Regimen De Las Personas
alejandra.0516 de Octubre de 2013
3.301 Palabras (14 Páginas)289 Visitas
REGIMEN DE LAS PERSONAS
Toda persona es hombre, pero no todo hombre es persona. El hombre es el que tiene mente racional en cuerpo humano, en tanto que persona, es el hombre considerado en su status, de modo que quien no tiene status no es persona; la razón hace que el hombre busque la verdad y diferencia entre lo bueno y lo malo, es decir la luz de la inteligencia.
En roma no todo hombre era persona, porque los esclavos por ejemplo no gozaban de este status, aun cuando el derecho natural si les reconocía el estado de hombres.
La palabra persona significaba en el sentido propio, la máscara de la cual se servían en escena los actores romanos para dar amplitud a su voz.
En otra significación más amplia, se entiende por persona, todo ser susceptible de derechos y obligaciones.
El status es una cualidad por la cual el hombre goza de diversos derechos o es la condición en que se encuentra un hombre en determinada situación; de aquí se puede afirmar que persona es el papel o personaje que el hombre está llamado a representar en la escena jurídica, la cualidad en virtud de la cual tiene ciertos derechos u obligaciones como por ejemplo el de ser padre o esposo.
En este sentido, hombre puede representar a un mismo tiempo distintas personas, dijéramos que es la máscara de la comedia o del drama con que el hombre tiene que realizar su función en la vida jurídica.
El hombre, considerado como persona, puede encontrarse en uno de estos dos estados:
a) ESTADO NATURAL: Al decir de Justiniano, el estado natural es aquel que tiene el hombre cuando ninguna norma lo rige, sino la sola conciencia, es decir, cuando se rige por sus propios actos y por sus propios principios.
b) ESTADO CIVIL: En tanto, el estado civil, es el que tiene la persona frente al derecho de la Civitas; desde ese punto de vista, encontramos el estado de la libertad o status libertátis, el estado de ciudadanía o status civitati, y el estado de familia o status familiae, en los cuales se puede encontrar un ciudadano romano.
Status libertátis - estado de libertad
Es la facultad natural que cada uno tiene de hacer lo que le plazca, a no ser que la fuerza o la ley se lo impida, y contraponiendo la libertad a la esclavitud, dice que la servidumbre es una institución de derecho de gentes que, contra lo que la naturaleza dicta, pone a un hombre en el dominio de otro.
La servidumbre “no es una institución del derecho natural sino una institución del derecho de gentes y también del derecho civil”
Entre los romanos toda persona que no sea esclava es libre. La libertad era el primer elemento del estado jurídico, el principio necesario de todos los derechos.
Ante el derecho civil, el esclavo no era una persona, se consideraba como muerto civilmente, nullun caput habet (carece de capacidad). Solamente el hombre libre podía tener la plenitud de los derechos, sobre todo, si había conservado la calidad de ingenuo; porque el libertino que al obtener la libertad adquiría un Estado, era de condición inferior a la del ingenuo. Solo los hombres libres podían tener estado de ciudadanía y de familia.
a) Los ingenuos o ingenitos. Es ingenuo el que desde el instante de su nacimiento es libre y que haya nacido del matrimonio de dos ingenuos, de dos libertinos o de un libertino y un ingenuo.
b) Los libertinos. Son los mismos manumitidos. Es decir, los que han sido libertados de una servidumbre conforme al derecho.
Justiniano dice: “son libertinos los que se han librado de una justa servidumbre, por medio de manumisión”
¿Cómo se llegaba a ser esclavo?
Se llegaba a ser esclavo en virtud de causas que se referían al derecho de gentes o al derecho civil.
a) Cautividad: fue esta la fuente originaria y más fecunda de la esclavitud; el cautivo debía caer prisionero en una guerra de nación a nación y se necesitaba una guerra legalmente declarada o justum bellum.
b) Nacimiento: se nacía libre o esclavo.
La condición jurídica de los esclavos podía ser considerada bajo este aspecto:
• con respecto al dueño en cuanto a persona y bienes. El esclavo era la cosa del dueño, quien disponía de el como quería, lo sometía a todos los trabajos, lo juzgaba y lo castigaba, ejercía sobre el derecho de vida y de muerte.
