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Derecho Colectivo


Enviado por   •  23 de Julio de 2014  •  6.860 Palabras (28 Páginas)  •  289 Visitas

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PRIMERA UNIDAD DERECHO COLECTIVO

1.1 CONCEPTO.

También se conoce como derecho sindical, se refiere a la vida jurídica de la organización profesional, se trata de un conjunto de normas que se dirigen directamente a los individuos y directamente a los grupos profesionales, proporcionando a los primeros una tutela de acción inmediata.

Las relaciones de trabajo se caracterizan en que pueden dar nacimiento a una relación concreta o a la formulación abstracta de normas de trabajo, constituyéndose en una fuente de normas generales.

Para Mario de la Cueva el Derecho Colectivo del Trabajo es la envoltura del Derecho Individual del Trabajo, del Derecho protector de las mujeres y de los menores y de la Previsión Social; es el camino para la creación de estos estatutos y para vigilar su cumplimiento; es un derecho instrumental, medio para alcanzar un fin, y tiene su apoyo en los derechos naturales de igualdad y libertad.

En nuestro concepto podría definirse el Derecho Colectivo señalando que es el "capítulo del Derecho del Trabajo el que establece las causas institucionales de la lucha de clases"

1.2 INSTITUCIONES QUE COMPRENDE.

Las tres instituciones fundamentales son

*el sindicalismo *la contratación colectiva *el derecho de huelga

Sus fines son:

*la nivelación de la fuerzas sociales *el establecimiento de sistemas normativos adaptados a las situaciones particulares de la empresa *el reconocimiento estatal de la autodefensa proletaria

1.3 COALICIÓN.

Es el acuerdo temporal de un grupo de trabajadores para la defensa de sus intereses comunes; es el precedente de los sindicatos, puede desembocar en uno de ellos o en una huelga, lo regula la LFT arts. 354 y 355

1.4 ASOCIACIÓN PROFESIONAL.

Es el derecho de asociación profesional que pertenece a los trabajadores o a los patronos "para los miembros de su misma clase social", es un derecho especial, es el derecho de una clase social frente a otra, aún cuando es derecho frente al Estado. Es un derecho de clase cuya finalidad es conseguir el mejoramiento de las condiciones de vida de los trabajadores.

La asociación refleja el derecho de los hombres para agruparse y realizar un fin común con pretensiones de permanencia.

1.5 CONTRATO COLECTIVO.

Art. 386 LFT

Contrato colectivo de trabajo es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.

Art.390 LFT

Contrato colectivo de trabajo es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.

Art. 391 LFT

El contrato colectivo contendrá:

I. Los nombres y domicilios de los contratantes;

II. Las empresas y establecimientos que abarque;

III. Su duración o la expresión de ser por tiempo indeterminado o para obra determinada;

IV. Las jornadas de trabajo;

V. Los días de descanso y vacaciones;

VI. El monto de los salarios;

VII. Las cláusulas relativas a la capacitación o adiestramiento de los trabajadores en la empresa o establecimientos que comprenda;

VIII. Disposiciones sobre la capacitación o adiestramiento inicial que se deba impartir a quienes vayan a ingresar a laborar a la empresa o establecimiento;

IX. Las bases sobre la integración y funcionamiento de las Comisiones que deban integrarse de acuerdo con esta Ley; y

X. Las demás estipulaciones que convengan las partes.

1.6 CONTRATO LEY.

O contrato colectivo obligatorio, su vigencia depende de una declaración de obligatoriedad dictada por el poder ejecutivo

Art. 404 LFT

Contrato-ley es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una rama determinada de la industria, y declarado obligatorio en una o varias Entidades Federativas, en una o varias zonas económicas que abarquen una o más de dichas Entidades, o en todo el territorio nacional.

1.7 REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO.

Es el conjunto de normas destinadas a establecer el régimen de una empresa de una empresa en cuanto se refiere a la técnica y a la disciplina, según una interpretación y adaptación de la legislación laboral a las circunstancias de cada caso.

Art. 422 LFT

Reglamento interior de trabajo es el conjunto de disposiciones obligatorias para trabajadores y patrones en el desarrollo de los trabajos en una empresa o establecimiento.

No son materia del reglamento las normas de orden técnico y administrativo que formulen directamente las empresas para la ejecución de los trabajos.

1.8 HUELGA.

La huelga es la suspensión concertada del trabajo, llevada a cabo para imponer y hacer cumplir las condiciones de trabajo, que respondan a la idea de justicia social, como un régimen transitorio, en espera de una transformación de las estructuras políticas, sociales y jurídicas, que ponga la riqueza y la economía al servicio de todos los hombres y de todos los pueblos, para lograr la satisfacción integral de sus necesidades.

Art. 440 LFT

Huelga es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores.

SEGUNDA UNIDAD IDEA GENERAL DE LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL

2.1 TERMINOLOGÍA.

El derecho de asociación profesional pertenece a los trabajadores y patrones “para con los miembros de su misma

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