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Historia Del Derecho Burocratico


Enviado por   •  29 de Julio de 2011  •  4.538 Palabras (19 Páginas)  •  2.259 Visitas

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INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS SINDICALES Y DE ADMINISTRACION PÚBLICA DE LA FSTSE

TRABAJO: ENSAYO DE DERECHO DE SEGURIDAD SOCIAL

TEMA: MARCO DELA SEGURIDAD SOCIAL EN MEXICO

MAESTRA: ADDA LIZBETH ÁVILA PÉREZ

ALUMNO: MARÍA ESTELA PACHECO KU

SEPTIMO CUATRIMESTRE

San Francisco de Campeche, Camp. Junio 19 de 2011.

INTRODUCCIÓN

Este tema trata mas que nada de la Ley del Seguro Social en México, el derecho que tiene cada trabajador o toda persona que paga un servicio de prestaciones de Seguridad Social dentro de las diversas instituciones como son: el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), la Secretaría de Salud, Petróleos Mexicanos (Pemex), la Secretaría de Marina y la Secretaría de la Defensa Nacional, entre otros.

Nuestra preciosa Carta Magna establece la Seguridad Social dentro de su artículo 123, en el que es claro al establecer que toda persona tiene derecho a un trabajo digno, sobre el contrato, la jornada laboral, el derecho que tiene un trabajador de asociarse a un sindicato, muy a pesar de todo esto muchos de nosotros los que trabajamos no sabemos a lo que tenemos Derecho, es importante dejarnos en claro que debemos conocer, a que tenemos derecho, esto es el punto clave de este tema.

TEMA

MARCO JURÍDICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN MÉXICO

Ley del Seguro Social

En el mes de agosto de 1942 sale el anteproyecto de Ley del Seguro Social, que fue calificado por la Organización Internacional del Trabajo como sólidamente elaborado y técnicamente fundado, y más adelante, en septiembre del mismo año, la Primera Conferencia Interamericana de Seguridad Social, reunida en Chile, lo consideró como científicamente elaborado y muy avanzado.

En el mes de diciembre del año de 1942, el presidente de la República, Manuel Ávila Camacho, envió al Congreso de la Unión una iniciativa de Ley del Seguro Social, que fue discutida y aprobada finales del mismo mes y año, habiendo sido publicado el decreto respectivo en el Diario Oficial de la Federación de fecha 19 de enero de 1943; la implantación el D.F. fue el 1ro de enero de 1944.

La ley del Seguro Social vigente, publicada en el Diario Oficial de la Federación mediante decreto de fecha 21 de diciembre de 1995 es el marco legislativo bajo el que rige sus operaciones el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Actualmente, la Ley señala que la seguridad social tiene como finalidades:

• La asistencia médica.

• La protección de los medios de subsistencia.

• Los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo.

• El otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado.

A efecto de cumplir con tal propósito, el Seguro Social comprende dos tipos de régimen:

• El régimen obligatorio:

Es aquel que se financia con contribuciones provenientes de los patrones, el Estado y los propios trabajadores. Cuenta con cinco tipos de seguro: enfermedades y maternidad; riesgos de trabajo; invalidez y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; Guarderías y prestaciones sociales. Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio: los trabajadores, los miembros de sociedades cooperativas de producción y las personas que determine el Ejecutivo Federal mediante el Decreto respectivo, tal es el caso del los Estudiantes, amparados bajo el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 1998.

• El régimen voluntario:

De forma voluntaria y mediante convenio con el Instituto, podrán ser sujetos de aseguramiento en este régimen, los trabajadores en industrias familiares y los independientes como profesionales, pequeños comerciantes, artesanos y demás trabajadores no asalariados, los trabajadores domésticos, los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios; así mismo, los patrones (personas físicas) con trabajadores asegurados a su servicio y los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades federativas y municipios que estén excluidos o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social.

El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.

Se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos: Los instrumentos de trabajo tales como herramientas, ropa; el ahorro, cuando se integre por un depósito de cantidad semanaria, quincenal o mensual igual del trabajador y de la empresa; las aportaciones adicionales que el patrón convenga otorgar; las aportaciones de INFONAVIT; la alimentación y la habitación cuando se entreguen en forma onerosa; las despensas en especie o en dinero, siempre y cuando su importe no rebase el cuarenta por ciento del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal; los premios por asistencia y puntualidad; Y el tiempo extraordinario dentro de los márgenes señalados en la Ley Federal del Trabajo.

Para que los conceptos mencionados en este precepto se excluyan como integrantes del salario base de cotización, deberán estar debidamente registrados en la contabilidad del patrón.

Ley de los sistemas de ahorro para el retiro.

En 1925 se expidió la Ley de Pensiones Civiles y de Retiro. En 1947 se reforma dicha Ley y como seguían existiendo cierto tipo de inconformidades por parte del gremio burocrático del país, es por tal motivo que en 1960 surge una nueva Ley y con ella el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, ISSSTE.

Seguros

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