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Clasificacion De Las Normas Juridicas


Enviado por   •  2 de Mayo de 2014  •  2.029 Palabras (9 Páginas)  •  268 Visitas

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BENEMERITA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE PUEBLA

Preparatoria Lic. Benito Juárez García

Profesora: Raquel Flores Espejel

Alumno: Luis Angel Mendez Toxqui

Materia:

Introducción al Derecho y las Ciencias Políticas

Trabajo:

“CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS”

Grado: 3° Grupo: Gv

Fecha:

12 de diciembre de 2013

CLASIFICACION DE LAS NORMAS JURIDICAS

Principales criterios de clasificación. Clasificar es un problema de perspectiva, hay tantas clasificaciones como criterios de división. Pero la clasificación no debe ser caprichosa. Las clasificaciones tienen únicamente valor cuando responden a exigencias de orden práctico o a necesidades sistemáticas. Al dividir los preceptos jurídicos tendremos muy presente dicho postulado.

Agruparemos las normas del derecho:

a) Desde el punto de vista del sistema al que pertenecen.

b) Desde el punto de vista de su fuente.

c) Desde el punto de vista de su ámbito espacial de validez.

d) Desde el punto de vista de su ámbito temporal de validez.

e) Desde el punto de vista de su ámbito material de validez.

f) Desde el punto de vista de su ámbito personal de validez.

g) Desde el punto de vista de su jerarquía.

h) Desde el punto de vista de sus sanciones.

i) Desde el punto de vista de su cualidad.

j) Desde el punto de vista de sus relaciones de complementación.

k) Desde el punto de vista de sus relaciones con la voluntad de los particulares.

Desde el punto de vista del sistema al que pertenecen.

Todo precepto del derecho pertenece a un sistema normativo. Tal pertenencia depende de la posibilidad de referir directa o indirectamente la norma y cuestión a otra u otras de superior jerarquía y en última estancia a una norma suprema llamada “constitución o ley fundamental”.

Todos los preceptos que se hallan mediata o inmediatamente subordinados a la constitución mexicana forman parte del sistema jurídico de nuestro país.

Los preceptos de derecho se dividen en nacionales y extranjeros. Pero puede ocurrir que dos o más estados adopten ciertas normas comunes, destinadas a la regulación de determinadas situaciones jurídicas. A esas normas se les da entonces la denominación de derecho uniforme.

Desde el punto de vista de su fuente.

Se clasifican en: leyes o normas de derecho escrito

1. Leyes o normas de derecho escrito: Son creados por órganos especiales, a través de un proceso regulado formalmente.

2. De derecho consuetudinario o no escrito: Son las que se derivan de la costumbre.

3. Derecho jurisprudencial: Son las que provienen de la actividad de determinados tribunales.

Desde el punto de vista de su ámbito espacial de validez.

Es el lugar o el espacio geográfico, es donde tienen validez las normas jurídicas.

Es la porción del espacio donde un precepto es aplicable. En nuestro país existen 3 categorías de leyes a saber:

1. Federales: Son aplicables en toda la república mexicana.

2. Estatales o locales: Son aplicables en las partes integrantes de la federación y del territorio nacional.

3. Municipales: Tienen su aplicación en la circunscripción territorial del mundo libre.

Los artículos que argumentan lo anteriormente situado son os artículos 39, 43 y 115 constitucionales.

Desde el punto de vista de su ámbito temporal de validez.

Las normas jurídicas pueden ser de vigencia determinada o indeterminada.

Los primeros son aquellos cuyo ámbito temporal de validez formal se encuentra establecido de antemano y los segundos, como aquellos cuyo lapso de vigencia no se ha fijado desde un principio y solo pierde su vigencia cuando es abrogado.

Abrogado: Privar totalmente de vigencia una ley, reglamento, código, etc.

Derogar: Acto jurídico a través del cual pierden su vigencia alguna o algunas de las disposiciones contenidas en el cuerpo de un instrumento jurídico ya sea una ley, decreto, acuerdo o reglamento.

Desde el punto de vista de su ámbito material de validez.

Los preceptos del derecho también son clasificados de acuerdo con la índole de la materia que regulan. Esta clasificación tiene su fundamento en la discusión del derecho objetivo en una serie de ramas.

Desde este punto de vista, los preceptos jurídicos se dividen en reglas del derecho público, derecho privado.

Las primeras divídense a su vez en constitucionales, administrativas, penales, procesales e internacionales; las segundas en civiles y mercantiles.

La determinación de la índole, privada o pública, de un precepto, así como la inclusión del mismo en alguna de las ramas que hemos mencionado.

Ejemplo: El artículo 6 del Código Civil del Distrito Federal dice que “la voluntad de los particulares no puede eximir de la observación de la ley, ni alterarla o modificarla. Solo puede renunciarse de los derechos privados que no afecten directamente el interés público, cuando la renuncia no perjudique derechos de terceros”.

Desde el punto de vista de su ámbito personal de validez.

Las normas de derecho se dividen en genéricas e individualizadas. Llámense genéricas las que obligan o facultan a todas las comprendidas dentro de la clase, designado por el concepto-sujeto de la disposición normativa; también reciben el nombre de individualizadas las que obligan o facultan a uno o a varios

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