EL ALMA DE LA TOGA
ELISANIAPEREZ29 de Enero de 2014
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EL ALMA DE LA TOGA
AUTOR: Angel Ossorio y Gallardo
(Madrid, 1873 - Buenos Aires, 1946) Ensayista, político y jurisconsulto español. Era hijo del escritor y bibliófilo Manuel Ossorio y Bernard.
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Ángel Ossorio y Gallardo
Estudió derecho en la Universidad Central de Madrid y emprendió una brillante trayectoria profesional, llegando a ocupar cargos como la presidencia de la Academia de Jurisprudencia y del Ateneo de Madrid, o el decanato del Colegio de Abogados. Políticamente militó siempre en las filas del Partido Conservador, y alcanzó los cargos de gobernador de Barcelona (1909) y ministro de Fomento (1917), aunque a raíz de la dictadura del general Primo de Rivera quedó relegado a un segundo plano.
Jurista de sólida formación, magistral conferenciante y periodista de ágil pluma, Ángel Ossorio fue autor de numerosas obras jurídicas e históricas, entre las que pueden citarse El divorcio en el matrimonio civil, Historia del pensamiento político catalán durante la guerra de España con la República francesa, El alma de la toga, Los orígenes próximos de la España actual, Cartas a una señora sobre temas de Derecho Político, La reforma del Código Civil argentino y La España de mi vida.
INTRODUCCION
Luego de 25 años de ejercicio profesional Ángel Ossorio escribió el Alma de la Toga en el que reflexiona sobre el comportamiento de los abogados de aquella época y que lamentablemente no dista mucho de la actualidad.
El autor considera que la abogacía no es una consagración académica, sino una concreción profesional. Y dice que nuestro titulo universitario no es de "Abogado", sino de "licenciado en derecho". Y que para poder ejercer la profesión de "Abogado". Debe dedicar su vida a dar consejos jurídicos y pedir justicia en los tribunales. Y quien no haga esto será todo lo licenciado que quiera pero Abogado no.
A lo largo del libro el autor insiste en que los abogados no solo deben conocer las leyes sino fundamentalmente tener un gran sentido común..
A lo largo del libro el autor insiste en que los abogados no solo deben conocer las leyes sino fundamentalmente tener un gran sentido común que les permita escoger el camino correcto, es decir el camino de la justicia, siguiendo no necesariamente lo que dicen los textos o los códigos sino lo que dice su conciencia.
En cada sección del libro presenta casos que ayudarán a los estudiantes en su momento a tomar la mejor decisión incidiendo en el lado ético de la profesión.
Los valores morales son inculcados en el individuo desde pequeños en casa, y no en una carrera, sea derecho o cualquier otra, la idea es que estos sirvan de base para conducirnos en la vida y escoger lo que consideremos correcto o incorrecto.
El autor sostiene que la rectitud de la conciencia es más importante que el ingenio del Abogado y que este no debe aceptar asuntos que para su conciencia sean perturbadoras o inmorales, también nos habla del secreto profesional, dejando claro que el Abogado no debe revelar los secretos que le
haya confiado su cliente.
QUIEN ES ABOGADO
El autor define al Abogado como la persona que dedica su vida para abogar por otra persona dando consultas y ejerciendo la profesión de manera continua e ininterrumpida.
Dice también que el Abogado debe tener sentido de previsión, serenidad, amplitud de miras y de sentimientos, la justicia no es fruto del estudio si no que es una sensación.
Ossorio considera que la abogacía no es una consagración académica, sino una concreción profesional. Y dice que nuestro titulo universitario no es de "Abogado", sino de "licenciado en derecho". Y que para poder ejercer la profesión de "Abogado". Debe dedicar su vida a dar consejos jurídicos y pedir justicia en los tribunales. Y quien no haga esto será todo lo licenciado que quiera pero Abogado no.
En resumen señala que el Abogado es, el que ejerce permanentemente la Abogacía. Los demás serán solamente licenciados en derecho, pero nada más.
LA FUERZA INTERIOR
Considera que en el hombre cualquiera que sea su oficio, debe creer principalmente en sí. Sino halla la fuerza en sí mismo no la encontrará en ninguna otra parte.
Recomienda fiar en sí. Vivir la propia vida. Seguir los dictados que uno mismo se imponga y desatender lo demás.
Las decisiones de un hombre prudente no se forman por generación espontanea, sino como fruto de un considerado respeto a opiniones, conveniencias y estímulos del exterior.
