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Surgimiento Y Evolución Del Municipio Mexicano

gomezlord18 de Enero de 2014

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SURGIMIENTO Y EVOLUCIÓN DEL MUNICIPIO ROMANO.

El municipio tiene sus orígenes desde la época clásica griega y en Roma Cicerón lo definía como ¨ (…) una sociedad que se gobernaba por sus leyes y costumbres y gozaba de la vecindad romana. Cicerón.

Al expandirse Roma debido a las guerras, fue conquistando, anexando e incorporando territorios bajo su dominio, convirtiéndose en dueña de la cuenca mediterránea. Su estructura hegemónica se llevó a cabo bajo un sistema de alianzas y de situaciones de dependencia de carácter muy diverso, dentro y fuera de la península .

Los pueblos que combatieron contra los ejércitos romanos sufrían como castigo la pérdida total o parcial de su territorio, quedando reducidos a una situación precaria y miserable en el orden político, en cambio los que se habían mostrado propicios a soportar el yugo romano, se les concedía cierta autonomía en su gobierno interior, o eran asimilados en virtud de privilegios y exenciones a las ciudades romanas, de allí que en la República y en los primeros tiempos del Imperio surgieron entre las ciudades provinciales distintos tipos, según su condición jurídica, denominadas: estipendarias, libres, inmunes y confederadas, colonias romanas, colonias latinas y municipios .

El municipio es la comunidad humana que paulatinamente fue incorporándose a Roma durante la República y que en virtud de su conquista o de un tratado de alianza con los romanos perdió su anterior condición de soberana, aunque conservando una autonomía más o menos amplia según la concesión o el tratado suscripto con ésta y que precisamente debido a esta última circunstancia fue de distinto tipo . También se considera al municipio como una comunidad a la que se le extendió la ciudadanía romana, y que conservó de su anterior status civitas soberana una mayor o menor autonomía administrativa , debido a que se le respetaron sus costumbres, sus leyes, la organización del culto, el nombramiento de sacerdotes y todo asunto relacionado a lo sacro, la explotación de los bienes de la comunidad y la administración del patrimonio. Por lo tanto se puede decir que gozaba de atribuciones de carácter administrativo, financiero, religioso, etc.

A pesar de esta autonomía Roma imponía a dichas agrupaciones ciertos servicios y prestaciones , les cobraba tributo y además se encargaba de fiscalizar, inspeccionar y vigilar el funcionamiento del gobierno municipal por medio de autoridades romanas.

Existían diversos tipos de municipios, éstos eran: los optimo iure y los sine suffragio. Algunos autores dividen a éstos últimos en municipes caerites y municipes aerarii orstipendiarae .

Los municipios optimo iure son las comunidades que dejaron de ser independientes, a sus miembros les fue otorgada la plena ciudadanía romana y conservaron sus magistrados, órganos, jurisdicción y leyes. Los municipio sine sufragio en cambio, eran aquellos en que sus habitantes carecían del ius suffragii, en sentido activo y pasivo, ya que no podían elegir ni ser elegidos para las magistraturas romanas. La comunidad etrusca de Caere fue el primer municipio sine suffragio, fue honrado con el título de ciudad romana, con exención de toda carga , y Tusculo en el 381 a. C. fue el primer municipio optimo iure incorporado plenamente a la órbita romana. Aunque estos municipios poseían distinto carácter, ambos permanecían obligados a los munera respecto a Roma, especialmente tributarios y militares .

La conformación de los municipios no era ni uniforme, ni homogénea, sino que existía una gran variedad municipal, esto se debía a dos razones, la primera era referente a la diversa índole de los tratados que habían firmado estas comunidades con Roma de ello se desprende la falta de uniformidad y la segunda razón depende de la organización debido al lugar donde estaban ubicados y extensión de los mismos, de allí surge la carencia de homogeneidad.

La función de los mismos era administrar justicia, proteger y escuchar las quejas de las personas que residían en ellos, atendiendo los asuntos locales tratando de satisfacer las necesidades humanas y promoviendo el bien de la comunidad, defendiendo sus intereses y derechos.

En todos los municipios romanos había Asambleas populares que se denominaban según la división que les servía de base, comitia tributa o comitia curiata; durante la República éstas se reunieron para la elección de los magistrados, así como para legislar y tomar todo linaje de acuerdos, pero en el período del Imperio, la elección de dichos magistrados le correspondía al Senado y no se elegían de entre el pueblo sino entre los decuriones que eran los miembros del Consejo Municipal, especie de asamblea consultiva, deliberante y legislativa cuyas decisiones eran obligatorias para los magistrados .

