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La Constitucion


Enviado por   •  20 de Octubre de 2013  •  2.357 Palabras (10 Páginas)  •  201 Visitas

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TEMA: Constitución de los Estados Unidos Mexicanos

a) Principios, Reformas, Control social

PRINCIPIOS

La Constitución o carta magna (del latín cum, con, y statuere, establecer) es la norma suprema, de un Estado soberano u organización, establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que, en los países occidentales modernos, se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones asentados en estos poderes. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades. La constitución es la norma fundamental de un Estado soberano, las bases jurídicas indispensables desde donde empezaran a edificarse los poderes del estado y sus funciones.

El papel que cumple la Constitución en una Nación, el entendimiento y el respeto a las leyes, son el camino fundamental para hilar los cimientos que cada país requiere para su prosperidad. Según el trato, la interpretación y la fortaleza de una Constitución se pueden medir el desarrollo de cada Estado. La constitución promulgada el 5 de febrero de 1917 por Venustiano Carranza durante la sesión del

Congreso Constituyente en la ciudad de Querétaro, tuvo como antesala la guerra civil revolucionaria; al mismo tiempo, algunos de los fundamentos básicos que la definen fueron retomados de la constitución de 1857, promulgada durante la administración de Benito Juárez, así como de otros documentos legales que con el paso del tiempo se convirtieron en pilares del desarrollo y consolidación de preceptos constitucionales, como la soberanía popular y los derechos del hombre; se da más importancia a los derechos humanos, ya plasmados en la de 1824, la soberanía nacional (en el pueblo), y el sistema unicameral, entre otros.

El Plan de San Luis Potosí (de Madero) y el de Guadalupe (de Carranza) también sirvieron como puntos de partida para la elaboración de la nueva constitución de 1917, aunque éstos se centraban en lo político (principio de no reelección y el respeto a la Carta Magna, respectivamente). Mientras que el programa del Partido Liberal y el Plan de Ayala (promulgado por Zapata), además de los contenidos políticos agregaban aspectos sociales importantes, inspirando a los miembros del Constituyente de Querétaro a promulgar los artículos 24 y 123 constitucionales, por lo que el movimiento armado revolucionario imprimió ideas fundamentales en la concepción de la Constitución Mexicana de 1917.El 5 de febrero de 1917 es promulgada en la ciudad de Querétaro la Constitución, misma que fue considerada como una de las más avanzadas en su tiempo, y que vino a ser la cristalización de los ideales revolucionarios elevados a la categoría de normas constitucionales. En ella se incluían avanzados principios de reformas sociales y derechos en favor de obreros y campesinos. Además, fue formulada para gobernar a todos los mexicanos sin distinción de raza, credo, condición social o política, ya que en ella se elevaron al rango de normas constitucionales la libertad de pensamiento y de creencia.

Los principios fundamentales de la Constitución de 1917, son:

a) Soberanía popular que lleva implícita la independencia nacional

b) Derechos individuales y sociales del hombre

c) Sistema representativo de gobierno

d) división de los poderes

e) el sistema federal

f) La rectoría del Estado sobre el desarrollo Nacional y la economía mixta

g) La separación del Estado y la Iglesia.("El artículo 136 establece el principio de la inviolabilidad de la Constitución").

ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCION

A La idea de la soberanía

En el artículo 39 se vierte esta idea respondiendo al pensamiento de Rousseau, toda vez que hace residir la soberanía en el pueblo. La expresión soberanía nacional, que utiliza este artículo, quiere expresar que desde su independencia México tiene una tradición que no encadena sino que se proyecta hacia el devenir. Según este mismo artículo la soberanía nacional reside en el pueblo de dos maneras: esencial y originariamente. Por esencial se debe entender que la soberanía está en el pueblo en todo momento y que no se puede delegar, mientras que originariamente implica que la soberanía jamás ha dejado de residir en el pueblo.

B. Los derechos humanos

Los derechos del hombre y del ciudadano sólo tienen sentido si se encuadran dentro del marco social. Justicia, igualdad, seguridad y bienestar social, son derechos que se han buscado en México para mejorar y elevar la vida de los mexicanos. La idea terminológica de hablar de garantías individuales y no de derechos del hombre triunfó en el Constituyente de Querétaro porque mientras los derechos del hombre son sólo ideas generales y abstractas, las garantías, que son su medida, son ideas individualizadas y concretas.

Las garantías sociales protegen al hombre como integrante de un grupo social, le aseguran un mínimo educativo y económico e implican un hacer por parte del Estado; en cambio las garantías individuales representan primordialmente una abstención por parte del propio Estado. A través de las garantías sociales se protege a los grupos sociales más débiles. Para ello nacieron estas garantías y en parte así subsisten, sólo que actualmente se han extendido para otorgar protección en general. La idea de los derechos sociales lleva implícita la noción de: a cada quien según sus posibilidades y sus necesidades, partiendo del concepto de igualdad de oportunidades

C. La división de poderes

Esta división de poderes implica la separación de los órganos del Estado en tres grupos diversos e independientes unos de otros, y cada uno de ellos constituido en forma que los diversos elementos que lo integran guarden entre sí la unidad que les da el carácter de poderes. La separación de poderes impone la distribución de funciones diferentes entre cada uno de los poderes, de tal manera, que cada uno tenga atribuida exclusivamente su función primordial. Sin embargo, la legislación positiva no ha sostenido el rigor de esta exigencia, y han sido necesidades de la vida práctica las que han impuesto la atribución a un mismo poder de funciones de naturaleza diferente. Cumpliendo con esas exigencias, las constituciones

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