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Derecho Desde El Puento De Vista Objetivo

CAROLATIS11 de Enero de 2012

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Derecho del punto de vista objetivo:

Individuo y Sociedad.

Individuo: es cada miembro de una especie considerado aisladamente, en la especie humana cada una de las personas es un individuo, dentro de cualquier organización colectiva, la parte mas pequeña y por lo tanto indivisible a las que se puede hacer referencia es el individuo.

Sociedad: la sociedad es un conjunto de individuos que comparten una cultura con sus conductas y fines y que interactúan entre si para formar una comunidad. Las sociedades humanas son formadas por entidades poblacionales cuyos habitantes y su entorno se interrelacionen en un proyecto común que les otorga una identidad de pertenencia social. El concepto también implica que el grupo comparte lazos ideológicos, económicos y políticos. Al momento de analizar una sociedad, se tienen que tener en cuenta factores como el grado de desarrollo, la tecnología alcanzada y la calidad de vida.

El hombre es un ser social por naturaleza siempre a vivido en grupos con los demás individuos de su especie. El instinto, la necesidad y el sentimiento de debilidad frente al medio, lo llevan a agruparse con los otros hombres sobre un espacio geográfico formando clanes, tribus , estados y demás.

Aristóteles decía, que el hombre era un animal político y que sin sociedad sólo podría vivir si fuera algo menos que un hombre( un bruto) o algo mas( un dios).Y esta idea es admitida hoy , por los autores, sin discusión, Quienes hablaron de un estadio anterior a la sociedad lo hicieron como una mera Hipótesis, y si pensaron que realmente los hombres vivieron en una determinada época histórica aislados y luego en cierto momento entraron en sociedad, se equivocaron. La historia, la biología y el razonamiento, demuestran que el hombre siempre vivió en grupos sociales.

Debemos, por consiguiente, considerar los dos aspectos: el individuo en sí mismo como un ser consciente y con fines propios al que hay que tener fundamentalmente en cuenta en y la sociedad como un hecho real, indiscutible, absolutamente necesario.

Y cuando los hombres viven juntos, la agrupación solo es posible si sus integrantes se someten a determinadas normas. NE efecto, la vida en sociedad presupone cierta organización. El orden constituye la esencia misma del universo y de quienes lo habitan. Todos los seres están sometidos a ciertas reglas que presiden su existencia y solamente dentro de ellas pueden actuar, con mayor o menor libertad

En el estudio de las sociedades más primitivas puede observarse que los hombres, naturalmente, sin proponérselo, se someten a ciertas disciplinas y obedecen a alguna autoridad. En todos los grupos de hombres se observa que la conducta que siguen los individuos no está librada en sus diversos aspectos a la voluntad de cada uno; todos se ajustan a ciertas reglas generales. Siempre hay cierta división del trabajo, también existen ciertas reglas que todos observan y que adquieren, en un principio fundamentalmente, el carácter de prohibiciones ( tabúes) y hay siempre una autoridad encarnada por el más fuerte o por el hechicero o el brujo.

Estas normas (cumplidas de siempre, mucho antes de ser expresadas) constituyen la serie de reglas que rigen la conducta del hombre en la sociedad.

Normas

Regla o conjunto de reglas que hay que seguir para llevar a cabo una acción, porque está establecido o ha sido ordenado de ese modo.

Las normas de conducta surgen, pues, espontáneamente de la costumbre, es que es la fuente mas importante del poder social en la antigüedad. La imitación y el hábito expanden esas normas dentro del grupo, los hombres siguen el ejemplo de sus antecesores. La autoridad de los antepasados es muy poderosa en la vida primitiva. Luego por habito, va extendiendo a todo el grupo.

Poco a poco se opera el paso de lo real a lo normativo. Es decir, en vez de repetirse la conducta por simple hábito biológico, por simple costumbre, el hombre adquiere la convicción de que hay normas que deben ser obedecidas por diversos motivos, predicándose también la separación de los distintos órdenes normativos: Normas morales, religiosas, sociales y jurídicas.

Normas morales

Son de orden individual o social, constituyen deberes elementales impuestos por los sentimientos de moralidad del grupo social para su propio bienestar. El imperio de la moral es condición indispensable para la existencia de la sociedad. Estas normas rigen la conducta del individuo ya para consigo mismo o para los demás hombres; su violación trae como consecuencia el remordimiento, o el desprecio social, o ambas a la vez.

