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Derecho Maritimo

betto10 de Septiembre de 2014

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INTRODUCCION

La ciudad de Cartagena de Indias oficialmente Distrito Turístico, Histórico y Cultural, fue fundada el 1 de junio de 1.533 por, Pedro de Heredia. Desde 1991. es un Distrito Turístico, Histórico y Cultural. Localizada a orillas del mar Caribe, se consolida como la primera ciudad industrial en importancia de la Costa Caribe colombiana. El distrito de Cartagena de indias por tener una ubicación estratégica al mar, se ha convertido en una de las ciudades más importante para la práctica de actividades marítimas, ella no solo posee uno de los puertos más importantes del país, como habíamos mencionado anteriormente, sino que también al ser una ciudad histórica tiene su fuerte en el turismo, lo cual genera una fuente de ingreso para muchos de los habitantes de la ciudad sobre todos los que trabajan en las playa.

Se entiende como actividades marítimas“… Aquellas que se efectúen en el mar territorial, zonas adyacentes, suelo y subsuelo pertenecientes a la plataforma continental y en las costas y puertos de la República, relacionadas con la navegación de altura, cabotaje, de pesca y científica, con buques nacionales y extranjeros, o con la investigación y extracción de los recursos del mar y de la plataforma” .

DECRETO 2324 DE 1984 – Regulación y régimen jurídico administrativo de la actividad marítima.

Artículo 3° Para los efectos del presente Decreto se consideran actividades marítimas las relacionadas con:

• La señalización marítima.

• El control del tráfico marítimo.

• Las naves nacionales y extranjeras y los artefactos navales.

• La navegación marítima por naves y artefactos navales.

• La Marina Mercante y el Transporte Marítimo.

• Las comunicaciones marítimas.

• La utilización, protección y preservación de los litorales.

• La investigación científica marina en todas sus disciplinas.

• Los sistemas de exploración, explotación y prospección de los recursos naturales del medio marino.

• La búsqueda y extracción o recuperación de antigüedades o tesoros náufragos.

• La recreación y el deporte náutico marinos.

• La búsqueda y salvamento marítimos.

• La conservación, preservación y protección del medio marino.

• La colocación de cualquier tipo de estructuras, obras fijas o semifijas en el suelo o en el subsuelo marino.

• El servicio de pronósticos del mar y de tiempo.

• Los rellenos, dragados y obras de ingeniería oceánica.

• La administración y desarrollo de la zona costera.

• Los astilleros y la construcción naval.

• Otros usos y/o aprovechamientos del medio marino.

CONCEPTO DE DERECHO MARITIMO

El derecho marítimo se considera como la Rama del derecho privado que reúne un conjunto de normas que regulan las relaciones jurídicas derivadas de la práctica de las actividades marítimas es de carácter privado- internacional y su objeto de estudio son las actividades marítimas que se dan en el mar.

CARACTERISTICAS DEL DERECHO MARITIMO

• LA AUTONOMIA La normativa del Derecho Marítimo es una normativa especial y distinta a la del Derecho Común .la normativa del Derecho Marítimo no nace de los Estados o puertos sino de las propias costumbres del mar y de los navegantes.

• ES INTERNACIONAL La mayoría de las relaciones marítimas se desarrollan en alta mar, que es un bien común a toda la humanidad y no existe una legislación nacional única que sea aplicable en ese espacio. La nave surca distintas aguas nacionales, atravesando distintas legislaciones y jurisdicciones. Es la movilidad del buque la que genera la aplicación de distintas legislaciones y de ahí surgen los conflictos de leyes.

• UNIFORMIDAD La nave surca distintas aguas y hay muchas legislaciones involucradas en un viaje, ello genera conflictos de leyes, y para solucionar el conflicto de leyes (aparte de aplicar una norma de conflicto, como es el DIPRI) se ha tratado que el derecho aplicable sea el mismo, que trascienda a las legislaciones locales y contenga soluciones uniformes, para evitar los conflictos de leyes, porque si las leyesen conflicto son similares y uniformes, el conflicto se hace inocuo.

