IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
carlos0214Tesis14 de Noviembre de 2014
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ÍNDICE
Contenido
JUSTIFICACIÓN 4
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 5
Iniciativa de ley 5
Entrada en vigor 5
Estructura general 5
CLASIFICACIÓN DE LOS IMPUESTOS E INCIDENCIA ECONÓMICA DEL IVA. 6
IMPUESTO DIRECTO 6
IMPUESTO INDIRECTO 6
INCIDENCIA ECONÓMICA DEL IVA 6
ELEMENTOS DE LA RELACION TRIBUTARIA DEL IVA. 7
SUJETOS 7
OBJETO. 8
BASE 9
TASA 9
Periodo de imposición y fecha de pago 9
IVA ACREDITABLE Y TRASLADADO 9
IVA POR ENAJENACIÓN DE BIENES 10
Traslación y acreditamiento del impuesto 10
Concepto de enajenación 11
Conceptos que no se consideran enajenación 11
Enajenaciones exentas 11
DEL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES 16
Concepto de uso o goce temporal de bienes 16
Base del impuesto en uso o goce temporal de bienes 16
DE LA IMPORTACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 17
Concepto de importación 17
DE LAS EXPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS 17
EL IVA EN ESPAÑA 18
Modificaciones del IVA en España desde su introducción 18
CONCLUSIONES 20
JUSTIFICACIÓN
La implantación del IVA en México vino a eliminar diversos impuestos sobre todo el efecto en cascada que tenía el impuesto federal sobre ingresos mercantiles.
Se dice que Francia fue el primer país es establecer un impuesto de tipo valor agregado en el año 1954, posteriormente se generalizó en la comunidad económica europea en 1967. Otros países que lo han establecido son los latinoamericanos.
En México, en 1968 y 1969 se promovió sustituir hasta el 29 de Diciembre de 1978 cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación. Entro en vigor el 1 de enero de 1980 y abrogó principalmente el Impuesto sobre Ingresos mercantiles, en vigor desde 1948.
El impuesto al valor agregado se paga en cada etapa de la producción y el consumo, deja de ser en cascada, ya que cada industria o comerciante al recibir el pago del impuesto que traslada a sus clientes, recupera el que a él le hubieran repercutido sus proveedores y entra al estado solo la diferencia. En esta forma el sistema no permite que el impuesto pagado en cada etapa influya en el costo de los bienes y servicios al llegar éstos al consumidor final no llevan disimulada u oculta el precio, carga fiscal alguna.
Con el nuevo impuesto se propuso que resulte la misma carga fiscal para bienes por el que deba pagarse independientemente el numero de productores, intermediarios que intervengan en el proceso económico, lo que permite suprimir numerosos impuestos especiales que gravan la producción o venta de primera mano.
Dentro de los objetivos de la investigación se encuentra el conocer cuáles fueron los motivos que originaron el IVA, ubicar la estructura del IVA y su reglamento, determinar qué tipo de impuesto es el IVA y quien es el sujeto pagador del impuesto y conocer las reglas básicas para interpretarla y aplicarla.
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Iniciativa de ley
Modifica la estructura del sistema tributario. Se debe de pagar en cada una de las etapas entre la producción y su consumo, pero deja de ser en cascada pues cuando el comerciante traslada el impuesto a su cliente recupera el monto del impuesto que el haya pagado a su proveedor y únicamente entregará al fisco la diferencia entre el IVA que cobra y el que paga. Este impuesto no INCIDE en el costo de bienes o servicios que se ofrecen y mucho menos afecta el precio de los mismos, por lo tanto se considera como un impuesto indirecto.
Un requisito del IVA es que se traslade el importe en forma expresa y por separado del precio del bien, así el consumidor final podrá observar cuál es la cantidad que está pagando por el impto.
Entrada en vigor
Se aprueba en diciembre 1978 por el congreso de la unión y entra en vigor el 1 de enero de 1980. Fue por que al ser un impuesto que modifica la estructura fiscal, era necesario darle tiempo a los contribuyentes así como a las autoridades a que tuvieran conocimiento del mismo.
Estructura general
Contenido.
