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Tema Historia


Enviado por   •  1 de Octubre de 2014  •  1.934 Palabras (8 Páginas)  •  444 Visitas

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INTRODUCCION

En este trabajo se plasma los conocimiento de la investigación, basados en la historia del derecho del como se ha desarrollado técnicamente desde los comienzos de las primeras civilización en nuestro territorio Mexicano. Una de las etapas importantes para México es la Independencia cuyo evento histórico aun se encuentran en nuestras costumbres mexicanas para asi recordar nuestra independencia en el cual veremos en el tema TRANSICION HACIA LA INDEPENDENCIA.

Asi posteriormente plasmamos la problemática y la lucha por el poder de SANTANISMO, describimos la trascendencia del DERECHO EN EL LIBERALISMO. En detalle la formación del derecho en el tema de la época JURISTA, cuyo renombre de Juárez es recordado en toda la nación. De igual manera el periodo tal vez mas critico por la historia de Mexico junto con su derecho, también debemos de reconocer que en mucho de ese derecho da pauta a muchas normas que hoy en dia las seguimos teniendo pero ahora ya modificado.

DERECHO PRECORTE

DERECHO OLMECA

IX y I a.c. poco y vago se sabe de los aspecos jurídicos de la cultura, la figura femenina no figuraba un estatus importante dentro de la sociedad,pero era cierto que para construir sus esculturas motivaron la existencia de los esclavos sometia a una elite

DERECHO MAYA

IV y X d.c. el sector del maya que mejor conocemos por las descripciones de los primeros observadores españoles es el derecho del nuevo imperio. En cada ciudad-estado gobernaba un halah uinic con la ayuda de un consejo de nobles y sacerdotes dirigida por la política interior y exterior del estado además podría nombrar a los bataboob, administradores y jueces con funciones militares religiosas.

DERECHO CHICHIMECA

Esta cultura se desarrollo en el noroeste del país de nuestro actual territorio mexicano, su organización política era rudimentario las cuales vivian dispersos en pequeños grupos de recolectores de tunas y vainas de mezquite o también dedicados a una agricultura primitiva, ellos en cada grupo tenían un líder hereditario. La organización con la familia llamada atención el sistema de la residencia matriarcal el hogar se forma alrededor de la madre. Los sacerdotes faltaban entre las clases sociales aunque la existencia del luto indicaba que hubo cuando menos rudimentos de una vida religiosa.

DERECHO AZTECA

X al XV su poder radico en gran parte del centro del país y se caracterizaba por ser guerreros y conquistadores, es gracias a eso que alcanzaron gran poder militar y administrativo en todas las regiones en que ellos dominaban. Su derecho se manifestó en la costumbre sin embargo la inclinación habitual de la gran masa indígena ante el poder de los miembros de la elite creo gran incertidumbre para la posición jurídica de los humildes. En su sistema familiar el matrimonio fue potencialmente polígamico , el divorcio era posible con la intervención de la autoridad en algunas de las causas como son: incompatibilidad, incumplimiento económico, esterilidad etc. El cónyuge culpable tenia que dar la mitad de sus vienes y los hijos se quedaban con el padre y las hijas con la madre.

SUPERVIVENCIA DEL DERECHO PRECORTESIANO

En algunas regiones de México han sentido poco la influencia de nueva civilización traída por los españoles ya como los indios de la sierra alta de Chiapas, en Quintana Roo algunas regiones remotas de Yucatan etc. Podemos encontrar practicas jurídicas cuya base se buscaría en balde en la legislación de las entidades en cuestión. El derecho precortesiano sobrevive no al margen de las legislaciones oficiales si no incorporado a ella. Tratándose de este punto se debe tener cuidado de no considerar cualquier confidencia entre el derecho moderno y el precortesiano como producto de la filiación entre ambos sistemas muchas figuras del derecho nacen del sentido común en idénticas necesidades sociales y no indicar que el sistema nuevo sea una promulgación de lo anterior. Aunque la corona española no quiso eliminar todo el derechos precortesiano y autorizo la continuación de la vigencia de las costumbre que fueran compatibles con los intereses de la corona y cristianismo.

DERECHO HISPANICO

Desde el siglo XII hasta el comienzo del XIX el derecho romano tuvo que imponerse al tradicionalismo de los campesinos y de las clases feudales, encontró cierto apoyo en frecuencia alianza con el derecho canónico. Este había recibido mas consitencia por la elaboración del decreto de Graciano, y mas tarde por las decretas como una de las obras importantes bases jurídicas de la iglesia y como la iglesia acepto el derecho romano como derecho supletorio, esta alianza de los dos derechos logro cambiar el tono del sistema jurídico español de la edad media . las siete partidas fueron propuestas originariamente como una legislación modelo en la que los juristas y legisladores españoles podían inspirarse para sus innovaciones o interpretaciones pero un siglo después bajo el régimen del bisnieto de Alfonso el sabio alcanzaron oficialmente en castilla la categoría de derecho supletorio mediante el ordenamiento de Alcalá. Otras importantes legislaciones hispánicas de la edad media era el mencionado Ordenamiento de Alcala de Hernares(1348). El hecho de la continua utilización de derecho romano, a pesar de la prohibición de 1505 fue reconocido por una norma expedida en 1713 por el consejo de castilla que cuando menos intenta el papel del derecho romano al de ser derecho supletorio.

La constitución de Cádiz en estas cortes trabajaron distinguidos delegados mexicanos acostumbrándose ala practica parlamentaria que luego iniciaría en el México independiente e imbuyéndose de argumentos acerca de la libertad del comercio, la separación de la iglesia y del Estado, etc. , que mas tarde jugaría un importante papel en la vida constitucional mexicana, pero en otro punto esta constitución de Cádiz era importante pero Fernando VII, la derogo y solo tuvo vigor casi tres años. En 1820 la revolución liberal contra el régimen de Fernando VII obligo al monarca readmitir la constitución

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