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La Guerra Del Chaco

6025366316 de Agosto de 2014

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LUIS ANDRÉS A. ARGAÑA

TRATADO DE PAZ, AMISTAD Y LÍMITES CON LA REPÚBLICA DE BOLIVIA DEL 21 DE JULIO DE 1938 (Dr. LUIS A. ARGAÑA)

EL TRATADO DE PAZ, AMISTAD Y LÍMITES

CON LA REPÚBLICA DE BOLIVIA DEL 21 DE JULIO DE 1938

Versión taquigráfica de la Conferencia pronunciada

en el Teatro Nacional el 6 de agosto de 1938 por el

Dr. LUIS A. ARGAÑA

Ministro de Justicia, Culto e Instrucción Pública,

e Interino de Relaciones Exteriores

durante el período de la concertación del Tratado

Asunción

Imprenta Nacional

1938

Excelentísimo señor Presidente, Señores Ministros,

Señoras y Señores:

La firma del Tratado de Paz, Amistad y Límites con la República de Bolivia, agita en estos momentos históricos, el palpitar de todos los corazones paraguayos y ahonda la vibración del alma nacional.

Se explica, señores, que así ocurra, pues ducho Tratado define y pone término a un viejo diferendo de fronteras que durante más de medio siglo gravitó pesadamente sobre nuestros destinos; pleito que hizo crisis dolorosa en 1932 en una guerra de tres años, en la que quedaron sacrificadas más de treinta mil vidas paraguayas.

El Protocolo del 12 de junio de 1935, firmado después de esa guerra cruenta e incruenta, no resolvió ese viejo pleito de fronteras por las razones que luego vamos a explicar, ni descartó la posibilidad de una nueva guerra. Dicho protocolo, en substancia, sólo concertó una cesación de hostilidades con el objeto principal de buscar, dentro de un ambiente más propicio, una solución definitiva entre los países ex beligerantes.

El referido protocolo del 12 de junio establece dos procedimientos para resolver la cuestión de fondo: el de las negociaciones directas y el del arbitraje. Creó, además, un organismo mediador en las negociaciones bajo la denominación de “conferencia de Paz del Chaco”, integrado por delegados de seis naciones americanas: Argentina, Brasil, Chile, Estados Unidos de América, Perú y Uruguay.

Tres años, desde junio de 1935 a junio de 1938, la Conferencia de Paz, reunida en Buenos aires, trabajó afanosamente para encontrar una solución satisfactoria y definitiva. En mayo del corriente año realizo un esfuerzo que la misma Conferencia califico de último y decisivo, provocando la entrevista de los Cancilleres de las Repúblicas del Paraguay y de Bolivia en la ciudad de Buenos Aires.

Dos meses delibero la Conferencia de Paz del Chaco con la intervención de los Cancilleres de los países ex beligerantes. Ímproba fue su labor, extraordinario y noble su esfuerzo en pro de la paz americana. Pero a pesar de todo, en los últimos días del mes de junio del corriente año, las negociaciones estuvieron a punto de fracasar. Nuestro ilustre Canciller, el Dr. Cecilio Báez, en cable dirigido en esos días a su Gobierno, anuncio su regreso a nuestro país, en vista de que se permanencia en Buenos Aires ya no tenía razón de ser.

En ese momento angustioso en que el astro esplendente de la paz comenzó a palidecer, en que toda esperanza comenzó a extinguirse, en que la posible reaparición del fantasma apocalíptico de la guerra en el cielo diáfano y azul de América puso una nota de profunda emoción en todos los corazones, el último día del mes de junio, bajo los altos auspicios del Presidente de los Estados Unidos de América, Mr. F. Roosevelt, la Conferencia de Paz presentó la fórmula salvadora, que, felizmente, después de vencerse obstáculos casi insuperables, y gracias a la eficaz y providencial intervención del General José Félix Estigarribia, quedó plasmada en el proyecto de Tratado de Paz firmado ad-referéndum por los Cancilleres del Paraguay y de Bolivia, en la ciudad de Buenos Aires, a los nueve días del mes de julio del corriente año.

El Gobierno paraguayo examinó detenidamente dicho proyecto de Tratado. Después de un largo y meditado estudio, llegó a la conclusión de que era satisfactorio y decoroso para la República. No de otro modo se explica que, asumiendo resueltamente ante el Tribunal imparcial de la historia una inmensa responsabilidad, lo aprobara en su aspecto general con fecha 15 de julio último. El 21 del mismo mes fue firmado, en la ciudad de Buenos Aires, en un acto público y solemne.

Tales son, señores, en apretada sinopsis, los antecedentes del Tratado de Paz, Amistad y Límites subscripto con la República de Bolivia.

¿Dicho Tratado es bueno, consulta los altos y permanentes intereses de la República?

