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DERECHO A LA SALUD


Enviado por   •  17 de Mayo de 2013  •  3.042 Palabras (13 Páginas)  •  343 Visitas

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EL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD

La relación del hombre con su entorno, desde tiempos remotos se fundamento en el desconocimiento. El hombre no encontraba explicaciones al porqué de determinados fenómenos, desde la concepción, las enfermedades, las catástrofes naturales, todo le era incomprensible, por ende, la única explicación que rigió por centurias era que existían ciertos espíritus más poderosos que él, para algunas civilizaciones, esos espíritus, fueron conceptualizados como dioses en diversas formas y categorías, con diferentes poderes cada uno de ellos.

Respecto de la salud, largo ha sido el camino que se ha recorrido para llegar a lo que hoy hemos alcanzado, tecnológicamente hablando como humanidad en general.

La observación durante la peste de Atenas en el siglo V a.C., es que los supervivientes de la enfermedad quedaban protegidos de ataques ulteriores y podían auxiliar a los enfermos sin peligro de contraer nuevamente el padecimiento, es el ejemplo más antiguo del concepto actual de memoria inmunológica.

Como padecer la enfermedad, sobrevivir y quedar inmune fue un objetivo buscado sin resultados prácticos hasta el siglo X d.C., cuando en China se aplicaron costras de pústulas por vía nasal en casos de viruela, con resultados alentadores de un menor riesgo en cuestiones de epidemias. La medida fue conocida en la ruta de la seda, que desde la capital de China hasta el Mediterráneo, en un recorrido de 10 000 kilómetros, a través o cerca de India, Tibet, Asia Central, Afganistán, Irán, Mesopotamia, Turquía y Palestina, entre otros, el procedimiento fue conocido como variolación.

En el mundo occidental, los egipcios fueron los fundadores de la profesión médica. Construyeron templos consagrados al culto de Imhotep, dios de la medicina. La profesión de la medicina se encontraba dividida en tres esferas: los médicos, los cirujanos y los exorcistas. El más destacado de sus médicos fue Hipócrates, considerado el “padre de la medicina” al que se debió la implantación del método de la observación y del diagnóstico clínico, además de ciertas obras sobre las epidemias y la dieta en las enfermedades.

En la época del auge del cristianismo, la medicina se convirtió en una tarea más bien caritativa en favor de los pobres y sus métodos de curación se encontraban fundamentados en la fe. Así, la medicina llegó a los monasterios y es a los benedictinos a quienes corresponde la creación de la escuela de Salerno, en el sur de Italia.

En los últimos siglos, encontramos que fue a finales del siglo XVII cuando se hicieron importantes descubrimientos y progresos, principalmente con el estudio clínico de los enfermos y la terapia. Es en ese lapso cuando se inicia el estudio de la fisiología. Sin embargo, el estudio aún no alcanza niveles científicos.

Con la revolución industrial, y el uso de la estadística, se empiezan a medir los problemas relacionados con la salud. Entre los años 1800 a 1880 resurgieron programas de salubridad colectivos, especialmente saneamiento y se llegó a controlar las enfermedades infecciosas.132

Por último, se crearon ambientes físicos más sanos para la población. Los descubrimientos de Pasteur proporcionaron los métodos de trabajo. Posteriormente, mediante la lucha contra la mortalidad infantil, la tuberculosis y enfermedades venéreas. Así resultó obvio, que las condiciones sociales y el nivel de vida, ejercían la mayor influencia sobre la salud y la enfermedad.

Respecto de nuestro país, encontramos varios acontecimientos relevantes. Desafortunadamente, del México antiguo es bien sabido que su religión era politeísta, adoraban al sol, a la luna, a la tierra, al fuego, al agua, entre otros. Se considera que el estado de salud de la civilización azteca era muy bueno, y por supuesto tenían especialistas de la salud, y sus métodos eran basados en el uso de hierbas y plantas medicinales.

En el México Colonial, Hernán Cortés fundó el Hospital de Jesús en el año 1524, mismo que permanece en funcionamiento.

Ya en la segunda mitad del siglo XIX, en la Constitución de 1857, la salubridad no era competencia de la Federación, por ende, recaía ésta en la jurisdicción de los Estados.

El siglo XX se caracterizó por la abundancia de acciones de salud, la modernización de establecimientos y la fundación de importantes instituciones médicas oficiales y privadas. La Constitución de 1917, en su artículo 73, confía a los poderes federales, la Salubridad General de la República y previene la creación de las dos dependencias básicas de salud: El Departamento de Salubridad (hoy Secretaría de Salud) y el Consejo de Salubridad General.

BASE CONSTITUCIONAL

Actualmente, la base constitucional respecto de la actuación del estado en materia de salud, se encuentra en nuestra Ley Suprema, en los artículos 4, párrafo cuarto y 73, fracción XIV, mismos que a la letra dicen:

Artículo 4: Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

XVI. Para dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la República.

El Consejo de Salubridad General dependerá directamente del Presidente de la República, sin intervención de ninguna Secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país.

2a. En caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables, a reserva de ser después sancionadas por el Presidente de la República.

3a. La autoridad sanitaria será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por las autoridades administrativas del país.

4a. Las medidas que el Consejo haya puesto en vigor en la campaña contra el alcoholismo y la venta de sustancias que envenenan al individuo o degeneran la especie humana, así como las adoptadas para prevenir y combatir la contaminación ambiental, serán después revisadas por el Congreso de la Unión en los casos que le competan.

La ley reglamentaria

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