• LA INTEGRALIDAD. El Derecho Marítimo contiene normas que son nacionales y normas que son internacionales, normas que son de Derecho Público y normas que son de Derecho Privado .a) En cuanto a las normas nacionales e internacionales, esto se deriva de que el Derecho Marítimo es un Derecho Internacional .b) En cuanto a las normas de Derecho Público y normas de Derecho Privado, el Derecho Público derivada de la intervención del Estado en la navegación, a nivel de regulación, por razones de diversa índole.

ACTIVIDADES MARÍTIMAS

Actividad eminentemente técnica y que no está determinada en forma específica a una sola área o forma de realizarla. Conductas humanas, acciones, hechos materiales que realizan las personas en el medio acuático, y que pueden ser de una y mil especies

Según el Artículo 1429 del Código de Comercio. No define que es una actividad marítima, sino que señala cuales son las posibles actividades y en los lugares donde se desarrollan las mismas.

Se deduce, por consiguiente, como actividad marítima los usos, acciones y situaciones que se dan en el espacio geográfico llamado: Mar. Siendo principalmente estas, el objeto de estudio del Derecho Marítimo, el cual pertenece al Derecho Internacional Privado, por ser desarrollada por los particulares.

El régimen Administrativo de las Autoridades marítimas corresponde al decreto 2324 de 1984.

Esencialmente la actividad marítima la ejercen los particulares, pero en nombre del Estado ejercen vigilancia dos órganos o Autoridades marítimas:

• DIMAR, (Dirección General Marítima), a nivel Nacional.

• CAPITANIAS DE PUERTO, en cada Región.

La DIMAR fue dirección general marítima y portuaria hasta 1991, con la ley 01 de 1991, con la ley de puertos, se le quita el elemento portuaria.

Actividades Marítimas

Clases de actividades:

ACTIVIDADES TRADICIONALES.

Son las actividades reguladas por el Código de Comercio y aquellas de mayor envergadura en la práctica de desarrollo regional. Son operaciones que se han enmarcado desde presupuestos consuetudinarios y de orden Estatal. Estas actividades son:

 Transporte marítimo: Que abarca el transporte de personas, de maquinaria y carga pesada y el comercio de mercancías,

 Pesca.

El transporte marítimo es la acción de llevar personas (pasajeros) o cosas (cargas sólidas o líquidas) por mar de un punto geográfico a otro a bordo de un buque con un fin lucrativo.En el ámbito mundial, es el modo más utilizado para el comercio internacional. Es el que soporta mayor movimiento de mercancías, tanto en contenedor, como gráneles secos o líquidos.

El transporte de personas por vía marítima ha perdido mucha de su importancia debido al desarrollo de la aviación comercial. Subiste de forma significativa solamente en dos ámbitos: las travesías cortas (pequeñas distancias entre islas o dos orillas de un río) y los cruceros turísticos.

El comercio de mercancías es una actividad que tiene como fin el intercambio de productos y la valoración del tráfico de bienes y servicios con interés económico, efectuadas en las áreas del mar reconocidas internacionalmente.

 ACTIVIDADES INNOVADORAS

Son aquellas actividades desde el amplio margen de interpretación del artículo 1429, las cuales son:

 Turismo Marítimo: Está basado en la muestra de los recursos propios de la región bajo cargas ecológicas, culturales y sociales, que permiten el esparcimiento y el empleo de recreación como actividad económica, efectuada evidentemente en las áreas del mar reconocida internacionalmente.

 Práctica de deportes náuticos: Corresponde al empleo de las actividades de preparamiento física y recreacional, efectuadas en las áreas del mar reconocidas internacionalmente.

Como se aplica en la ciudad de Cartagena

El desarrollo y crecimiento económico de la ciudad de Cartagena se ha basado principalmente en la práctica de actividades marítimas, portuarias y turísticas. Dentro de las cuales evidenciamos:

• SEÑALIZACIÓN MARÍTIMA EN EL MUELLE DE LOS PEGASOS.

Esta tiene como fin proporcionar a los navegantes los medios para fijar su situación e indicarles los peligros en las proximidades de la costa por medio de señales adecuadas. Con el fin de marcar las zonas que se encuentran

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