Veámoslo:

El Tratado de Paz del 21 de julio, en síntesis, dispone:

1º Restablece la paz entre las Repúblicas del Paraguay y de Bolivia (art. 1º del Tratado);

2º Adjudica definitivamente al Paraguay la zona comprendida entre los ríos Paraguay y Pilcomayo y una línea que partiendo de Pozo Hondo (sobre el rio Pilcomayo) va hasta el fortín 27 de Noviembre, pasa entre las lagunas situadas en el tercio medio del camino de Ravelo a Ingavi, sigue por Cerro Cristian, continua entre los fortines Paredes y Pando, pasa por las proximidades de fortín Galpón y termina en la confluencia del rio Otuquis o Negro con el rio Paraguay.

Es la zona señalada en el mapa Nº 1 con los colores azul y rojo;

3º Somete al arbitraje la zona comprendida entre la línea arriba citada y otra que partiendo del río Pilcomayo (Pozo Hondo) sigue el trazado de la línea de hitos hasta su intersección al norte con el meridiano G. 61º 55', y de este punto sube hasta alcanzar la línea recta que parte de los Maticos (en el río Parapití) a Ravelo para seguir el curso de dicha línea recta. De Ravelo, siempre en línea recta, hasta el río Otúquis a la altura del fortín San Juan, siguiendo luego el curso del río Negro hasta su confluencia con el río Paraguay.

Es la zona señalada en el mapa Nº 1 con el color verde;

4° Dentro de dicha zona arbitrable, los Presidentes de los seis países mediadores, en su carácter de árbitros de equidad, o sus delegados, deberán determinar la línea de fronteras entre las Repúblicas del Paraguay y de Bolivia. El laudo arbitral será expedido en el plazo máximo de dos meses, contados desde la ratificación del Tratado por el Plebiscito Nacional;

5° La República del Paraguay concederá a Bolivia un puerto franco sobre el río Paraguay; en Casado, bajo la soberanía paraguaya.

De la exposición qué precede, se deduce que el Tratado de Paz presenta las siguientes ventajas para nuestro país:

1º Consagra una paz definitiva y justa, y evita, en consecuencia, a nuestro Pueblo los horrores y la tragedia de una nueva guerra;

2º Salva para el Paraguay definitiva e irrevocablemente todo el litoral de su rio epónimo;

3º Adjudica de un modo irrevocable al Paraguay el hinterland de su río y la zona Hayes;

4º Adjudica definitivamente al Paraguay, sin discusión ni arbitraje, la mayor parte del Chaco Boreal (casi las tres cuartas partes) con la expectativa de acrecentar más aún, mediante el fallo arbitral, el área territorial de su soberanía. (1)

He ahí, señoras y señores, en substancia, el Tratado de Paz, Amistad y Límites que acaba de firmarse con la República de Bolivia, Tratado que abre en los horizontes inciertos de nuestro histórico destino claras y espaciosas rutas para lo porvenir.

Los impugnadores de ese Tratado formulan diversas objeciones. Voy a referirme a ellas, en síntesis, para poner las cosas en su punto y restablecer la verdad, desfigúrada, una vez más, en el horno encendido de las pasiones políticas.

Dichas objeciones pueden ser reducidas a cinco:

a) Sometimiento al arbitraje de una parte de la zona del Chaco recuperada por nuestro pueblo; b) el Tratado de Paz no consagra las aspiraciones máximas del Paraguay; c) concesión de un puerto franco a Bolivia; d) el Tratado de Paz no consagra los resultados de nuestra guerra victoriosa; e) por último, la objeción relativa a la inconstitucionalidad del Plebiscito Nacional.

a) Sometimiento al arbitraje de una parte de la zona del Chaco recuperada por nuestro pueblo.

El Tratado del 21 de julio de 1938, después de adjudicar definitivamente al Paraguay un área territorial de 232.650 kilómetros cuadrados; somete al arbitraje una zona de 41.500 kilómetros cuadrados. Parte de dicha zona ha sido recuperada por nuestro Ejército (31.560 kilómetros cuadrados). De manera que, de la zona reconquistada por nuestro pueblo en la última guerra, la parte que se someterá al arbitraje representa aproximadamente una OCTAVA PARTE DEL AREA TOTAL DE OCUPACION.

Esa pequeña concesión hecha por el Paraguay es, señores, EL PRECIO DE LA PAZ!

Es necesario advertir que, en realidad, esa zona, relativamente pequeña, él Paraguay NO LA CEDE, NO LA PIERDE NI LA REGALA, Sólo la somete a la solución jurídica del arbitraje.

Recalco y subrayo la afirmación de que no se cede a Bolivia un solo centímetro de tierra recuperada por nuestro pueblo en armas!

Ahora bien, la solución jurídica del arbitraje no puede ser honorablemente rehusada por ningún país civilizado. Es una conquista inapreciable del Derecho Internacional

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