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Tratados Entre Peru Y Chile

alvaradochacon1 de Agosto de 2013

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“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria”

ETS PNP YUNGAY

Seguridad penitenciaria

Tratados que fueron realizados entre Perú y chile

 Alumno pnp: guevara perez kevin jhonatan

Fecha: 15/08/13

Agradecimiento

El agradecimiento va para mi madre; quien día a día se sacrifico para yo pudiera salir adelante, a mi catedrático; quien nos inculco los conocimientos necesarios realizados en la materia, a las distintas personas que siempre contribuyen con el desarrollo de la educación.

Dedicatoria

A dios porque gracias a el es que pude llegar a realizar las diferentes metas propuestas

A mi madre que es la mujer que mas amo quien siempre da todo de si para que sus hijos salgan adelante

Resumen

Me lleva a redactar , Con el fin de desarrollar y dar a conocer de una forma detallada los diferentes tratados que existen entre los países vecinos de Perú y chile en los cuales se definieron muchos puntos importantes para el desarrollo de ambos países y q los pongo a conocimiento de cualquier lector interesado en el tema.

CONTENIDOS

Portada………………………………………………………Pg. i

Carátula…………………………………………..................Pg. iii

Agradecimiento……………………………………………..Pg. iv

Dedicatoria………………………………………………….Pg. v

Resumen……………………………………………………Pg. vi

Introducción………………………………………………..Pg.vii

Capitulo – I : Tratados suscritos entre Chile y Perú

1 Tratado de ancon ( art1,art2,art3….)………………….pg 10

2 Tratado y Protocolo Complementario para Resolver la Cuestión de Tacna y Arica……………………………………………….…pg 12

2.1 protocolo complementario..…………………………………...pg 15

3 declaracion sobre zona marítima……………………………………………….pg 16

3.1 Considerando……………………………………pg16

3.2 Declaración………………………………….....pg16

4 convenio sobre zona especial fronteriza …….……….pg 18

4.1considerando…………………………………..…..pg 19

4.2 convienen……………………………………….pg 19

 primero………………………………..……...pg19

 segundo…………………………………........pg19

 tercero..…………………………………...….pg20

 cuarto………..……………………………….pg20

4.3 en fe de locual……………………………………pg20

4.4 aclaracion sopbre las disposiciones de los combeños ………………………………………………………………pg20

4.5 en fe de lo cual………………..…………………..pg21

4.6 gratificaciones……………………………………..pg21

 ecuador……………………………………pg21

 chile………………………………………..pg21

 peru…………………………..……………pg21

5 tratado de lima……………………………………….pg21

Tratados suscritos entre Chile y Perú

1. Tratado de Ancón

20 de Octubre de 1883

La República de Chile por una parte; y de la otra, la República del Perú, deseando restablecer las relaciones de amistad entre ambos países, han determinado celebrar un tratado de paz y amistad, y al efecto han nombrado y constituido por sus plenipotenciarios a saber: S.E. el Presidente de la República de Chile, a don Jovino Novoa; y S.E. el Presidente de la República del Perú, a don José Antonio de Lavalle, Ministros de Relaciones Exteriores, y don Mariano Castro Zaldívar; quienes, después de haberse comunicado sus plenos poderes y de haberlos hallado en buena y debida forma, han convenido en los artículos siguientes:

Articulo 1º: Restablécense las relaciones de paz y amistad entre las repúblicas de Chile y Perú.

Artículo 2º: La República del Perú cede a la Republica de Chile, perpetua e incondicionalmente, el territorio de la provincia litoral de Tarapacá, cuyos límites son: por el norte, la quebrada y río de Camarones; por el sur, la quebrada y río de Loa; por el oriente, la República de Bolivia; y por el poniente el mar Pacífico.

Artículo 3º: El territorio de las provincias de Tacna y Arica, que limitan por el norte con el río Sama, desde su nacimiento en las cordilleras limítrofes con Bolivia hasta su desembocadura en el mar; por el sur, con la quebrada y río de Camarones; por el oriente, con la República de Bolivia; y por el poniente con el mar Pacífico, continuará poseído por Chile y sujeto a la legislación y autoridades chilenas durante el término de diez años, contado desde que se ratifique el presente tratado de paz. Expirando este plazo, un plebiscito decidirá, con votación popular, si el territorio de las provincias referidas queda definitivamente del dominio y soberanía de Chile, o si continúa siendo parte del territorio peruano. Aquel de los dos países a cuyo favor queden anexadas las provincias de Tacna y Arica, pagará al otro diez millones de pesos moneda chilena de plata o soles peruanos de igual ley y peso de aquella.

Un protocolo especial que se considerará como parte integrante del presente tratado, establecerá la forma en que el plebiscito debe tener lugar y los términos y plazos en que hayan de pagarse los diez millones por el país que quede dueño de las provincias de Tacna y Arica.

Artículo 4º: En conformidad a lo dispuesto en el supremo decreto de 9 de febrero de 1882, por el cual el gobierno de Chile ordenó la venta de un millón de toneladas de guano, el producto líquido de esta sustancia, deducidos los gastos y demás desembolsos a que se refiere el artículo 13 de dicho decreto, se distribuirá por partes iguales entre el gobierno de Chile y los acreedores del Perú cuyos títulos de crédito aparecieren sustentados con la garantía del guano.

Terminada la venta del millón de toneladas a que se refiere el inciso anterior, el gobierno de Chile continuará entregando a los acreedores peruanos el cincuenta por ciento del producto líquido del guano tal como lo establece el artículo 13, hasta que se extinga la deuda o se agoten las covaderas en actual explotación.

Los productos de las covaderas o yacimientos que se descubran en lo futuro en los territorios cedidos, pertenecerán exclusivamente al gobierno de Chile.

Artículo 5º: Si se descubren en los territorios que quedan en dominio del Perú, covaderas o yacimientos de guano, a fin de evitar que los gobiernos de Chile y del Perú se hagan competencia en la venta de esta sustancia, se determinara previamente por ambos gobiernos de común acuerdo, la proporción y condiciones a que cada uno de ellos deba sujetarse en la enajenación de dicho abono.

Lo estipulado en el inciso precedente regirá asimismo con las existencias de guano ya descubiertas que puedan quedar en las islas de Lobos, cuando llegue el evento de entregarse esas islas al gobierno del Perú, en conformidad a lo establecido en la cláusula 9 del presente tratado.

Artículo 6º: Los acreedores peruanos a quienes se concede el beneficio a que se refiere el artículo 4º deberán someterse, para la calificación de sus títulos y demás procedimientos, a las reglas fijadas en el supremo decreto de 9 de febrero de 1882.

Artículo 7º: La obligación que el gobierno de Chile acepta, según el artículo 4º, de entregar el cincuenta por ciento del producto líquido del guano de las covaderas de actual explotación se hiciere en conformidad al tratado existente, sobre venta de un millón de toneladas, sea que ellas se verifiquen en virtud de otro contrato o por cuenta propia del gobierno de Chile.

Articulo 8º: Fuera de las declaraciones consignadas en los artículos precedentes y de las obligaciones que el gobierno de Chile tiene espontáneamente aceptadas en el supremo decreto de 28 de marzo de 1882, que reglamentó la propiedad salitrera de Tarapacá, el expresado gobierno de Chile no reconoce créditos de ninguna clase que afecten a los nuevos territorios que adquiere por el presente tratado, cualquiera sea su naturaleza y procedencia.

Artículo

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