Nacionalidad Mexicana
PatthyjuaguiResumen6 de Junio de 2017
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INTRODUCCIÓN……………………………...……………………………..……………………. I
1. CONCEPTO DE NACIONALIDAD…………………………………………………………… 7
2. PRINCIPIOS DE NACIONALIDAD………………………………………………………… 8
3. FACULTAD DEL ESTADO ……………….…………………………………………………...8
4. NEXOS VINCULANTES………………………………………………………………………..9
5. NACIONALIDAD EN MÉXICO……………………...………………………………………..10
6. FUNDAMENTOS LEGALES DE LA NACIONALIDAD EN MÉXICO……………………………………………………………………………………………10
6.1 MEXICANOS POR NACIMIENTO………………….…………………………………… 11
6.1.1 SON MEXICANOS POR NACIMIENTO……………...………………………………… 11
6.2 MEXICANOS POR NATURALIZACIÓN…………………………………………………...12
6.3 DOBLE NACIONALIDAD…………………...……………………………………………… 14
INTRODUCCIÓN.
¿La nacionalidad por naturalización otorga los mismos derechos que a las personas por nacimiento? ¿La nacionalidad por naturalización beneficia a nuestro país? ¿Los sistemas facilitan para el otorgamiento de la nacionalidad?
El propósito de este trabajo de investigación es realizar un breve análisis de la forma en que se obtiene la nacionalidad, sin embargo para llegar a ellos es de vital importancia analizar los conceptos que define a la nacionalidad, de los cuales será nuestro punto de partida, puesto que este trabajo dará un recorrido sobre los conceptos de nacionalidad, los criterios, otorgamiento y sus nexos vinculantes.
Después de tomar cuenta el análisis, daremos un breve recorrido por la historia de México, específicamente sobre los decretos, leyes y constituciones que aportaron para la creación de un ordenamiento jurídico que pudiera regular la forma de adquirir la nacionalidad en México así como, quienes eran considerados como nacionales.
En el mismo sentido de ideas, se estudiará la constitución, ley y su reglamento vigente, que estos establecerán el fondo y forma para adquirir de la nacionalidad, asi como establecen la opción de otorgar la doble nacionalidad exclusivamente a los mexicanos por nacimiento y su perdida.
Así mismo, se analizara las diversas formas de comprobar la nacionalidad mexicana establecidas por la secretaria de relaciones exteriores a favor de los mexicanos por nacimiento o por naturalización, lo anterior tomando como referencia el cuadro que especifica a las personas que el estado mexicano se le ha otorgado la nacionalidad.
La finalidad de este trabajo es dar un enfoque teórico y practico que pueda dar respuesta a las preguntas plateas con antelación, estableciendo en nuestra investigación un método inductivo empezando de lo particular y llegando a lo general.
- CONCEPTO DE NACIONALIDAD.
El origen de nuestra investigación la encontramos en el derecho internacional privado, puesto que esté, le da vida y referencia a la nuestro tema central, por ello, es importante destacar el concepto de nacionalidad para el buen encaminamiento al tema a desarrollar.
La nacionalidad proviene de la palabra “nacional” que significa natío- onis: nación, raza, territorio y habitantes de un país.
La nacionalidad puede ser definida por Carlos Arellano García, como “la institución jurídica a través de la cual se relaciona una persona física o moral con el estado, en razón de pertenencia, por si sola, o en función de cosas, de una manera originaria o derivada.”[1],lo anterior, lo consideramos apropiado toda vez, que para formulación de un concepto adecuado debemos eliminar términos como enlace político o nexo político, puesto que esto se refiere principalmente a la ciudadanía y no así a la nacionalidad, así mismo señala que se debe especificar a la persona, como un ente física o moral.
Por otro lado, nos menciona niboyet, que “es el vínculo jurídico que liga a la persona con la nación a la que pertenece”.[2]
Tomando en esto en consideración podemos aludir que la nacionalidad es la relación jurídica que existe entre la persona y el estado, mediante el cual se consagran derechos y obligaciones.
- PRINCIPIOS DE LA NACIONALIDAD.
