Derecho 2
suancks9 de Junio de 2014
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DERECHO II
UNIDAD I.- GENERALIDADES
1.1.- Normas jurídicas, ubicación del Derecho Laboral y concepto.
1.2.- Antecedentes históricos.
1.3.- Características del Derecho Obrero.
1.4.- Fuentes del Derecho Laboral.
UNIDAD II.- CONTRATO INDIVIDUAL
2.1.- Definición de contrato y relación de trabajo.
2.2.- Trabajo de menores y mujeres.
2.3.- Duración y suspensión de las relaciones de trabajo.
2.4.- Condiciones de trabajo.
2.5.- Derechos y obligaciones de los trabajadores y patrones.
UNIDAD III.- CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
3.1.- Concepto de Contrato Colectivo de Trabajo, Coalición, Sindicato, Federaciones y Confederaciones.
3.2.- Contrato Colectivo de Trabajo, Contrato Ley y Reglamento Interior de Trabajo.
3.3.- Duración, suspensión y terminación colectiva de las relaciones de trabajo.
3.4.- Huelgas y Riesgos de Trabajo.
3-5.- Juntas Locales y Federales de Conciliación y Arbitraje.
UNIDAD IV.- DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO
4.1.- Principios Procesales.
4.2.- Reglas generales.
4.3.- Procedimiento de ejecución.
4.4.- Responsabilidad y Sanción.
Evaluación.-
1 er. Examen 40% y 1 trabajo 10%
2do. Examen 40$ y 1 trabajo 10%
1.1.- NORMAS JURÍDICAS, UBICACIÓN DEL DERECHO LABORAL Y CONCEPTO.
La Norma Jurídica es una regla dirigida a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos.
Es común que se confunda el concepto de norma jurídica con el de ley o legislación; sin embargo, la ley es un tipo de norma jurídica, pero no todas las normas son leyes, dado que también son normas jurídicas los reglamentos, órdenes ministeriales, decretos y, en general, cualquier acto administrativo que genere obligaciones o derechos. También son normas jurídicas las que emanan de actos y contratos celebrados entre particulares o entre estos y órganos estatales cuando actúan como particulares, sujetándose a las prescripciones de Derecho privado.
El Derecho Laboral o también llamado Derecho del trabajo o Derecho social , es una rama del Derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relación de dependencia y a cambio de una contraprestación. Es un sistema normativo heterónomo y autónomo que regula determinados tipos de trabajo dependiente y de relaciones laborales.
Algunas definiciones de derecho del trabajo:
Mario de la Cueva
Trueba Urbina:
Néstor de Buen
El nuevo derecho es la norma que se propone realizar la justicia social en el equilibrio de las relaciones entre el trabajo y el capital. El derecho del trabajo es el conjunto de principios, normas e instituciones que protegen, dignifican y tienden a reivindicar a todos los que viven de sus esfuerzos materiales e intelectuales, para la realización de su destino histórico: socializar la vida humana. El derecho del trabajo es el conjunto de normas relativas a las relaciones que directa e indirectamente derivan de la prestación libre, subordinada y remunerada, de servicios personales y cuya función es producir el equilibrio de los factores en juego mediante la realización de la justicia social.
Tradicionalmente la disciplina del derecho del trabajo se entiende formada por las siguientes partes:
1.2.- ANTECEDENTES HISTÓRICOS.
La Revolución Industrial dio origen a nuevas relaciones de trabajo pues los trabajadores pasaron a desempeñarse en los establecimientos de propiedad de sus empleadores en lugar de hacerlo en sus domicilios, sometidos a exigencias de orden y coordinación con las máquinas y con sus compañeros de labor hasta el momento desconocidas. A esto se agregaba que la introducción de la máquina hacía posible el trabajo de niños y mujeres que ingresaban al mercado de trabajo en competencia con los adultos varones, lo que sumado a la mayor productividad alcanzada por las máquinas ocasionaba la existencia de enormes contingentes de trabajadores desocupados cuya condición era aún más mísera, y que podían sustituir a cualquier asalariado que protestara por sus condiciones de trabajo. Esta nueva organización del trabajo los sometía a condiciones de esfuerzo, horario, riesgos de accidentes, enfermedades profesionales, falta de descanso y remuneración ínfima.
