APRENDIZAJE N2 -ULADECH CICLO II
FCORAZONG2 de Febrero de 2014
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1. ELABORE UN CUADRO SINÓPTICO SOBRE EL DERECHO A LA VIDA, COMO ANALISIS DESDE VARIOS ASPECTOS.
2. ELABORE UN MAPA CONCEPTUAL SOBRE LOS ATRIBUTOS DE LA PERSONA.
3. ELABORE UN CUADRO SINÓPTICO SOBRE LA NATURALEZA JURIDICA DEL NOMBRE
4. DEFINA UD. EL DOMICILIO REAL Y LEGAL, SEGÚN EL TEXTO BASE Y OTROS.
DOMICILIO REAL.
Es fijado por la ley como asiento jurídico de las persona, tomado en cuenta para su determinación el lugar de la residencia efectiva de ella.
Es el que tiene vigencia cuando no se presenta alguno de los casos donde opere la presunción legal. Es el que tenemos regulado en el art. 33 C.C. ("residencia habitual de la personas en un lugar").
A diferencia de otros sistemas Jurídicos (como el argentino. español o brasileño), dentro del sistema nacional que se constituya el domicilio real, sólo basta el elemento objetivo, de residir efectivamente en un lugar determinado y no se requiere del elemento subjetivo del animus manendi.
El domicilio real es el lugar donde se reside con el propósito de establecerse en éste, bien sea por una declaración expresa unida a la residencia habitual, o por la presunción de tal propósito cuando se reside por un tiempo determinado, establecido previamente por ley.
Se llama también de hecho, para distinguirlo del domicilio legal o de derecho, se llama real para distinguirlo del convencional.
DOMICILIO LEGAL.
Es el domicilio que determina la ley como asiento jurídico de la persona, tomando en cuenta para su determinación de las funciones que desempeñan o la situación de dependencia en que se encuentra o por que considera que necesariamente ha de estar en ese lugar que es su residencia forzosa.
Es el que fija la ley en función de presunciones basadas en el estado civil de la persona, su condición, o en el cargo que desempeña, Es el caso del art. 37 del Código Civil, el cual establece que "los Incapaces tienen por domicilio el de sus representantes legales". El del art. 41 del Código Civil. ("a la persona que no tiene residencia habitual se le considera domiciliada en el lugar donde se encuentre") o el del funcionario público (según el art. 38 del Código Civil, es "el lugar donde ejercen sus funciones.
5. ELABORE UN RESUMEN SOBRE LOS TEMAS DEL TEXTO: ASOCIACION, FUNDACION Y COMITÉ.
1. ASOCIACIÓN: Un elemento indispensable del derecho de asociación (lo que en doctrina se conoce como contenido esencial de los derechos fundamentales) lo constituye el derecho de auto organización que posee la asociación civil. Este derecho de auto organización le permite a todas las asociaciones organizarse de la manera más conveniente a sus intereses con el objeto de lograr sus fines sociales. Así se determinarán, en primer lugar, los objetivos que la asociación pretende alcanzar, los mecanismos de ingreso de futuros asociados, la distribución de cargos y responsabilidades y las sanciones que se puedan imponer a los asociados que incumplan con sus deberes pudiendo, inclusive, estipular la sanción de expulsión de un asociado por las causales que considere pertinentes, siempre y cuando éstas no violen, en sí mismas, otros derechos constitucionales.
Por ello, las personas jurídicas son instrumentos de organización de la sociedad. Aquí es donde interviene el Código Civil, que regula aquellas figuras que son idóneas para realizar actividades no lucrativas.
2. FUNDACIÓN: La fundación es una organización no lucrativa instituida mediante la afectación de uno o más bienes para la realización de objetivos de carácter religioso, asistencial, cultural u otros de interés social.
Como es fácil deducir, el que se introduzca un elemento indeterminado
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