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MARCO TEORICO REFERENCIAL


Enviado por   •  29 de Julio de 2014  •  Tesis  •  1.467 Palabras (6 Páginas)  •  318 Visitas

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CAPITULO II

MARCO TEORICO REFERENCIAL

Antecedentes Históricos

El derecho es un fenómeno humano, que solo es adaptable a las personas que se promueven entre ellas una existencia social. Es por ello que cada sujeto gozan potestad de su propio ser y sobre todo aquello que concierne a el mismo. Tal derecho se manifiesta que sean explorados en todas las épocas y lugares, el cual establecen un derecho natural de todo ser humano para su perfección y progreso del mismo.

Dicho de otro modo, los niños, niñas y adolescentes tienen su derecho, el cual hoy en día es denominado LOPNA es una ley orgánica que tiene por objeto garantizar a todos los niños y niñas, adolecentes, que se encuentren en el territorio nacional, el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías que través de la protección integral que el Estado, la familia y la sociedad deben brindarle desde el momento de su concepción.

Cabe señalar, que su origen de esta ley se remota a la aprobación de la Convención Internacional sobre los Derechos del niño, niña y adolescentes, de fecha 20 de noviembre de 1989, cuyo objeto principal fue transformar necesidades en derechos; por ejemplo; anteriormente se consideraba que la infancia tiene necesidad de educación y salud, con la aprobación de la Convención se transformaron en derechos en vez de necesidades.

Para el 29 de agosto de 1990, se promulgo en Venezuela la Ley Aprobatoria de la convención sobre los Derechos del niño para brindarles protección social y jurídica los niños, niñas y adolescentes. Entes de la creación de la LOPNA, nuestras leyes se medían por el modelo o doctrina de la situación irregular, que consideraba a los niños como sujeto de compasión, representación, tutelados por el Estado. La LOPNA se rige por el modelo de protecciones integral que consiste en el reconocimiento de todos los niños, niñas y adolescentes, sin discriminación alguna como sujetos de plenos derechos, cuyo respeto se debe garantizar.

Es así que de estos derechos protegidos nos encontramos la adopción que es una institución conocida y practicada desde la más remota antigüedad por casi todos los pueblos de las diferentes latitudes, aunque no siempre con los mismo fines ni con el mismo fundamento.

Cabe destacar que en Derecho Antiguo, la adopción se remonta a siglos muy atrás, en la época 4000 A. C., surgen las civilizaciones en Egipto y Sumeria, en ellas ya concurrían acciones de represión contra menores y protección a favor de ellos. Ya para el año 2000 A.C., en el Código de Hammurabi, el quinto rey de la dinastía de Babilonia alcanzaban un nivel de civilización ya que asumían funciones variadas para la adopción, es cuando recordamos que en la Biblia el éxodo, nos da a conocer como los Egipcios esclavizaron a los Israelitas y dispusieron que cuando naciera un niño ya tenían una cláusula que era: “Si era niña dejarle vivir pero si es varón matadlo”. Pero las llamadas parteras en esa época dejaban vivir ambos niños y no le prestaban atención a dicha cláusula.

Es así, que con el pasar los años, un hombre de la tribu de Levi, se caso con una mujer de la misma tribu, la cual quedó embarazada y tubo un hijo. Al ver que era el niño hermoso, lo escondió durante tres meses, pero al ver que no lo podía tener escondido, lo tomo, lo puso en un canastillo de Junco, le tapo todas las rendijas con asfalto natural y brea, para que no le entrara agua y luego lo coloco en las orillas del rio Abilo.

Luego de pasado un tiempo y de haberse deslizado el canastillo por el rio la hija del Faraón al momento de bañarse en el rio y mientras su sirvienta se paseaba a la orilla esta vio el canastillo. La hija del Faraón llamada Termala al abrir el canastillo y ver que ahí dentro había un niño llorando, sintió compasión por el y dijo “este es un niño llorando”. Más adelante aquel niño adoptado por ella se convertiría en Moisés, cuyo nombre traducido significa para algunos el salvado de las aguas o el marido.

Ya para la antigua Roma los niños abandonados fueron ayudados por primera vez mediante hojas de asistencia instituidas desde los años 100 D.C. por Trajano y Adriano, para solventarles sus necesidades.

Durante la época de Constantino (año 315 D.C.) se protegio a los niños desamparados y bajo la influencia del Cristianimo se crearon los primeros establecimientos para aquellos

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