Según el
autor, el Abogado tiene que comprobar a cada minuto si se encuentra asistido de aquella fuerza interior que ha de hacerle superior al medio ambiente; y en cuanto le asalten dudas en este punto debe cambiar de oficio.
LA SENSACION DE LA JUSTICIA
Lo que realmente importa para un Abogado no es saber el derecho, sino conocer la vida. El derecho positivo está en los libros, pero lo que la vida reclama no está escrito en ninguna parte. Quien tenga previsión, serenidad, amplitud de miras y de sentimientos para advertirlo, será Abogado; quien no tenga más inspiración ni más guía que las leyes, será un desventurado mandadero.
El autor refiere que cuando visito al escritor Daudet y le manifestó que era estudiante de Derecho, éste le dijo: "las leyes, los códigos no deben ofrecer ningún interés. Se aprende a leer con imágenes y se aprende la vida con hechos. Procure ver y observar. Estudie la importancia de los intereses en la vida humana.
La pugna entre lo legal y lo justo no es invención de novelistas y dramaturgos, sino producto vivo de la realidad. El Abogado debe estar bien apercibido para servir lo segundo aunque haya de desdeñar lo primero. Y sostiene que esto no es estudio es una sensación.
Sostiene que el Abogado que al enterarse de lo que se le consulta no experimenta la sensación de lo justo y lo injusto y cree hallar la razón en el estudio de los textos, se expone a tejer artificios legalistas ajenos al
sentido de la justicia.
El hombre necesita un sistema de moral para no ser juguete de los vientos; y cuando se halle orientado moralmente, su propia conciencia le dirá lo que debe aceptar o rechazar, sin obligarle a compulsas legales ni a investigaciones científicas.
LA MORAL DEL ABOGADO
La abogacía no se cimienta en la lucidez del ingenio, sino en la rectitud de la conciencia.
Malo será que erremos y defendamos como moral lo que no es; pero si nos hemos equivocado de buena fe, podemos estar tranquilos.
Cuando un Abogado acepta una defensa, es porque estima - aunque sea equivocadamente- que la pretensión de su tutelado es justa, y en tal caso al triunfar el cliente triunfa la justicia, y nuestra obra no va encaminada a cegar sino a iluminar.
Nunca ni por nada es lícito faltar a la verdad en la narración de los hechos.
Abogado que sucumba al que dirán debe tener su hoja de servicios manchada con la nota de cobardía. No digo que el juicio público no sea digno de atención. Lo que quiero decir es que después de adoptada una resolución, vacilar ni retroceder por miedo a la critica, que es un monstruo de cien cabezas irresponsables y faltas de sindéresis.
Cuando se ha marcado la línea del deber hay que cumplirla a todo trance. El transeúnte que se detenga a escuchar los ladridos de los perros, difícilmente llegará al término de su jornada.
EL SECRETO PROFESIONAL
El Autor antes de hablar de
secreto profesional, sostiene que la única manera de guardar un secreto es no diciéndoselo a nadie.
El Abogado está obligado a guardar secreto y el no guardarlo es un delito.
En esta parte el autor sostiene que hay diversas formas de interpretar el tipo de relación que existe ente un Abogado y su cliente.
Considera que la Abogacía no es una carrera ni un oficio sino un ministerio y como tal hay que contemplarla sin que le alcance ninguna otra regulación.
El Abogado debe guardar el secreto a todo trance, cueste lo que cueste. El Abogado en la guarda del secreto profesional, puede encontrarse en tres conflictos: conflicto con su propia conveniencia, conflicto con el interés particular ajeno y conflicto con un grave interés social.
Si bien guardar el secreto es la regla general, hay situaciones en que el Abogado debe decir la verdad cueste lo que cueste y pase lo que pase, no pueden caber dudas cuando de por medio está la vida de un inocente. Ha de morir el culpable. En este supuesto se entenderá que el Abogado queda relevado de guardar el secreto y debe descubrir la verdad.
El Abogado no solo no está obligado a mentir sino que no le es lícito hacerlo. La verdad debe ser su norma.
El trabajo del Abogado envuelve una gama de peculiaridades de la conducta que no pueden entrar en las definiciones de los autores ni en los textos de los códigos.. Solo la conciencia de los abogados puede resolverlas con
secreto profesional, sostiene que la única manera de guardar un secreto es no diciéndoselo a nadie.
El Abogado está obligado a guardar secreto y el no guardarlo es un delito.
En esta parte el autor sostiene que hay diversas formas de interpretar el tipo de relación que existe ente un Abogado y su cliente.
Considera
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