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Obligacion Mancomunada


Enviado por   •  22 de Febrero de 2013  •  466 Palabras (2 Páginas)  •  723 Visitas

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OBLIGACIONES MANCOMUNADAS

Obligaciones mancomunadas, llamadas también parciarias aquellas que están constituidas por varios acreedores contra uno o varios deudores o viceversa con la particular que cada deudor especifico se libera de la obligación pagando la parte proporcional.

Cuando hay pluralidad de deudores o acreedores, tratándose de una misma obligación existe mancomunidad.(Art. 1489)

Además de la mancomunidad, habrá solidaridad activa, cuando dos o mas acreedores tienen derecho de exigir el cumplimiento total de la obligación y solidaridad pasiva cuando los deudores reportan la obligación de prestar, en su totalidad la prestación debida. (Art.1493)

* La causa fuente es el motivo por el cual se crea la obligación, puede ser por:

Un contrato: documento por el cual las partes se comprometen a cumplir con una determinada prestación.

Un cuasicontrato: documento similar a un contrato pero no origina un acuerdo de voluntades entre las partes.

Un delito: acto realizado con intención de dañar (dolo), por el cual la persona que lo cometa deberá responder por el y reparar los daños realizados.

Un cuasidelito: acto realizado con imprudencia y negligentemente (culpa), el cual pudo haberse evitado en caso de tomar las medidas precautorias necesarias. También quien lo cause tendrá la obligación de responder por el y por los daños y perjuicios cometidos.

La Ley: es causa de las obligaciones, ya que se impone a las partes, quienes tienen la obligación de respetarla.

*Las fuentes de las obligaciones son: La voluntad y ley

El pago hecho a uno de los acreedores extingue totalmente la deuda. (Art.1495)

Régimen jurídico de las obligaciones mancomunadas.

Sus principales caracteres son:

1. Pluralidad de sujetos.

2. Unidad del objeto o prestación con indeterminadas partes.

3. Existe una relación interna entre los acreedores o entre los deudores.

OBLIGACION SOLIDARIA

A diferencia de la obligación mancomunada existen además otro tipo de obligaciones, la mas importante de estas es la solidaria.

Al igual que ocurre en la mancomunidad, la solidaria puede darse tanto en la posición del acreedor como en la del deudor.

Cualquiera de los acreedores, podrá reclamar del deudor o de cualquiera de los deudores la integra prestación de la obligación, es a la que se le llama solidaridad activa.

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