Fueron surgiendo en forma espontánea y esporádica diversos tipos de protestas, como las manifestaciones, la huelga, la ocupación de fábricas y el sabotaje, que precedieron a la formación de organizaciones de trabajadores (los sindicatos).
El ejercicio del poder político por representantes de los sectores sociales beneficiarios de esta situación aseguraba su mantenimiento. En nombre de la libertad individual se sostenía que los Estados no debían legislar interfiriendo en la "libre contratación" entre empleadores y trabajadores. La intervención del Estado en los conflictos laborales se limitó durante mucho tiempo a la represión de las protestas, consideradas ilícitas, mediante la acción policial o militar.
Durante el siglo XIX fueron naciendo diversas corrientes que desde ángulos distintos exigieron la intervención del Estado en defensa de los trabajadores, como las escuelas intervencionistas y las escuelas socialistas.
Las escuelas intervencionistas quieren que el Estado proteja, por medio de una política adecuada, a las clases sociales perjudicadas con la libre distribución de la riqueza.
El socialismo, particularmente en su desarrollo formulado por Karl Marx, procuraba sustituir la estructura capitalista por un régimen en que no existiera la propiedad privada de los medios de producción ni la explotación por unos seres humanos de la fuerza de trabajo de otros. El objeto del socialismo es la emancipación de los proletarios por obra revolucionaria de los mismos proletarios.
1.3.- CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO OBRERO.
Derecho del Trabajo como un Derecho Social
Las normas del Derecho del Trabajo tiene por objeto establecer beneficios para los trabajadores, se considera un derecho de protección a un grupo socialmente débil, por lo tanto el Estado debe protegerla, creando normas jurídicas compensatorias, que contenga garantías elementales. Las normas jurídicas laborales tienen como objetivo primordial dignificar la actividad de la clase trabajadora, reivindicándolo.
Dignidad del trabajador
La ley laboral actual tiene entre otros objetivos el de garantizar a los trabajadores un salario digno y decoroso que le permita obtener un nivel de vida más digno.
A propósito de este principio, el artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo en su segundo párrafo señala:
El salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.
Se consigna en el artículo 3° de la ley laboral que: “el trabajo es un derecho y un deber social, no considerándose como un artículo de comercio, exigiendo respeto y dignidad para quien lo presta”.
Derecho Renunciable
Los derechos contenidos en los ordenamientos laborales son de carácter irrenunciable; bajo ninguna circunstancia los trabajadores podrán ser privados de ellos, incluso aunque ellos lo acepten, ya sea de manera expresa o tácita, puesto que les pertenecen legítimamente. Además, el Estado tiene la obligación de crear las instituciones y medios de defensa apropiados para que los trabajadores recurran a ellos para defender sus derechos en caso de ser violentados.
El Derecho del Trabajo como mínimo de garantía social
Algunos destacados estudiosos del derecho consideran al derecho del trabajo como un derecho social, cuyo objetivo primordial es beneficiar a la clase trabajadora; por ello, debe contener un mínimo de garantías para los trabajadores, entendiendo por esto que las garantías laborales consagradas en el artículo 123 constitucional, así como las contenidas en la Ley Federal del Trabajo, son el punto de partida.
Para darle una mayor claridad a este principio, el artículo 56 de la ley laboral vigente señala lo siguiente:
Las condiciones de trabajo en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta ley y deberán ser proporcionadas a la importancia de los servicios e iguales para trabajos iguales, sin que puedan establecerse diferencias por motivo de raza, nacionalidad, sexo, edad, credo religioso o doctrina política, salvo las modalidades expresamente consignadas en la ley.
PRINCIPIOS QUE RIGEN EL DERECHO DEL TRABAJO
El Derecho Laboral consigna una serie de principios en favor de los trabajadores, a partir de la Constitución, cuya finalidad es la de reivindicarlos en sus derechos, con el propósito de devolverles su calidad y dignidad humana en la prestación del servicio. Las garantías de seguridad jurídica, de libertad y de igualdad se van a ver plasmadas en los diversos artículos de la ley para, que de acuerdo con el artículo segundo de la ley laboral, conseguir el equilibrio y la justicia social en las relaciones entre trabajadores y patrones:
Como un derecho y como un deber al trabajador
Este principio se encuentra contenido en la Ley Federal del Trabajo en el artículo 3° que a la letra dice:
“El trabajo
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