Unilaterales: porque frente al sujeto a quien obligan no hay otro autorizado para exigirle el cumplimento de sus deberes; o sea que las estas normas imponen deberes, pero no conceden derechos. Son autónomas por que tanto el obligado como el creador de dicas normas es la misma persona. Los favorecidos por una norma ( Ej: el pobre a quien se debe la limosna) no pueden reclamar lo debido, no tienen poderes.

Normas Religiosas.

Como toda norma, las religiosas imponen conductas al hombre, de hacer o no hacer, con la finalidad de lograr un mundo humano mejor a los ojos de Dios, así solo se encuentran vinculados por este tipo de normas quienes profesan alguna religión.

Si estudiamos los antiguos textos sagrados( el Corán, la Biblia, etc) vemos cómo el derecho está mezclado con la religión y que las normas jurídicas para las cuales todavía no existe un organismo sancionador, buscan su apoyo en las demás.

Normas Sociales, Usos sociales o costumbre

Son practicas relativamente durables que tienen su aplicación en situaciones cotidianas como las formas de vivir, vestir, comer, etc. Establecen un fuerte tipo de vínculo entre las personas que pertenecen a la misma comunidad y presentan variaciones entre unas y otras sociedades.

Las normas sociales surgen desde la misma sociedad, definiendo lo que es bueno y malo, en base a los valores, creencias, y conformación del mismo grupo social. Además van evolucionando y se van adaptando a los tiempos y nuevas costumbres; al respecto se puede dar que cosas aceptables para un grupo social no lo sean para otros.

Normas Jurídicas

La norma jurídica es una regla o pauta de conducta que emana de los órganos del estado, el no cumplimiento o violación de las mismas prevé la aplicación de sanciones.

El derecho objetivo: considerado como norma jurídica, posee cuatro caracteres, que permiten establecer las diferencias con las otras normas que rigen la vida social.

_ Bilateralidad: El deber se impone en función de los derechos de los demás individuos, es decir, que a la vez que establece obligaciones para unos, condcede facultades para otros. Ejemplo: cundo la norma le dice al deudor que debe pagar, le está acordando al acreedor la facultad de cobrar. Esto es la esencia del derecho, éste siempre se refiere a dos sujetos, pone en relación a dos partes: determina la conducta de uno en función de la actividad ajena.

_ Generalidad: obliga a las personas que se encuentran dentro de esa norma. La conducta que ella ordena se impone a un número indeterminado de personas, es decir, que cuando dicta un comportamiento lo hace en forma abstracta. Tan general es una norma que se refiere a los habitantes del país, como la que se refiere a los menores o a los jubilados.

La generalidad de la norma determina que ésta debe tener en cuenta aquello que en la vida acontece mas frecuentemente, sin preocuparse de las peculiaridades individuales o de las situaciones concretas. Quienes aplican las normas (Ej: los jueces) son los que consideran la situación concreta, individualizada.

_ Imperatividad: la norma jurídica es un mando, un imperativo, En el derecho no tienen cabida los consejos sino las órdenes, porque lo que se busca es que se realice un acto o no se realice otro y no lograr una conducta mejor por medio de la persuasión.

_ Coercibilidad: esta característica consiste en que el estado tiene la posibilidad de aplicar por medio de la fuerza física una sanción si la persona se niega a acatarla, a esta se le opone la Incoercibilidad que consiste en que la norma se ha de cumplir de manera espontánea, no puede obligarse a las personas a que la cumplan por medio de la fuerza judicial. La sanción es un daño o mal que sobreviene por el incumplimiento de una norma y desde ese punto de vista todas las normas tienen sanción, sin embargo, solo la jurídica coercibilidad.

El derecho como orden externo dirigido a mantener la convivencia, necesita que se cumpla con sus normas, por las buenas o por las malas.

El derecho es el único orden normativo que tiene una organización de fuerza para imponer sus preceptos. El verdadero carácter de la norma jurídica no es la coacción , a la que muchas veces no se llega, sino la coercibilidad , que es la posibilidad de imponer por la fuerza la norma jurídica cuando es desobedecida: es la sanción en potencia.

Concepto y finalidad del Derecho.

El derecho es un conjunto de normas que rigen el actuar del hombre dentro de la sociedad, y a ella misma. Consiste en anunciar cuál es la consecuencia que acaecerá si no se cumple con lo dispuesto por ellas (sanción). La norma aparece, entonces, como el anuncio de lo que seguirá si no se actúa como ella dispone.

Su función es hacer Posible la coexistencia social, sus normas tienen por objeto la conducta externa de los

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