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CONFLICTO DE TRABAJO


Enviado por   •  6 de Mayo de 2014  •  3.476 Palabras (14 Páginas)  •  412 Visitas

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Los conflicto de Trabajo

Concepto: Etimológicamente conflicto deriva del latín "conflictus", que deriva del verbo "confluyere" (combatir, choque, antagonismo, luchar, pelear, etc.)

Conflicto: podemos definir conflicto como aquellas situaciones de disputa o divergencia en la que existe contraposición de intereses, necesidades, sentimientos u objetivos entre individuos o grupos que definen sus metas como mutuamente incompatibles.

Los conflictos colectivos: son controversias que surgen en las relaciones colectivas de trabajo que involucran a la clase o comunidad trabajadora, en que se lesiona o puede lesionarse derechos subjetivos de los trabajadores o afectar el interés profesional, siendo el mismo estado el primer interesado en que se resuelvan inmediatamente por la vía pacífica.

Naturaleza del conflicto:

Es de naturaleza humana, cuyos puntos en controversia para cada persona son distintos, ya que el ser humano es conflictivo.

Los conflictos de trabajo tienen las siguientes características:

a) Son controversias, fricciones o diferencias que surgen de las prestaciones subordinadas y personales del servicio.

b) Derivan fundamentalmente de la actividad laboral.

c) Parten de los sujetos antagónicos de las relaciones laborales.

d) Son eminentemente sociales y dinámicos.

Clasificación:

Los conflictos de trabajo se pueden dividir en:

* Atendiendo a los sujetos:

Entre patrones y trabajadores.

Entre Patrones.

Entre trabajadores.

Entre sindicatos.

Entre sindicatos y terceras personas.

* Atendiendo a los intereses en pugna:

Conflictos individuales son los que afectan intereses de carácter profesional o sindical.

Conflictos jurídicos son los que se refiere al cumplimiento o interpretación de la ley o de contratos.

Conflictos de orden económico son los crean, modifican, suspenden o terminan condiciones de trabajo.

* Atendiendo a la norma jurídica:

Por violación de un derecho.

Por violación de una norma.

Por inexistencia de condiciones de trabajo justas.

Por desequilibrio entre los actores de la producción.

Por incumplimiento de lo pactado.

Por insometimiento al arbitraje.

Causas: Los conflictos de trabajo tiene sus raíces más profundas en el sistema de producción nacido de la Revolución Industrial, como consecuencia de causas económico-sociales, de las contradicciones existentes,y sobre todo en los abusos y opresión hacia la clase trabajadora, ya que es bien sabido que una empresa que cumple con la ley y respeta la dignidad e integridad de sus obreros, se eliminan las pugnas; en suma, los conflictos de trabajo se generan por un desequilibrio de partes o por la violación de un derecho, surgidos en una realidad histórica.

Medios de Solución de los conflictos:

La Conciliación: Articulo166 Reglamento de la Ley del Trabajo

La conciliación en el ámbito laboral es un medio de resolución de conflictos por vía administrativa y extrajudicial donde las partes intentan dirimir su conflicto bajo la dirección de un tercero. En la conciliación laboral el Inspector del Trabajo como parte de buena fe, busca convalidar, darle valor de cosa juzgada aquello que las partes han acordado previamente, dentro del marco de la legalidad. Puede tratarse sobre cobro de remuneraciones, cobro de vacaciones, cobro de compensación de tiempo de servicios, cobro de aguinaldos, cobro de gratificaciones, cobro de triple pago vacacional, entre otros supuestos. Así los actores buscan encontrar por propia iniciativa una solución unánime y privada a sus conflictos.

Naturaleza:

Tienen la misma naturaleza jurídica de la negociación y el arbitraje.

La conciliación tiene naturaleza de acuerdo entre las partes con carácter privado como medio alternativo en la solución de conflictos laborales, aunque nace del orden público pues se encuentra estipulado en la Ley Orgánica del Trabajo como un paso previo y obligatorio para dirimir un conflicto laboral, sus resultados depende de la convención unánime de las partes y no es obligatorio que una de ellas deba acatarla si no es por voluntad.

Fines:

La conciliación laboral tiene como fin buscar soluciones concertadas entre las partes con alternativas pacífica y armónica de las diferencias que surjan entre patronos y trabajadores para modificar las condiciones de trabajo, para reclamar el cumplimiento de las convenciones colectivas, o para oponerse a que se adopten determinadas medidas que afecten a los trabajadores de la respectiva empresa, explotación o establecimiento. Persigue el logro de la economía procesal mediante la autonomía de la voluntad, la pronta y debida justicia y la paz laboral.

Conciliación y Mediación: Articulo 166 Reglamento de la Ley del Trabajo

La Mediación entendida como el “procedimiento no adversarial en el que un tercero neutral ayuda a las partes a negociar para llegar a un resultado recíprocamente aceptable”. Es una institución que generalmente se confunde con la conciliación, ya que ambas tienen por objetivo la solución de los conflictos laborales.

La conciliación es la solución propuesta por las mismas partes en conflicto, en la mediación, el mediador, facultado por las partes, propone su particular solución. La propuesta del mediador puede ser aceptada o no por las partes en conflicto.

En la práctica, los propios conciliadores al no poder convencer o persuadir a las partes, se les invita para que propongan fórmulas de solución, convirtiéndose en mediadores.

La Mediación Laboral es un modelo de solución de conflictos, en que las partes involucradas buscan generar soluciones auxiliadas por un tercero imparcial, quien actúa como moderador para facilitar la comunicación.

La Mediación,

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