En la relación a los criterios para relacionar al estado y ala persona (física y moral), y con la finalidad de determinar la nacionalidad que le corresponden, se adoptaron en el instituto de Derecho Internacional, en Cambridge en el año de 1895, determinados principios jurídicos respecto a la nacionalidad, como lo son:
- Nadie debe carecer de nacionalidad.
- Nadie puede tener simultáneamente dos nacionalidad. Esta idea ha caído en desuso.
- Cada uno debe tener el derecho de cambiar de nacionalidad.
- La renuncia pura y simple a una nacionalidad no basta para perderla.
- La nacionalidad de origen no debe transmitirse indefinidamente de generación en generación establecida en el extranjero.[3]
Si todo individuo debe poseer una nacionalidad como lo menciona el instituto, debe ser lógico pensar que la nacionalidad se otorga por el solo hecho de nacer en un territorio determinado. Por ello, las reglas para determinar la nacionalidad de una persona por su nacimiento es preciso acudir a las nociones de ius sanguinis (derecho por descendencia) y ius soli (derecho a una nacionalidad por nacer en su territorio).
- FACULTAD DEL ESTADO.
Existen dos teorías que explican el vínculo de la nacionalidad:
- Teoría contractualista
- Teoría de acto unilateral del Estado.
La primera teoría se refiere a un contrato, en la que se establecen derechos y obligaciones para ambas partes, tanto para el estado así como la persona (física o moral). El estado manifiesta su voluntad de forma tácitacuando esta es otorgada por nacimiento o expresa cuando esta se manifiesta en un tratado o ley, mediante el cual el estado otorga la nacionalidad a solicitar la nacionalidad.
Con relación a la segunda teoría se señala que es una facultad del estado otorgar la nacionalidad de acuerdo a sus intereses sin que medie voluntad del particular.
Contreras Vaca, señala “sobre la teoría contractualista, puede explicar adecuadamente la nacionalidad por vía de solicitud, pero no la nacionalidad otorgada al momento del nacimiento, toda vez que es incorrecto considerar que el acuerdo de voluntades se perfeccione, en forma tácita, al momento que el individuo adquiere la mayoría de edad; y sobre la teoría unilateralista ésta es la más adecuada para explicar el fenómeno de la atribución de la nacionalidad tanto desde el momento del nacimiento, como con posterioridad al mismo”.[4]
- NEXOS VICULANTES.
Para el otorgamiento de la nacionalidad, no dependerá de las teorías en cita, sino depende de vínculos que el estado establezca para otorgamiento de la misma, por ello, se menciona que dependen de ius soli, ius sanguinis, ius optandi y el ius domicili.
El ius soli, que significa derecho de suelo, es decir, que la nacionalidad es adquirida por el lugar de nacimiento.
El ius sanguinis, o derecho de sangre, es aquel que se otorga la nacionalidad a través del vínculo consanguíneo, es esto por trasmitir la nacionalidad de los padres a los hijos.
El ius optandi, derecho de optar, es la facultad de la persona física de elegir la nacionlidad que desea adquirir, por el hecho de tener dos nacionalidades (ius soli o el ius sanguinis).
El ius domicili, derecho en razón del domicilio, es la forma de adquirir la nacionalidad por el solo hecho de radicar un tiempo determinado en un territorio. El estado con su facultad discrecional otorgara la nacionalidad.
- NACIONALIDAD EN MÉXICO.
Pascual Alberto Orozco G. define a la nacionalidad mexicana como“el vínculo jurídico que une a un mexicano con el Estado Mexicano, del cual se derivan un conjunto de derechos y obligaciones”.[5]
- FUNDAMENTOS LEGALES DE LA NACIONALIDAD EN MÉXICO.
Con las reformas a los artículos 30, 32 y 37 Constitucionales publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 20 de marzo de 1997, al igual que con la publicación de la Ley de Nacionalidad (que es la ley reglamentaria de la ley en cita) el día 23 de enero de 1998, los principios rectores en la materia de nacionalidad se modificaron radicalmente. Al respecto Laura Trigueros Gaisman asevera: “... los principios fundamentales que habían prevalecido en esta materia se han sustituido por sus contrarios. Tal es el caso del principio de nacionalidad única que es reemplazado por el de la múltiple nacionalidad; el de la pérdida de nacionalidad de origen que es sustituido por el de la nacionalidad permanente para los mexicanos por nacimiento...”[6]
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