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LOS CONFLICTOS LABORALES


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2013  •  Tesis  •  2.964 Palabras (12 Páginas)  •  586 Visitas

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TEMA I

LOS CONFLICTOS LABORALES

INTRODUCCION.

El proceso, es un principio, un conjunto de acciones destinadas a lograr el cumplimiento de las normas jurídicas que se dicen violadas.La idea de proceso envuelve pues, por una parte la de continuidad; de la otra destaca su propósito que en términos generales, es la Procuración de la Legalidad o de la Seguridad Jurídica. El termino Proceso equivale a dinamismo, actividad por lo que puede hablarse de proceso Biológicos, Físicos, Químicos etc., al aplicar el termino Proceso al ámbito Jurisdiccional implica actividad Jurídica de las partes y del juzgador para la obtención de una resolución vinculativa. En el ámbito laboral el Derecho Procesal tiene plena validez en la Administración de Justicia, por parte de los Tribunales Laborales. El Derecho Procesal del Trabajo como la rama de la ciencia jurídica que dicta las normas instrumentales para la actuación del Derecho; que disciplina la actividad del juzgador y de las partes, en todo lo concerniente en la materia Laboral.

Para Francisco Ramírez Fonseca al analizar las tres funciones que realizan las Juntas de Conciliación y Arbitraje, define al Derecho Procesal del Trabajo como el conjunto de normas que regulan la actividad del Estado, a través de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, tendiente dicha actividad a buscar la conciliación en los conflictos de trabajo, y de no ser posible a resolver los conflictos por vía jurisdiccional emitiendo el Derecho aplicable al caso concreto, siempre dentro de su propia orbita de facultades.

Alberto Trueba Urbina define al derecho procesal del trabajo como “el conjunto de reglas jurídicas que regulan la actividad jurisdiccional de los tribunales y el proceso del trabajo para el mantenimiento del orden jurídico y económico de las relaciones obrero-patronales, interobreros o interpatronales”.

Es una rama del Derecho procesal que se ocupa de los conflictos laborales ya sea individuales o colectivos que surgen en los procesos en materia de trabajo y seguridad social, sean entre empresario y trabajadores sobre el contrato de trabajo, o respecto a prestaciones de seguridad social entre el beneficiario y la administración.

El derecho procesal del trabajo se crea para hacer efectivos los derechos derivados de la norma sustantiva laboral y por naturaleza, contiene conceptos, principios e instituciones diferentes a las demás disciplinas procesales especiales, que lo perfilan como ordenamiento jurídico de naturaleza social para orientar la protección al trabajador y sus beneficiarios.

El principio que distingue al Derecho Procesal Laboral de otras materias procesales, es el de justicia social tratando de nivelar la desigualdad que existe en la vida real entre el empleado y el empleador; siendo el derecho procesal laboral: autónomo, instrumental y público.

La finalidad del Derecho Procesal del Trabajo, es mantener la paz laboral previendo los diversos conflictos que se pudieran generar entre capital y trabajo y señalando los procedimientos que debe seguirse para la solución de los mismos. Una vez que el conflicto se presenta, el principal obligado a buscar solución será el propio Estado quien tiene la obligación de garantizar la paz social.

En el presente tema el alumno primeramente comprenderá el concepto de conflicto que se utiliza en Derecho para designar posiciones antagónicas, que implica combatir, luchar, pelear, es decir, expresa una oposición de interés.

El conflicto laboral gramaticalmente, se deriva de la voz latina canfligere, que significa combatir y, por extensión combate, zozobra, inquietud, apuro, aprieto, compromiso grave, el vocablo es sinónimo del término colisión, chocar.

CONCEPTO DE DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO

Como la esencia misma del derecho procesal radica en la actividad jurisdiccional del Estado, se consideró indispensable la creación de una disciplina que conociere de esa actividad, en el ámbito laboral, El derecho procesal del trabajo es sumamente reciente; tanto es así, que las novedosas reformas a la Ley Federal del Trabajo que entraron en vigor el primero de mayo de 1980 constituyen el avance más significativo alcanzado hasta hoy por nuestra materia, la cual ha sido criticada, pero nadie pone en duda que día a día, se va adquiriendo una mejor y más clara estructura de conceptos e instituciones.

Como ya se indicó, el derecho procesal tiene plena validez en la administración de justicia, por parte de los tribunales laborales, sin embargo, resulta limitado porque la actividad de dichos órganos no se constriñe a la aplicación del derecho (como jurisdicción), sino que concilian, interpretan el derecho y lo construyen, como acertadamente lo indica Francisco Ramírez Fonseca,

Frecuentemente se menciona al derecho procesal del trabajo como la rama de la ciencia jurídica que dicta las normas instrumentales para la actuación del derecho, y que disciplina la actividad del juzgador y de las partes, en todo lo concerniente a la materia laboral.

Alberto Trueba Urbina señala como "el conjunto de reglas jurídicas que regulan la actividad jurisdiccional de los tribunales y el proceso del trabajo para el mantenimiento del orden jurídico y económico de las relaciones obrero-patronales, ínter obreras o ínter patronales".

Por su parte, Armando Porras y López lo identifica como: "aquella rama del derecho que conoce de la actividad jurisdiccional del Estado, respecto de las normas que regulan las relaciones laborales desde los puntos de vista jurídico y económico". Francisco Ramírez Fonseca, al analizar las tres funciones que realizan las Juntas de Conciliación y Arbitraje, define al derecho procesal del trabajo como "el conjunto de normas que regulan la actividad del Estado, a través de las Juntas de Conciliación y Arbitraje tendiente dicha actividad a buscar la conciliación en los conflictos de trabajo, y de no ser ésta posible, a resolver los conflictos por vía jurisdiccional o emitiendo el derecho aplicable al caso concreto, siempre dentro de su propia órbita de facultades. Finalmente, Francisco Ross Game, manifiesta que "el derecho procesal laboral es la rama del derecho que conoce de la actividad jurisdiccional del Estado, respecto de la aplicación de las normas con motivo, en ocasión o a consecuencia de las relaciones obrero-patronales".

De todo lo anterior, se infiere que el derecho procesal del trabajo conoce de la actividad jurisdiccional en los diversos conflictos laborales, a fin de mantener el orden jurídico dentro de nuestro sistema de derecho.

1.1 LOS CONFLICTOS LABORALES.

CONCEPTO

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