Actividad 1.1 Derecho Empresarial
mapradom1509198312 de Febrero de 2014
977 Palabras (4 Páginas)602 Visitas
Guatemala en su forma de gobierno es un Estado libre, independiente y soberano, organizado para garantizar a sus habitantes el goce de sus derechos y de sus libertades. Su sistema de Gobierno es republicano, democrático y representativo. Guatemala es una República porque tiene una forma de gobierno representativa. Esto quiere decir que las autoridades gobiernan un determinado tiempo en nombre del pueblo al que representan. Por ejemplo, el Presidente y Vicepresidente representan a toda la población del país. Los diputados a la población del departamento o distrito del que provengan y los alcaldes a la población de los municipios a que representan. El sistema de gobierno es democrático porque es el pueblo quien elige libremente a sus representantes para gobernar. Las labores del gobierno se realizan a través de tres organismos o poderes. Cada uno de ellos tiene sus propias responsabilidades y es independiente de los otros. Estos son: el organismo Ejecutivo, el organismo Legislativo y el organismo Judicial. El Estado ejerce plena soberanía, sobre:
a) El territorio nacional integrado por su suelo, subsuelo, aguas interiores, el mar territorial en la extensión que fija la ley y el espacio aéreo que se extiende sobre los mismos;
b) La zona contigua del mar adyacente al mar territorial, para el ejercicio de determinadas actividades reconocidas por el derecho internacional;
c) Los recursos naturales y vivos del lecho y subsuelo marinos y los existentes en las aguas adyacentes a las costas fuera del mar territorial, que constituyen la zona económica exclusiva, en la extensión que fija la ley, conforme la práctica internacional.
El idioma oficial de Guatemala es el español. Las lenguas vernáculas, forman parte del patrimonio cultural de la Nación. Existen muchas en nuestro país.
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL ESTADO
CAPÍTULO I
RÉGIMEN POLÍTICO ELECTORAL
Libertad de formación y funcionamiento de las organizaciones políticas. El Estado garantiza la libre formación y funcionamiento de las organizaciones políticas y sólo tendrán las limitaciones que esta Constitución y la ley determinen.
Todo lo relativo al ejercicio del sufragio, los derechos políticos, organizaciones políticas, autoridades y órganos electorales y proceso electoral, será regulado por la ley constitucional de la materia.
Una vez hecha la convocatoria a elecciones, queda prohibido al Presidente de la República, a los funcionarios de Organismo Ejecutivo, a los alcaldes y a los funcionarios municipales hacer propaganda respecto de las obras y actividades realizadas.
RÉGIMEN ADMINISTRATIVO
Artículo 223.- Libertad de formación y funcionamiento de las organizaciones políticas.
En este articulo la mayor parte es tener conocimiento de las disposiciones legales que ahora objetan en pleno proceso electoral preestablecido, pretendiendo que se les reconozca un trato de privilegio frente a aquellos otros partidos que en condiciones de igualdad fueron sujetos de su aplicación y que tendería a distorsionar los medios de la selecciones generales ya preestablecidos en la sentencia apelada se hace eco del concepto que de los partidos políticos se tiene en el estado moderno, puesto que es efectivo que la postulación a determinados cargos (Presidencia y Vicepresidencia de la República y diputados) se hace de manera exclusiva por intermedio de tales organizaciones de Derecho público, y por éstas o por los comités cívicos electorales para otros.
Artículo 224.- División administrativa.
Es decir, que no se necesita regulación legal ordinaria para que cobre efectividad inmediata. La República se divide en Departamentos y Municipios, en el artículo indicaque la administración que será descentralizada y se establecerán regiones de desarrollo con criterios económicos, sociales y culturales
...