JUSTIANO Y SUS INSTITUCIONES
SAELMA22 de Octubre de 2011
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INTRODUCCION
El presente trabajo tiene como finalidad exponer de manera breve, pero sustancial los elementos característicos de la obra realizada por Justiniano: El Corpus Iuris, revisada a partir de la forma de su integración, lo cual deja de lado el análisis de otros aspectos, aunque relevantes, pero que no son objeto de esta investigación. De esta forma, se establece como hipótesis de trabajo la vinculación que existe en el método utilizado por el Emperador Justiniano y su equipo de colaboradores por un lado y la conducción del derecho romano a un status de petrificado, por así llamarlo. Para cumplir con este objetivo, el trabajo se divide en dos partes; en la primera se analizan los antecedentes histórico-jurídicos que dieron paso a la obra compilatoria; aspectos biográficos del autor y su importancia.
En la Segunda parte, se parte del estudio del estado que guardaba el derecho romano; los antecedentes o trabajos previos realizados por sus antecesores inmediatos para finalmente concluir en el análisis de la obra realizada.
Por último, se incluye un apartado de conclusiones que son las consideraciones a las que se llega después de haber realizado este recorrido histórico.
INDICE GENERAL
INTRODUCCION…………………………………..………………….…………2
PRIMERA PARTE
1. ANTECEDENTES…………………………………………………………....3
1.1 BREVES DATOS BIOGRAFICOS DE JUSTINIANO……………..4
1.2 JUSTINIANO Y LAS INSTITUCIONES……………………………..6
1.3 INSTITUCIONES, SU OBJETIVO E IMPORTANCIA…….……..11
1.4 FUENTES DE LAS INSTITUCIONES………………………………16
SEGUNDA PARTE
2. STATUS DE LAS LEYES ANTERIOR A JUSTINIANO……………..……….18
2.1 EL CÓDIGO ANTIGUO……………………………………………….19
2.2 LAS COMPILACIONES SUBSECUENTES Y SUS DEFICIENCIAS……..20
2.3 JUICIO SOBRE EL TRABAJO DE JUSTINIANO………………….21
3. CONCLUSIONES……………………………………………………………22
1. ANTECEDENTES
La periodización de la historia de Roma se divide en cuatro épocas, pero la mayoría de los autores reconocen sólo tres periodos comúnmente admitidos para la historia del derecho en Roma. Sin embargo, esta división no implica que cada época inicie exactamente en una fecha determinada, aunque hay historiadores que así lo consideran; ateniendo a esta diferencia nuestra guía no será de carácter cronológico, sino más bien se atenderá a la periodización propuesta con base en las características de estas épocas y que a saber son: Reyes (Monarquía), República, Diarquía o principado e Imperio. Existen otros nombres para denotar la vida de Roma y que hacen una especie de analogía con las etapas que experimenta el ser humano: Edad de Infancia; Edad de Juventud; Edad de Virilidad; Edad de Vejez; Es en esta última donde se ubica el trabajo realizado por el Emperador Justiniano.
Se considera que la etapa de Justiniano es la de decadencia del derecho romano e incluso se llega a realizar una subdivisión dentro de ésta, la primera subetapa –por así llamarla- va desde el emperador Alejandro Severo hasta Constantino en la que se establece a la religión cristiana como religión de Estado y se fija como sede del Imperio a la ciudad de Bizancio; la segunda inicia con el reinado de Constantino y culmina con la invasión de los bárbaros en el imperio romano y la tercera inicia con la invasión y culmina con el imperio de Justiniano o reformador del derecho romano.
En esta última subetapa, el territorio de la Europa occidental se presenta como un crisol en el que van a fundirse lo nórdico, lo germánico y lo mediterráneo; todo sujeto a las incesantes guerras y dominios; este último comprende la aportación griega en lo que toca a pensamiento y arte, la aportación romana en lo que corresponde a administración y derecho y la aportación judía en cuanto a al cristianismo, religión que se había hecho oficial tiempo antes de la caída del imperio romano de occidente.
La confluencia de estos elementos y la honda huella unificadora y civilizadora del antiguo imperio romano, hicieron surgir el deseo de recuperar la unidad y es aquí donde se encuentra Justiniano en primer lugar con un afán clasicista, posteriormente vendrán otros y en distintas partes; como es el caso en la Edad Media de la Iglesia, que bajo la autoridad papal se desea un solo Imperio, una misma cultura, un mismo idioma el latín y un solo derecho el Ius Commune, pero el cual tiene como base el Corpus Justinianeo.
