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Historia Del Derecho Penal

ABONITA26 de Abril de 2013

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HISTORIA DEL DERECHO PROCESAL PENAL MEXICANO

Antecedentes históricos del procedimiento y el proceso penal en México y Michoacán.

Origen y evolución del derecho penal en el México precolombino.

A la llegada de los españoles a nuestro país, mucha información y vestigios de nuestras culturas indígenas que conformaban a lo largo y ancho lo que hoy conocemos como México, fue destruida, quemada, de ahí que sea poca la información que se tiene con relación a nuestro sistema jurídico anterior al yugo español.

Muy numerosos fueron los pueblos indígenas que se establecieron en nuestro actual territorio; algunos de ellos supieron conservar un estilo propio y ofrecer innumerables muestras de la cultura que desarrollaron; otros, se mantuvieron dentro de las formas de vida más rudimentarias. No obstante ello, podemos realizar un recorrido histórico en esta fase del México precortesiano, con tales limitaciones que también se trasladan a la forma de organización social de todas y cada una de las culturas del México prehispánico, pues en esta fase histórica nuestro país conformaba una mosaico de grupos aborígenes, como los mayas, aztecas, zapotecas y los tarascos en nuestro Estado de Michoacán, por citar algunos, con características muy propias, y que desarrollaron sus costumbres y lengua, sin constituir una unidad, o mejor dicho una nación, sino una pluralidad de pequeñas naciones, ya que su régimen institucional no sólo es el de una sociedad política organizada, sino de un verdadero Estado, en el que los tres elementos que lo integran: pueblo, territorio y gobierno se encuentran presentes.

Las últimas conclusiones a que han llegado los investigadores indigenistas en los estudios que sobre estas culturas han venido realizando, nos permiten afirmar que, en su grado de desarrollo, llegaron ellas a superar a muchas de las antiguas civilizaciones orientales, acercándose, más de lo que pueda suponerse, a la de los pueblos que representaron el más alto estado de adelanto del mundo antiguo: el griego y el romano.

Por lo que dicho estudio – el México precortesiano - y aunado a lo antes citado ha de ser resumido por lo complejo que resulta su estudio a tres de estas grandes culturas nacionales como: la maya, los aztecas y los purépechas o tarascos en nuestra entidad federativa.

a) El Pueblo Maya.

Entre los mayas, las leyes penales, al igual que entre los otros reinos y señoríos, se caracterizaban por su severidad. Los batas o caciques tenían a su cargo la función de juzgar y aplicaban como penas principales la muerte y la esclavitud; la primera se reservaba para los adúlteros, homicidas, incendiarios, raptores y corruptores de doncellas; la segunda para los ladrones. Si el autor del robo era un señor principal, se labraba el rostro, desde la barba hasta la frente.

Dice Chavero, citado por Fernando Castellanos en su obra Lineamientos Elementales de Derecho Penal que: el pueblo Maya no usó como pena ni la prisión ni los azotes, pero a los condenados a muerte y a los esclavos fugitivos se les encerraba en jaulas de madera que servían de cárceles. Las sentencias penales eran inapelables.

b) El Derecho Penal en el Pueblo Tarasco

Resulta importante hacer un recorrido histórico acerca de las ideas penales de los tarascos, pues es a la vez indispensable por la naturaleza de esta investigación ya de que de este estudio conocemos los antecedentes de las ideas penales de nuestro Estado de Michoacán, así como algunos rasgos de esta gran cultura purépecha.

Se tiene noticia cierta de la crueldad de la penas. El adulterio habido con alguna mujer del soberano o Calzontzi se castigaba no sólo con la muerte del adúltero, sino trascendía a toda su familia; los bienes del culpable eran confiscados. Cuando un familiar del monarca llevaba una vida escandalosa, se le mataba en unión de su servidumbre y se le confiscaban los bienes. Al forzador de mujeres le rompían la boca hasta las orejas, empalándolo después hasta hacerlo morir. El hechicero era arrastrado vivo o se le lapidaba. A quien robaba por primera vez, generalmente se le perdonaba, pero si reincidía, se le hacía despeñar, dejando que su cuerpo fuese comido por las aves.

c) El Derecho Penal Entre Los Aztecas.

El pueblo Azteca, fue sin lugar a dudas de las culturas nacionales que mayor desarrollo y auge presentó a la llegada de los españoles, un pueblo eminentemente guerrero, que dominó a la gran parte de núcleos aborígenes e impulso o influenció las prácticas jurídicas de todos aquellos núcleos que conservaban su independencia a la llegada de los españoles, y representan un pueblo ejemplar.

