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Trayecto inicial – PNF Historia.


Enviado por   •  14 de Febrero de 2018  •  Ensayos  •  1.242 Palabras (5 Páginas)  •  147 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela.

Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria.

Universidad Nacional Experimental de las Artes.

Trayecto inicial – PNF Historia.

Proyecto Nacional y Nueva Ciudadanía.

Noción de Ciudadano y Ciudadanía en las constituciones

de 1811, 1821 y 1830.

Caracas, Noviembre del 2017

Desde los inicios de la República Bolivariana de Venezuela y de la sociedad misma han

existido debates, discusiones e incluso discriminaciones acerca de que personas son

consideradas ciudadanas de un país, y ¿quienes tienen el derecho derecho de ejercer dicha

ciudadanía?, como sujetos activos dentro de la política de un determinado país, la definición

de ciudadanía es bastante simple “ Ciudadanía significa el conjunto de derechos y deberes por

los cuales el ciudadano o individuo está sujeto en su relación con la sociedad en que vive. El

término ciudadanía proviene del latín civitas, que significa ciudad. Por tanto, ciudadanía es la

condición que se otorga al ciudadano de ser miembro de una comunidad organizada”, este es

un concepto de la actualidad,el cual a pasado por varias transformaciones, pero, ¿Qué

significado tenía esta palabra en 1811, 1821 o 1830? , La constitución de 1811, aunque no

nos indica un concepto preciso, establece en el artículo 26; “todo hombre libre tendrá derecho

de sufragio en las congregaciones Parroquiales, si á esta calidad añade la de ser ciudadano de

Venezuela residente en la Parroquia o pueblo donde sufraga: si fuere mayor de veintiún años,

siendo, soltero, ó menor siendo casado, y velado, y si poseyere un caudal libre del valor de

seiscientos pesos,…, o si tuviere grado, ú aprobación pública en una ciencia, o arte liberal, o

mecánica: o si fuere propietario, arrendador de tierras, para sementeras, o ganado con tal que

sus productos sean los asignados para los respectivos casos de soltero ú casado”, dentro de

este artículo hay dos requisitos básicos que resaltar, el primero, “Todo hombre libre tendrá

derecho de sufragio”, solo con estos dos automáticamente se excluyen de esta facultad a las

mujeres, los esclavos y a los indígenas, puesto esto no se consideraban aptos para ejercer tal

derecho, y en el caso de los esclavos que ni siquiera eran considerados sujetos de derecho, el

segundo sería cuando el legislador nos indica que la persona debía poseer un determinado

patrimonio expresado en cantidades y bienes inmuebles muy específicos, el contenido

mínimo de este patrimonio aunque variaba de acuerdo a la condición civil de dicha

persona,es decir, si la misma estaba casada o soltera, si era estudiado o un arrendador, etc; de

manera que solo una parte privilegiada de la esta sociedad tenía poseía tal derecho, de manera

que para ejercer la soberanía, la cual supone debe ser ejercida por todos los miembros

capaces de la sociedad, quedó limitada en su ejercicio a solo una mínima cantidad de

personas, ya fuese participando como candidato o por ejercer el derecho al voto,

Esta constitución fue la primera de Venezuela, razón por la cual tiene sus pros y sus contras,

la misma no tiene una un concepto en si mismo acerca de quienes son ciudadanos dentro de

la República, pero si establece algunos principios fundamentales para el desarrollo de este

concepto en la legislación venezolana.

La Constitución de 1821, o la Constitución de Cúcuta, está constitución representó un avance

en diferentes aspectos sociales, pero con respecto a la ciudadanía, el legislador establece un

concepto bastante preciso acerca de ¿quienes son ciudadanos de la nación?, la Constitución

de Cúcuta no señala en sí misma a Venezuela, ya que en 1821 se establece la nación conocida

como la Gran Colombia, la cual seria la formación de un solo país integrado por, Nueva

Granada (hoy Colombia), Venezuela, Ecuador y Panamá, el mismo se disolvería más tarde en

1830, razón por la cual, en lugar de encontrar a los integrantes del país como venezolanos, se

les denomina como Colombianos; esta constitución nos indica primero, quienes son

considerados “colombianos”, en esta constitución todavía no existe un concepto preciso de

ciudadanía, pero sin embargo el legislador indica “Son colombianos: primero:

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