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Derecho Laboral ¿Sabías que las Juntas de Conciliación y Arbitraje desaparecerán?


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2020  •  Informes  •  4.842 Palabras (20 Páginas)  •  179 Visitas

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Facultad de Contaduría y Administración

C.P Luis Fernando Guerrero Ramos

 

Tipo de trabajo: Reporte Final

18/11/2020

 

Lic. En Contaduría          3er Semestre      Grupo C

 

DERECHO LABORAL

 

Alumno:

ALVARADO COLLI BRYAN FERNANDO

Docente:

RAMIREZ FLORES CORAZÓN A.

 

 

INTRODUCCIÓN

¿Sabías que las Juntas de Conciliación y Arbitraje desaparecerán? Si no lo sabías, en este reporte se explica el por qué y cuando sucederá esto, se estudiará la nueva reforma laboral: Centros de Conciliación y Tribunales Laborales, cuales servirán para auxiliar a los trabajadores en cualquier conflicto que se pueda generar en sus trabajos o con sus respectivos patrones o superiores.

Se analizarán las funciones tanto de los nuevos Centros de Conciliación como de los Tribunales Laborales, sus avances en nuestro estado y en México entre otras cosas.

Se abordará un tema importante que es la protección de las mujeres en el ámbito laboral y más específicamente en el periodo de gestación, ya que hay muchos casos en los que las mujeres embarazadas no son respetadas en sus trabajos, ya sea por sus compañeros o por sus superiores. El trabajo infantil es otro de los temas que se verán a continuación, ya que se sabe que hay un gran porcentaje de explotación infantil laboral en nuestro país.

Seguidos por demás cuestionarios sobre temas como la huelga, los sindicatos, el contrato ley y el contrato colectivo, mismos que servirán de ayuda para despejar y aclarar dudas, o que nos aporten nuevos conocimientos, así como aprender un poco más de lo visto en clase. Este proyecto está hecho con la finalidad de ser informativo sobre los temas mencionados anteriormente y que aunque hay mucha más información, se tocarán los más importantes.

REFORMA LABORAL: CENTROS DE CONCILIACIÓN Y TRIBUNALES LABORALES.

  • El Centro Laboral será un organismo público descentralizado, sectorizado a la STPS, con personalidad jurídica y patrimonio propios.
  • Estará a cargo de la función conciliatoria de jurisdicción federal, así como del registro nacional de sindicatos, contratos colectivos, contratos-ley y reglamentos interiores de trabajo.  Verificará los procesos de democracia sindical y emitirá la “Constancia de Representatividad” para la celebración de un contrato colectivo inicial.
  • Para garantizar su independencia y autonomía, tendrá una Junta de Gobierno integrada por la STPS; la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP); el Instituto Nacional Electoral (INE); el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI); y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
  • Parte de esta transformación es la creación de un nuevo órgano que, además de llevar los registros de sindicatos y contratos colectivos a nivel nacional, vigilará que se respeten los derechos sindicales y los intereses colectivos de los trabajadores, a través de procesos libres y democráticos.
  • El Centro también se encargará de la conciliación a nivel federal.

 

1.- ¿Por qué las Juntas de Conciliación y Arbitraje no funcionan en México y cuando dejarán de operar?  

En 2017, una reforma a la Constitución fue aprobada por el Congreso y la mayoría de los estados; en ella se incluía la desaparición de las juntas de conciliación y arbitraje. Éstas serán sustituidas por Centros de Conciliación. En algunos estados de la Republica ya dejaron de funcionar, pues a inicios de 2019 empezaron a laborar los Centros de Conciliación. Sin embargo, aún faltan que más estados lleguen a la etapa final para el funcionamiento de los Centros de Conciliación.

2.- ¿Cómo funcionarán los centros de Conciliación Federales y Locales?  

Según la reforma, serían los encargados en primera instancia de resolver conflictos, tras la eliminación de las juntas de Conciliación y Arbitraje. Se plantea un Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y un centro para cada entidad. Además de realizar la función conciliadora, deberían llevar el registro de todos los contratos colectivos de trabajo, de los reglamentos interiores de trabajo y de las organizaciones sindicales, así como establecer un Servicio Profesional de Carrera, seleccionar mediante concurso abierto a su personal, y tener planes de capacitación y desarrollo profesional. "Hay que equilibrar los procesos para que no se encarezcan las negociaciones entre trabajadores y patrones y que, a final de cuentas, por ser un procedimiento rápido, sea un negocio de abogados, cuando nos tenemos que enfocar en que la conciliación esté al alcance de patrones y trabajadores", afirma. Lorenzo Roel, presidente de la Comisión Nacional Laboral de la Coparmex.

3.- ¿En Campeche cuál es el avance en la implementación de esta Reforma Laboral?  

Por lo que respecta a la clasificación y digitalización de archivos registrales, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Campeche reportó un avance del 79.5%, al sumar mil 292 expedientes registrales de asociaciones sindicales, contratos colectivos y reglamentos interiores digitalizados.

 

4.- ¿Cómo Funcionarán los nuevos tribunales laborales? 

Serían la instancia encargada de resolver los conflictos entre trabajadores y patrones cuando se haya agotado la instancia conciliadora, es decir, el trabajo de los nuevos centros de Conciliación que también se planea crear. Estarían bajo la dirección de los poderes judiciales federal y de los estados y su resolución sería definitiva.

 

 

 

CUESTIONARIO I: TRABAJO DE LAS MUJERES Y DE LOS MENORES

  1. Señala cual es la razón de que el trabajo de las mujeres se estudie en un capítulo especial

Ante la ley, la mujer tiene los mismos derechos y obligaciones que los hombres, sin embargo, se tiene que reconocer que las mujeres no tienen las mimas aptitudes físicas que un hombre pudiera tener por propia naturaleza. Es por eso que nace la creación de este capítulo para poder dar protección a la mujer, al igual que derechos que podrá tener durante la gestación que es el énfasis de este capítulo, a protección de la maternidad.

  1. Señala en que artículos de la ley federal del trabajo se encuentra regulado el trabajo de las mujeres. Se encuentra regulado en el artículo quinto de la Ley Federal del Trabajo del artículo 164 al artículo 172.

 

  1. Señala la razón por la que la madre trabajadora tiene que informarle al patrón de su estado de gravidez

 La trabajadora no tiene obligación legal de comunicar al patrón que se encuentra embarazada. Pero se hace con el fin de evitar:

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