1.1 BREVES DATOS BIOGRAFICOS DE JUSTINIANO
Justiniano, llamado el Grande; tomando en consideración los acontecimientos de su reinado (527-565), pues se dice que éste resplandeció por las armas y por las leyes. En palabras de Ortolan: “Se atribuyen las victorias únicamente a los generales, las instituciones legislativas a los jurisconsultos, las obras maestras de la poesía y de las bellas artes a los poetas y a los artistas; se despoja al jefe de la toga imperial, y se busca al hombre bajo la púrpura, se le pone al desnudo y se complacen en mostrar débil, disforme, pequeño a aquel que su siglo y la historia han llamado Grande” (1)
(1) Ortolan, M. Instituciones de Justiniano Editorial. Heliasta s.r.l.Pag.7
Flavius Oetrus Sabbatius lustinianus o Justiniano se cree que nació en Taurisium, Macedonia en el año 482 y muere en el 565, siendo su padre Sabatio y su madre Vicleniza, a quien se le llamo Uprauda, en lengua eslava. Fue educado en Bederina, patria de Justino, su tío materno. Adoptado en cierto modo por su tío Justino quien había desempeñado diferentes cargos romanos desde soldado, tribuno militar, prefecto del pretorio y por último emperador, tomó de éste su nombre con la terminación ano que se usaba en la denominación de los adoptados. Al pasar parte de su vida en Italia le fueron asignados diversos cargos como los de prefecto del ejército romano, se revistió del magisterio, consulado, patriciado, comiciado, de la nobleza y sucesor en la corona imperial. Fue César en el año 527 d.c. a la edad de 45 años. De acuerdo con algunos historiadores como Procopio, quien había sido el historiógrafo de sus guerras y narrador de sus construcciones, Justiniano asumió al trono de Constantinopla ya casado con Teodora, quien había servido en el circo para lo cual obtuvo de su tío y antecesor Justino la abolición de antiguas leyes que prohibían las nupcias personas con dignidad senatorial y las comediantas. Desde este momento, comienzan a revolucionarse las formas de pensar las leyes, siendo la Constitución de Justino más igualitaria y liberal entre los ciudadanos.
Para entender el trabajo realizado por Justiniano es importante realizar una revisión del estado en que se encontraba el imperio y la sociedad al momento de que asumió al trono.
Los bárbaros dominaban en el Mediodía. África y España se encontraban en poder de los vándalos y godos; las Galias entre los francos, borgoñones y visigodos; Italia, en el de los ostrogodos, y las demás partes de Occidente dominados por otros bárbaros. Constantinopla subsistía sola. Aunque existían algunos otros enemigos como los Persas que habían llegado a hacerse temibles.
El griego era la lengua extendida, el latín se había olvidado en su uso vulgar se habían introducido nuevas opiniones religiosas, lo que dividió a la sociedad en cristianos ortodoxos y todos los demás. Rivalidad que llevó a una división política ardiente.
1.2 JUSTINIANO Y LAS INSTITUCIONES
Para valorar la tarea que Justiniano y sus juristas se habían propuesto, recordemos que cuando comenzaron su trabajo, Roma llevaba más de mil años haciendo leyes. Desde la publicación de las XII tablas, de las cuales conservamos fragmentos, en el año 451 a. d. J. hasta que se completo la codificación de Justiniano en el año 534 d. J. C. transcurrieron 985 años. Los romanos fueron un pueblo de legisladores y litigantes; pero fueron sobre todo, una nación que busco siempre precedente para todas sus actuaciones.
Justiniano al subir al poder se fijo la idea de restaurar y renovar la res publica romana. Esta idea implicaba la restauración de la unidad territorial, la religiosa, la administrativa y sobre todo la jurídica, que sería el instrumento para lograr su finalidad. La fusión del derecho pretorio y del derecho civil, ya iniciada siglos antes, encuentra su culminación en la obra de Justiniano. Leyes centenarias estaban aun en vigor con Justiniano, y algo bastante similar al “judgemade” y al “case-made law” se convirtió en parte esencial del derecho civil romano. A partir de los días de la republica, una serie de juristas celebres (“juris consulti, juris prudentes”) dedicaron toda su habilidad a esta cuestión de la interpretación legal; una ocupación que tuvo un atractivo especial para los amantes del legalismo, demostrándose una gran habilidad para ello, con el natural resultado de que a menudo estas interpretaciones se contradecían entre sí.
“Al subir Justiniano al trono hallábase en vigor y en uso las obras de los juristas señalados en la Ley de Citas y las antiguas Constituciones imperiales contenidas en anteriores Códigos. Con estas materias se va a formar el Corpus Iuris. Justiniano concibe el plan de unificar el Derecho vigente, con lo cual ordenó la formación de dos compilaciones: una compuesta por las doctrinas de los juristas –ius-, y otra
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