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Monarquia Parlamentaria


Enviado por   •  10 de Diciembre de 2013  •  1.321 Palabras (6 Páginas)  •  492 Visitas

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La monarquía parlamentaria:

Como resultado de la evolución de la monarquía el rey ya no es soberano, lo es el pueblo, rey no legisla sino el parlamento, el rey no gobierna sino el ejecutivo, el cual solo a de gozar de la confianza parlamentaria.

El rey tiene una relación únicamente simbólica con la justicia (que se administra en nombre del rey) y una relación jurídica con el gobierno(aparte de presentar candidato a presidente del gobierno y nombrar l que resulte electo por el congreso, expide todos los decretos aprobados por el congreso de ministros) y con el poder legislativo(sanciona, promulga y ordena la publicación de las leyes).

Sin embargo no hay que restar importancia al papel desempeñado por el rey pues el debe tener la capacidad de integración social y política, así como no podemos olvidar que es quien firma las leyes y sin firma del rey no hay ley.

La monarquía parlamentaria es una forma jurídica, en una monarquía parlamentaria, el principio monárquico no puede ser nunca una restricción u obstáculo al principio democrático.

El gobierno parlamentario:

1. Las provisiones constitucionales

La democracia parlamentaria es la forma común del Estado constitucional democrático de nuestro tiempo. Y ello es así incluso en los sistemas presidenciales, donde el poder ejecutivo también es producto de la elección popular, pero donde el parlamento sigue siendo constitucionalmente, el máximo poder del Estado.

Dentro de la forma parlamentaria ay diversas modalidades, según la manera específica en la que se regulen las relaciones entre el poder legislativo y el ejecutivo. El modelo de parlamentarismo “racionalizado” consta de el establecimiento de determinadas reglas que de un lao favorecen la estabilidad gubernamental y de otro realzan notoriamente la figura del presidente del gobierno,

La primera característica de este modelo son las dos cámaras, congreso de los diputados y senado, que componen las cortes generales , pese a que exista diferencia en el modo de elección de los miembros responden al mismo tipo de representación, ambas se integran por elección directa de los ciudadanos, nuestro parlamento bicameral es la publicidad representativa.La segunda característica es la duplicidad funcional, en caso de algún conflicto en la elaboración de alguna ley, prevalece la voluntad de una de las cámaras(congreso), en la voluntad de la otra(cenado).La tercera característica es el monopolio por el congreso de la verificación de la responsabilidad política gubernamental.

El modelo de parlamentarismo “racionalizado” destaca por la pretensión de fomentar la estabilidad gubernamental y por la relevancia que se le otorga a la figura del presidente del gobierno.

2. La práctica política: parlamentarismo “presidencial” y parlamentarismo “presidencialista”

Una legitimación democrática directa, pues al fin y al cabo, nuestras elecciones, formalmente parlamentarias, son realmente presidencialistas. Que no responda al facto un presidente así ante el parlamento es lo que ocurre en el modelo presidencial, y ello no significa que ese modelo no sea democrático; al fin y al cabo, el presidete responde al pueblo que lo elige.

El sistema presidencialista se basa en la separación de poderes; en un sistema presidencialista, los ciudadanos eligen el parlamento, y en otra elección bien distinta al presidente.

3. Parlamentarismo y presidencialismo hoy.

*El rechazo europeo del presidencialismo:

Una de las razones son las pasadas experiencias de gobiernos , han creado en europea un recelo comprensible ante cualquier forma de “presidencialismo” por algunas recientes dictaduras militares.

Otra es la concepción europea de la democracia basada en la unidad de la representación política, esto es él monopolio parlamentario de la legitimidad popular.

Y le podemos sumarla escasa tradición europea de un sistema de “equilibrios” entre poderes del Estado y entre poderes “políticos” y poderes “sociales”.

*La emulación presidencialista en el parlamentarismo europeo:

El supuesto al que nos estamos refiriendo es, sencillamente, el que se produce cuando se mantiene formalmente las estructuras de las formas parlamentarias de gobierno, pero se introduce una práctica política presidencialista, pasándose de un parlamentarismo de canciller a lo que podría denominarse un parlamentarismo “ presidencial”

La “presidencialización” se refiere a dejar en muy segundo plano las cámaras y otorgar la primicia indiscutible no al gobierno sino a la persona que lo dirige.

4. Parlamento y democracia:

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