El derecho penal azteca revela excesiva severidad, principalmente con relación a los delitos considerados como capaces de hacer peligrar a estabilidad del Gobierno o la persona misma del soberano; las penas crueles se aplicaron también a otros tipos de infracciones. Ha quedado perfectamente demostrado que los aztecas conocieron la distinción entre delitos dolosos y culposos, las circunstancias atenuantes y agravantes de la penahg, las excluyentes de responsabilidad, la acumulación de sanciones, la reincidencia, el indulto y la amnistía.

Las penas eran las siguientes: destierro, penas infamantes, pérdida de la nobleza, suspensión y destitución de empleo, esclavitud, arresto, prisión, demolición de la casa del infractor, corporal, pecuniaria y la de muerte que se prodigaba demasiado. Esta última se aplicaba principalmente en las siguientes formas: incineración en vida, decapitación, estrangulación, descuartizamiento, empalamiento, lapidación, garrote y machucamiento de la cabeza.

Según el investigador Carlos H. Alba, citado por Fernando Castellanos en su obra Lineamientos Elementales de Derecho penal, refiere que: los delitos en el pueblo azteca pueden clasificarse en la siguiente forma: contra la seguridad del Imperio; contra la moral pública; contra el orden de las familias; cometidos por funcionarios; cometidos en estado de guerra; contra la libertad y seguridad de las personas; usurpación de funciones y uso indebido de insignias; contra la vida e integridad corporal de las personas; sexuales y contra las personas en su patrimonio.

Estas tres grandes culturas en cuanto a su concepción de las ideas penales, muestran que el Derecho penal en esta fase, es más que un instrumento de represión social, autoritario, con penas severas e inhumanas, como la pena de muerte, incluso la esclavitud, los castigos corporales, el destierro, derecho punitivo no respetuoso de los derechos fundamentales del hombre, caracteriza propia que corresponde a la fase del Derecho Penal Público, en la evolución de las ideas penales.

Origen y Evolución del Derecho Penal en México Colonial.

Con la conquista española a nuestro país, surge una de las etapas más injustas, crueles y arbitrarias para la historia de México; esto atento a lo que representó tal conquista, dando con ello a una fusión entre dos culturas totalmente distintas, el pueblo Español – Europa - y los diversos grupos aborígenes –América-, consecuentemente, dos sistemas jurídicos diversos e imposibles de unión por diferencias antagónicas que van desde el aspecto geográfico, cultural, económico, social, político, lenguaje, religioso, y más aún con distinto grado de evolución, empero dará origen a la formación misma del pueblo mexicano.

Ellas representan la etapa medieval de nuestro pueblo, que bajo la denominación de Nueva España, se inicia con ese “violento choque de dos mundos totalmente distintos de cuya dramática unión México y los mexicanos descienden”.

Por ello resulta lógico que no influyera el Derecho Precortesiano a la colonia, por lo que de entrada el derecho que habrá de aplicarse a la colonia española será la legislación Española, empero, es en esta etapa en donde nuestro país pasa a formar parte integrante de la tradición legal romano germánica con las características propias de tal familia jurídica por la injerencia y aplicación de la legislación española.

En la colonia tuvieron vigencia tantos ordenamientos generales para España, como algunos dictados para los dominios ultramarinos. A esto se llama el Derecho Indiano, cuyo cuerpo fundamental es la recopilación de las leyes de los reinos de las indias, iniciada bajo Felipe II, en 1570, y concluida bajo Carlos II en 1680. Hubo numerosos fueros, en el doble sentido de estatutos y jurisdicciones.

Origen y Evolución del Derecho Penal en México Independiente

Son varios los factores que motivaron la independencia de nuestro país respecto del yugo español por más de tres siglos, y de los que podemos citar algunos de ellos de gran trascendencia.

El origen de la propiedad privada en Nueva España parece encontrarse pues en esta donación espléndida, de Hernán Cortés, y en la serie de mercedes que le sucedieron. El premio a los servicios que los conquistadores prestaron a la corona Española, consistió en las numerosas regalías que vinieron a dar fundamento legal a los repartos de tierras que de hecho Cortés ya había realizado entre sus hombres; así se formaron los grandes latifundios novohispanos, disponiéndose, aún, de las tierras de los pueblos de indios, se instituyeron también, las tristemente célebres encomiendas, por las cuales, como su nombre lo indica, se encomendaban a los españoles, indios destinados a tributarles y servirles, bajo el pretexto del buen tratamiento de sus personas y de recibir la fe cristiana.

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