Los municipios tuvieron un rol preponderante en la historia política del mundo. Pueblos y municipios libres se complementan; aún significan una dualidad social y política.

El Imperio romano debió la prolongación de su vida y conservación de fuerzas, a la buena organización de los municipios, hasta que también fueron víctimas de las usurpaciones y excesivas contribuciones, con que las ciudades fueron oprimidas por los Emperadores, desde Constantino y sus sucesores. La centralización del gobierno comenzó a ahogar su esfera de acción, restringiendo la jurisdicción de los magistrados municipales pasándola a los pretores romanos .

Roma propició en todas partes el régimen municipal , pero éste decayó a fines del Imperio por la corrupción de los funcionarios y el centralismo estatal, sólo subsistieron en su forma pero no en su espíritu.

Los municipios romanos recobraron su autonomía local y sus costumbres con los bárbaros .

Sólo quedó un municipio soberano Roma que reinó sobre los demás, que tenían sólo existencia civil; el régimen municipal cambió de carácter y en lugar de ser un gobierno político se convirtió en una especie de administración .

La diferencia existente entre los municipios romanos y los griegos fue que en

los primeros estaban sometidos al poder de Roma, por el contrario en Grecia, eran pequeñas ciudades independientes de la ciudad estado o Polis.

HISTORIA DEL MUNICIPIO MEXICANO

Época prehispánica

Los antecedentes del municipio en la cultura mexica los encontramos en los calpullis, cuyo gobierno estaba formado por el consejo de ancianos.

El calpulli era una organización social y territorial autosuficiente, las familias integrantes producían bienes necesarios y suficientes para su subsistencia.1

La conquista de México y época colonia

La colonización en América se justificó jurídicamente a través de la institución municipal.

Con la fundación del primer ayuntamiento, instalado en la Villa Rica de la Veracruz el 22 de abril de 1519, se dio el primer paso a la organización de este cuerpo político y jurídico en el Continente Americano.

En un principio se realizo la división, por medio de los señoríos ya existentes y en las extensiones territoriales donde no existía tal división, la milicia se encargaba de ello por medio de las capitulaciones reales, es decir por contratos realizados por la corona. Más tarde la división territorial se organizo en provincias, que se conformaban por pueblos, los que debían tener una cabecera llamada alcaldía mayor, siendo obligatorio establecer un cabildo o concejo municipal.

1.Gobernacion, S. d. (22 de octubre de 2013). Obtenido de www.e-local.com.mx: http://www.e-local.gob.mx/wb/ELOCAL/ELOC_Historia_del_municipio_mexicano2

Además tenían facultad en materia penal (aprehender a los delincuentes y consignarlos).

Las funciones de los cabildos de españoles consistían en: Ejecución de justicia; los alcaldes ordinarios abocados a la administración; los regidores a las obras públicas.

El ayuntamiento era la autoridad competente para reglamentar las actividades de los trabajadores artesanales.

El municipio que se trasplanta de España recoge 3 corrientes que son : la visigótica, con el concilium; la romana con el régimen edilicio; y la árabe con la figura del alcalde.

La Constitución de Cádiz

Su conformación y realización fue promovida por el sector liberal español, constituyendo una fase relevante de la evolución jurídica y política del ayuntamiento, tratando de restaurar y transformar el régimen local, tanto en la península como en las colonias españolas. Se establece en esta constitución la organización de los municipios, consolidando la institución como instancia básica del gobierno, así como su organización territorial y poblacional.

La Constitución de Cádiz fue promulgada el 19 de marzo de 1812, en España; y el 30 de septiembre del mismo año, en la Nueva España.

Con la cual se estableció la organización de los municipios, se consolidó la institución de los mismos como instancia básica de gobierno, así como una organización territorial y poblacional, dando fin a las regidurías perpetuas, y promoviendo ese tipo de representación donde no la hubiera.

Respecto al ayuntamiento establecía:

a) El ayuntamiento se integraba por: alcalde o alcaldes, regidores, un procurador síndico, presididos por el jefe político o el prefecto donde lo hubiese, que era el representante del gobierno central en el departamento o partido.

b) Atribuciones del ayuntamiento: administrar en áreas de salubridad, orden público, instrucción primaria, beneficencia, obras públicas, cárceles

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