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La Historia Del Derecho Colectivo


Enviado por   •  3 de Mayo de 2014  •  1.700 Palabras (7 Páginas)  •  493 Visitas

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LA HISTORIA DEL DERECHO LABORAL COLECTIVO

Fiorella Josselin Asencio Mestanza

SUMARIO: I. Introducción. II. Problemática. III. El sindicalismo en el Derecho Comparado: Inglaterra, Estados Unidos de América, Alemania, Francia. IV. El sindicalismo en los países en desarrollo. V. El sindicalismo en el Perú. VI. Conclusiones.

I. INTRODUCCIÓN

La historia del Derecho Laboral Colectivo se remonta al surgimiento de la sociedad industrial y del movimiento sindical. Las normas surgieron por países y de un modo desigual. Fue así que, los procesos sociales y políticos sirvieron de fundamento al surgimiento de la normatividad. Las primeras expresiones de la protesta obrera fueron de carácter inorgánico y político, y a su vez enmarcadas en las fronteras de países como Inglaterra, Francia, Alemania y Estados Unidos; posteriormente se hicieron más generales e internacionales.

El proceso social y político sirvió de basamento para el surgimiento de las instituciones del derecho colectivo del trabajo. Los hechos fueron primero, luego vino la intervención de la sociedad y el Estado para regularlos: “Las instituciones del derecho colectivo del trabajo emergieron antes de su reconocimiento y de su reglamentación legal; el orden jurídico reconoció la coalición, la asociación profesional, la huelga y el contrato colectivo tiempo después de su existencia, luego el Estado ya no pudo destruir las instituciones del Derecho Colectivo que se crearon”.

II. PROBLEMÁTICA

La historia del Derecho Laboral Colectivo desde sus inicios presentó una serie de defectos y deficiencias, y a su vez una notable lucha de parte de los trabajadores, ya que los mismos involucrados en un sindicato u otro tipo de organización eran y son los actores propiamente dichos del Derecho Colectivo, sin los cuáles no tendría razón de ser la historia y el contexto dentro del cual pasaremos a desarrollar en las líneas siguientes.

Siendo así, nos planteamos la siguiente interrogante, respecto de ¿cómo la sindicalización a nivel mundial ha incidido en la protección y defensa de los derechos de los trabajadores en la actualidad?, en realidad las respuestas son vastas pero al mismo tiempo complejas, ya que la batalla del trabajador en defensa de sus derechos ha sido incesante, y la unión a través de un sindicato los fortaleció a través del tiempo. Es relevante hoy en día, analizar la coyuntura y la forma como el sindicalismo ha contribuido a que los trabajadores se fortalezcan en masa, y se pueda decir que gozan de una plena libertad sindical.

III. El sindicalismo en el Derecho Comparado: Inglaterra, Estados Unidos de América, Alemania, Francia.

Nos adentraremos al conocimiento del sindicalismo en el Derecho Comparado, y analizaremos los temas asociativos de los trabajadores que tuvieron lugar muchos años atrás y que nos sirven de referencia para conocer cómo la unión de los trabajadores ha favorecido su derecho a la libertad sindical.

a) Inglaterra

En este país surgió el maquinismo con el descubrimiento de máquina a vapor el 1769, y fue allí donde surgieron las primeras trada unión en las minas de Northumberland-Durham en 1825, en la cual se dio la primera manifestación sindical contemporánea que se compuso por trabajadores de elite; y asimismo se dedicaban a la afiliación de la colectividad laboral y lograban contar con un gran número de afiliados (Gómez, 2009, pp. 133-134).

Asimismo, surgió el “Luddismo” en el año 1820, y a fines del siglo XVIII surgieron las primeras huelgas; además en 1860 se negocia por primera vez la remuneración entre trabajadores y empleadores. Y fue así que, se convirtió en el primer país que reconoció el derecho de sindicación de sus trabajadores. Actualmente, el país de Inglaterra es la cuna del industrialismo, en la cual se desataron las primeras manifestaciones en contra del capitalismo, con lo cual emergieron las primeras huelgas y negociaciones colectivas (Gómez, 2009, p. 135).

b) Estados Unidos de América

Surgen los sindicatos entre los artesanos más distinguidos, quienes eran trabajadores que laboraban con terno largo y sombrero de copa que denotaba arrogancia; a su vez se creían conscientes de actuación sindical debido a su nivel de cultura e intelectual (Gómez, 2009, p. 135).

En ese mismo sentido, cabe destacar que en este país nunca existió represión contra las asociaciones de trabajadores, y es desde 1824 que los trabajadores podías agremiarse sin ningún tipo de restricción. No obstante, el problema radicó en que el sindicalismo instalado no tenía eficacia jurídica alguna (Gómez, 2009, p. 135).

A diferencia de los sucedido en Gran Bretaña, en Estados Unidos de América si se trató de legislar sobre las relaciones colectivas de trabajo, dictándose en aquella época la ley Norris La Guardia (1932), que prohibía las cláusulas de no afiliación sindical. Y posteriormente, se dictó la ley Wagner Act (1935) que creó la negociación colectiva obligatoria (Gómez, 2009, pp. 135-136).

c) Alemania

En este país surgió la Constitución de Weimar de 1919, que fue la primera lex legis europea que reconoció la libertad sindical como un derecho, y fue a partir de ello que se popularizo la constitucionalización del trabajo. El sindicalismo en Alemania está considerado como el creador y perfeccionador de las negociaciones colectivas en el año de 1920, y también de la participación en la empresa, entre otras manifestaciones que surgieron para apartar a los trabajadores del sindicalismo revolucionario (Gómez, 2009: pp. 136-137).

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