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EL ABORTO DESDE UNA PERSPECTIVA JURIDICA


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2014  •  5.795 Palabras (24 Páginas)  •  521 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El aborto es un fenómeno social que arroja estadísticas escalofriantes simplemente con las estadísticas conocidas, si entráramos más en este campo de los números veríamos que la cruda realidad que vive la sociedad actual, es inmensamente mayor que las simples cifras que arrojan simples y vagos acercamientos. Día a día se cometen abortos en el mundo contándose por millones incluso, este fenómeno ha ido mermando a la opinión pública y a instituciones que sus idearios oficiales han ido en pro del retroceso en materia de la legislación sobre el aborto en muchos países del mundo. No hay duda que se tienen que tomar medidas drásticas ya no para solucionar un problema que tiene raíces de sobra, sino para regularlo y hacerlo más benéfico para las mujeres que arriesgan la vida, al hacerlo clandestinamente.

Hoy por hoy, más que nunca es indispensable salvaguardar la vida humana primero la que esta ya hecha, es decir la de las mujeres, las que darán a luz, pero cuando sea el momento y estén preparadas, por eso nunca serán suficientes los intentos que se hagan para lograr unas leyes más justas para todos y para las mujeres, pues ellas son iguales ante la ley, teniendo los mismos derechos y obligaciones que los hombres, así pues el aborto como un crimen, no lo es, se necesita prevenir, ya lo no prevenido antes con anticonceptivos o muchas otras pudieron haber sido las causas del embarazo, pero ahora, hay que analizarlo y comprenderlo, pues es ahora es una vida la que está en juego, pero después serán naciones enteras las golpeadas con sobrepoblación y miseria, sólo por salvaguardar los intereses de unos cuantos, así como sus ideas.

EL ABORTO DESDE UNA PRESPECTIVA JURÍDICA

El derecho es un ordenamiento jurídico que pueden ser de índole constitucional, administrativa, civil, penal, consuetudinaria, victimal, entre otras. Cada rama persigue fines diversos.

En este universo, el Derecho Penal es el que se aplica para la protección de bienes jurídicos considerados de mayor valor por el legislador, cuyos fines son la prevención general de conductas antisociales y el mantenimiento de la paz social.

Sin embargo, no todo delito es en realidad una conducta antisocial y no toda conducta antisocial está considerada como delito, ya que en los procesos de criminalización (inclusión en el universo penal de una conducta) los fines antes mencionados se ven impactados por otros de naturaleza política, económica, religiosa, mítica y social, entre otros.

La norma penal se conforma con un tipo (descripción de la conducta), la punibilidad (que es la consecuencia que sufrirá el que ponga en peligro o dañe el bien que protege el tipo) y la culpabilidad (que permite responsabilizar al sujeto como autor del delito).

Desde el punto de vista jurídico, el aborto en cada país se aborda a través de diversas normas que reflejan el predominio de ideologías de carácter religioso, político, así como de los valores fundamentales.

Existen diversas posturas legislativas para abordar el tema del aborto:

Leyes prohibitivas. Aquellas que criminalizan la práctica del aborto estableciendo altas punibilidades (Código Canónico).

Leyes liberales. Las que despenalizan la práctica del aborto consentido y procurado (China, Vietnam, Tongo).

Leyes mixtas. Aquellas que establecen textos en los que implícita o explícitamente se determina en que caso el aborto será legal; es decir, indican los limites en los que un aborto puede llevarse a cabo legalmente, estableciendo las condiciones y requisitos para ellos. En estos casos la propia ley menciona que no serán punibles (Código del Distrito Federal y Código de los Estados de la República Mexicana).

Para el Derecho Penal, el aborto es provocar la muerte de producto en cualquier momento del embarazo. La punibilidad impuesta por la ley para el que realiza esta conducta depende de la clase de aborto. Por lo general se impone pena privativa de la libertad de entre tres meses y seis años.

Hay diversos tipos de aborto en la legislación penal:

Aborto sufrido. El que se practica a una mujer sin su consentimiento, fuere cual fuese el medio empleado. Esta clase de aborto puede ser con o sin violencia, física o moral; cuando hay violencia la pena aumenta. El aborto sufrido puede ser doloso si el que lo realiza sabe y quiere producir el resultado, y culposo cuando se efectúa sin proporcionar el cuidado posible y adecuado para que no se produzca la muerte del producto de la concepción.

Aborto consentido doloso. El que se realiza con el consentimiento de la mujer, sin importar que medio se emplea.

Aborto procurado. Es el que se procura la madre voluntariamente. En la legislación mexicana, esta clase de aborto puede ser sin móviles y con móviles de honor.

En este último caso se requiere que, además de la conducta, concurran ciertas circunstancias: que la mujer no tenga mala fama, que haya logrado ocultar su embarazo y que éste sea producto de una unión ilegítima, caso en el que el legislador disminuye la pena por considerar que la mujer lo realizó para defender su honra.

Por otro lado, las formas más comunes de abortos no punibles y algunos ejemplos de legislación nacional e internacional que los incluyen son los siguientes:

a) Prohibición total sobre el aborto

Las leyes más restrictivas son aquellas que prohiben el aborto en cualquier situación y se encuentran en países que constituyen aproximadamente el 0,4% de la población mundial. Dichas leyes definen el aborto como un delito y aplican sanciones al proveedor y, con frecuencia, a la mujer que se somete al mismo. Algunos ejemplos de países que contienen disposiciones en este sentido son Chile y El Salvador.

b) Aborto permitido para salvar la vida de la mujer

Las leyes ligeramente menos restrictivas permiten el aborto para salvar la vida de la mujer embarazada. Estas leyes existen en países que constituyen aproximadamente el 24,9% de la población mundial. Muchas de estas leyes eximen explícitamente del castigo a los proveedores que realizan el aborto o a las mujeres que se someten a él cuando su vida está en peligro. Otros países permiten a proveedores y pacientes presentar la excepción de "estado de necesidad" en el momento del juicio. Algunos ejemplos

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