.999 189 Y 140

De conformidad con el artículo 27 y 29 Ordinal 1 de la

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