Historia Sobre El Salario
ferflo1806 de Diciembre de 2014
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Índice
Prefacio………………………………………………………..…………………….. 3
Historia del salario………………………………………………………………… 4
Como se calcula el salario en México ………………………………………… 6
El poder adquisitivo ……………………………………………………………… 10
Tabla comparativa del salario mínimo en México ………………………….. 13
Conclusión……….………………………………………………………………… 14
Prefacio
El salario es la base de una relación de trabajo entre patrón y empleado, desde la antigüedad a existido este no como lo conocemos en la actualidad pues en un inicio se realizaba por medio del trueque o intercambio, pero siempre se tiene una contraprestación por el trabajo realizado.
Historia del salario
Primeramente definamos que es el salario:
Salario deriva del latín salarium, que significa pago de sal o por sal. Esto viene del antiguo imperio romanosoldados con sal, la cual valía su peso en oro donde muchas veces se hacían pagos a los trabajadores con sal.
Desde un esclavo que propiamente no percibía un salario como tal, mas sin embargo la manutención que recibía en forma de comida se podría considerar como un salario.
A mediados del siglo XVII en Inglaterra apareció la servidumbre, que se diferenciaba de los esclavos a que estos no pertenecían al señor feudal pero a cambio de sus servicios recibía ciertos beneficios que le permitían sobrevivir a la época.
No es solo hasta el siglo XIX cuando la Revolución Industrial dio las bases a lo que se conoce como un salario más en forma a como lo conocemos en la actualidad, Los salarios son tan antiguos como el trabajo humano. el pago se hacía en especie, En la Edad Antigua asignaban una unidad de trigo por pago de jornada laboral. En Egipto trabajan en la construcción de las tumbas a cambio de pan, aceite, tejidos y trigo,
Como podemos ver desde que el hombre a utilizado al mismo hombre para poder realizar un trabajo, se recibe una contraprestación propiamente, esto es el origen del salario.
En México también se tiene su historia del salario Durante la primera mitad del Siglo XX, y producto de la Revolución Mexicana, los trabajadores tuvieron entre sus conquistas la de incorporar en su constitución nacional un salario mínimo, con la finalidad de evitar que éste cayera por debajo del mínimo necesario para satisfacer sus necesidades y las de su familia. Durante el Porfiriato (1877-1911), si bien se había dado un crecimiento económico importante, la desigualdad e inequidad social fueron muy profundas. La economía se encontraba controlada y monopolizada en pocos grupos económicos, y una gran parte de la población sufría carencias en términos de mínimos de alimentación, salud, educación, vestido, etc. Las condiciones de vida de los trabajadores y de aquellos grupos de población subyugados y no libres empeoraban de manera cotidiana, en contraste con la gran concentración de riqueza en pocos grupos económicos familiares que se asentaban en las nacientes ciudades, y con grandes propiedades en las áreas rurales que funcionaban como haciendas con fines de exportación.
La revuelta social iniciada en 1910, tuvo entre sus resultados la liberalización de la fuerza de trabajo de las haciendas para fines de industrialización del país, así como el establecimiento de otras condiciones laborales, en las que los mínimos de bienestar y reproducción de la fuerza laboral fueran garantizados.
La promulgación de la Constitución Mexicana en 1917 como una legislación de vanguardia a nivel mundial, en un país cuya formación económico-social estaba dominada por el capitalismo, tenía como objetivo el establecimiento de un techo mínimo que evitara regresar a la época del Porfiriato, en la cual los salarios caían por debajo del mínimo necesario para satisfacer las necesidades de los trabajadores y sus familias. Con ello, también se garantizaba que México pudiera entrar en una etapa de industrialización, en la que, con mayores salarios, la fuerza de trabajo pudiera ser más productiva.
Como se calcula el salario en México
La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) es un organismo público descentralizado creado mediante la reforma a la Fracción VI del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de noviembre de 1962, así como las correspondientes reformas y adiciones a la Ley Federal del Trabajo publicadas en el mismo Diario el 31 de diciembre de ese mismo año.
Tiene como objetivo fundamental cumplir con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Federal del Trabajo, en el que se le encomienda que, en su carácter de órgano tripartito, lleve a cabo la fijación de los salarios mínimos legales, procurando asegurar la congruencia entre lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con las condiciones económicas y sociales del país, propiciando la equidad y la justicia entre los factores de la producción, en un contexto de respeto a la dignidad del trabajador y su familia.
Como lo explica en la página oficial de esta dependencia
“La figura del salario mínimo se establece con la promulgación de la Constitución General de la República publicada en el Diario Oficial de la Federación del 5 de febrero de 1917, específicamente en el artículo 123, fracción VI bajo el principio de que el salario mínimo deberá ser suficiente “…para satisfacer las necesidades normales de la vida del obrero, su educación y sus placeres honestos, considerándolo como jefe de familia…”. Se determina, asimismo, en la fracción VIII, que el salario mínimo no podrá ser objeto de embargo, compensación o descuento alguno.
Por cuanto a los mecanismos para su fijación, el Constituyente de 1917 dispuso, en la fracción IX del propio artículo 123, que ésta se haría por comisiones especiales que se formarían en cada municipio, subordinadas a la Junta Central de Conciliación que debería instalarse en cada estado.
Entre 1917 y 1931, año éste último en que entró en vigor la primera Ley Federal del Trabajo, el sistema de comisiones especiales previsto por el Constituyente funcionó de manera precaria y anárquica, ya que la expedición de leyes de trabajo locales por cada estado de la federación, dentro del marco establecido por la Constitución, se desarrolló con múltiples limitaciones, dando lugar, en 1929, a las reformas constitucionales en las que se sustentaría la nueva legislación laboral federal.
No obstante, la propia Ley Federal del Trabajo expedida en 1931 y las reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 1933, reforzarían la idea de un sistema de fijación de los salarios mínimos constituido por comisiones especiales integradas en cada municipio.
Aun cuando la federalización de la legislación laboral coadyuvó, en general, al gradual mejoramiento del cumplimiento de las normas laborales, también pudieron apreciarse múltiples deficiencias en el sistema de fijación de los salarios mínimos, derivadas principalmente de que la división municipal, producto de diversos fenómenos históricos y accidentes geográficos, no guardaba relación alguna con las características del desarrollo económico regional ni con otros fenómenos económicos de alcance nacional, por lo que no podía servir de fundamento para la determinación de los salarios mínimos en condiciones adecuadas.
Surge así la necesidad, al iniciarse la década de los sesenta, de revisar el sistema y darle una estructura más acorde con la realidad nacional. Así se decide que la fijación de los salarios mínimos debería de hacerse por zonas económicas y no por municipios y se encarga ese procedimiento a dos instancias capaces de armonizar el conocimiento general de las condiciones sociales y económicas de la República.
En 1963, se crearon una Comisión Nacional y 111 Comisiones Regionales de los Salarios Mínimos, resultado de las reformas a la fracción VI del artículo 123 Constitucional y las correspondientes de la Ley Federal del Trabajo en materia de salarios mínimos, cuyo propósito fundamental fue el de procurar un más amplio y efectivo cumplimiento de los preceptos constitucionales en la materia. De esta manera, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos se constituyó en el eje central de un mecanismo sui generis, en el que los salarios mínimos eran fijados por Comisiones Regionales que sometían sus determinaciones a la consideración de la Comisión Nacional, que podía aprobarlas o modificarlas, por su forma de organización y por la modalidad eminentemente participativa que revestía su estructura y sus actividades.
El sistema constituyó un mecanismo efectivo para facilitar el conocimiento,
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