El esclavo no podía contraer matrimonio, no podía adquirir ni enajenar por cuanto no tenía un patrimonio propio a la manera de ser libre, el esclavo no podía ser sujeto activo ni pasivo de acciones judiciales, el esclavo era civilmente responsable por los delitos cometidos, pero como no podía comparecer en juicio, el amo podía indemnizar el daño o entregar el esclavo a la víctima.
¿Cómo terminaba la esclavitud?
La manumisión era el mecanismo por el cual el esclavo podía alcanzar la libertad, esto es por un acto de voluntad del amo, o por una causa reconocida por la ley.
Las manumisiones podían ser civiles y pretorianas.
a) Manumisiones civiles. Se daban en forma solemne:
• Censo: La manumisión por censo consistía en la inscripción del esclavo con el consentimiento del señor, en las listas del censo de los ciudadanos.
• Vindicta: La manumisión por vindicta se realizaba en sus comienzos ante el magistrado (cónsul, pretor o gobernador de provincia) y ante él, el dueño del esclavo (dominus) sosteniendo su cabeza, declaraba que quería que ese hombre fuera libre, liberándolo de su mano.
• Testamento: manumisión por testamento, que podía hacerse en forma directa o por fideicomiso, como un mandato al heredero o legatario de que manumitan al esclavo.
Status civitati - Estado de ciudadanía
Los hombres libres se dividían en ciudadanos y no ciudadanos.
Los ciudadanos tenían el derecho de votar en los comicios, el derecho a ocupar las magistraturas y dignidades del estado, derecho de contraer matrimonio y derecho de adquirir y enajenar por los medios del derecho civil.
¿Cómo se adquiría la ciudadanía romana?
• Por el nacimiento
• Cuando había justas nupcias entre el padre y la madre, el hijo seguía la condición que tuviera su padre el día de la concepción.
• Por la concesión del derecho de ciudadanía hecha por el pueblo, el magistrado o el emperador.
• Por los modos propios concebidos a los latinos junianos y a los latinos propiamente dichos.
¿Cómo se perdía la ciudadanía romana?
• Por la expatriación, cuando se establecía en una ciudad extranjera.
• Por la deportación a una isla sometida a la dominación romana, o por condenársele a los trabajos públicos y perpetuos.
Los no ciudadanos, no tenían la calidad privilegiada de ciudadanos estaban excluidos de las prerrogativas del ius civitatis. Se clasificaban en peregrinos y latinos estaban sujetos al derecho común y no al civil.
Los peregrinos. El peregrino era pues aquel que se vinculaba a roma como súbdito (provincialis) o como aliado independiente (socius), y que no había recibido el título de ciudadano romano.
Los latinos. Los latinos ocupaban un puesto intermedio entre los romanos y los peregrinos, y a su vez se dividían en tres latini veteres, latini coloniari y latini iuniani.
Latini veteres. El lacio se componía de muchas ciudades, que formaban una reunión poderosa, cuya capital era Alba. Después de la desaparición de esta ciudad quedaron sujetos al poder de roma.
Latini coloniari. Los latinos colonos no tenían en roma ni los derechos políticos ni el jus connubii, solo disfrutaban el jus commercii, pero podía llegar a la ciudadanía romana.
Latini iuniani. Eran cierta clase de libertos.
Status familiae – estado de familia
Concepto de familia:
Familia es el conjunto de personas unidas entre sí por lazos de matrimonio del parentesco, ya sea este de consanguineidad o de afinidad, aunque propiamente la palabra familia indica más bien el conjunto de personas unidas por los vínculos de la sangre.
En relación con la actualidad está regulado por el artículo 42 de la constitución política. La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla.
El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia. La ley podrá determinar el patrimonio familiar inalienable e inembargable.
La honra, la dignidad y la intimidad de la familia son inviolables.
Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes de la pareja y en el respeto recíproco entre todos sus integrantes.
Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad, y será sancionada conforme a la ley.
Los hijos habidos en el matrimonio o fuera de él, adoptados o procreados naturalmente o con asistencia científica, tienen iguales derechos y deberes. La ley reglamentará la progenitura responsable.
La pareja tiene derecho a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos, y deberá sostenerlos y educarlos mientras sean menores o impedidos.
Las formas del matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los deberes y derechos de los cónyuges, su separación y la disolución del vínculo, se rigen por la ley civil.
Los matrimonios religiosos tendrán efectos civiles en los términos que establezca la ley.
Los efectos civiles de todo matrimonio cesarán por divorcio con arreglo a la ley civil.
También tendrán efectos civiles las sentencias
...