1. De las prestaciones de servicios.
2. Del uso y goce temporal de bienes.
3. Importación de bienes y servicios.
4. Exportación de bienes y servicios.
5. Obligaciones de los contribuyentes.
6. Facultades de las autoridades.
7. De la participación de las entidades federativas.
Se integra por 9 capítulos y 8 reglamentos donde se menciona elementos tributarios que dan origen al nacimiento y pago del gravamen.
CLASIFICACIÓN DE LOS IMPUESTOS E INCIDENCIA ECONÓMICA DEL IVA.
El IVA en un impuesto indirecto por ser gravamen que incide en el consumo de las personas.
IMPUESTO DIRECTO
Son aquellos que se aplican sobre la renta y el patrimonio, en los que el contribuyente deiure (aquel que la ley designa como responsable del ingreso del tributo al fisco) es el mismo que el contribuyente de facto (quien soporta la carga impositiva), al tiempo que considera indirectos a aquellos impuestos que presentan una traslación de carga positiva del contribuyente deiure al contribuyente
IMPUESTO INDIRECTO
Pueden ser trasladados de modo que no incide en el patrimonio del sujeto pasivo sino en el de otras personas de quienes con los impuestos directos que no pueden ser trasladados e inciden en el patrimonio del sujeto pasivo en la obligación puesto que no lo pueden recuperar de otras personas. La características del IVA es que incide en el consumo (consumidor soporta el peso de la carga fiscal). El control y recaudación del IVA se efectúa por el proveedor de bienes y servicios quien generalmente no resulta afectado por el peso del gravamen.
INCIDENCIA ECONÓMICA DEL IVA
El IVA se repercute en cada etapa de la cadena productiva en el valor que se añade en cada una de ellas, hasta llegar al consumidor final como resultado del valor incorporado en un producto o servicio en las diferentes etapas económicas.
1. Contribuyente = proveedor de bienes y servicios
El productor de bienes y servicios tiene la obligación de trasladarlo al adquirente ya que tiene el carácter del contribuyente en relación con los actos o actividades que señala la misma ley.
2. Destinatario del gravamen = consumidor final
El consumidor final que utiliza los bienes y servicios es quien soporta el peso del mismo; el consumidor final aun cuando tiene a cuesta el peso de la carga fiscal no puede ser contribuyente al no intervenir en las etapas del proceso de producción y distribución de bienes y servicios.
ELEMENTOS DE LA RELACION TRIBUTARIA DEL IVA.
La relación tributaria es el vinculo jurídico que se establece entre el sujeto llamado activo y el sujeto pasivo, cuya única fuente es la ley por cuya realización se encuentra en la necesidad jurídica de cumplir con ciertas obligaciones formales y sustancialmente de entregar al estado cierta cantidad de bienes, por lo general en dinero que debe destinarlas a la satisfacción del gasto público y se extingue al cesar las actividades reguladas por la ley tributaria.
ELEMENTOS: sujetos, objeto, tasa, base y periodos de imposición.
SUJETOS
Son aquellos sujetos llamados activo y pasivo, es decir los contribuyentes y autoridad fiscal quienes participan directamente en la relación tributaria de los obligaciones y derechos previstos en las leyes fiscales que de éstas nacen, cuando sustancialmente el sujeto pasivo lleva a cabo ciertas situaciones de carácter jurídico.
La autoridad fiscal (art 1 del LSAT) dice que es el SAT (órgano descentralizado de SHCP) (ES UN SUJETO ACTIVO).
El SAT tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera con el fin de que las Personas Físicas y Personas Morales contribuyan al gasto publico de manera proporcional y también fiscalizarlos para que cumplan con las disponibilidad fiscales, entre otras las que establece la LIVA.
En cuanto a los sujetos pasivos el art 1 de LIVA que están obligados al pago de éste establecidas en dicha ley las Personas Físicas y Personas Morales.
A) De las personas físicas: El art 22 del CCF señala que se entiende por personas físicas aquellas que adquieren capacidad jurídica por el nacimiento y por la muerte desde que un individuo es concebido entra bajo la protección de la ley.
B) De las personas morales : (o personas colectivas) se conforman por un conjunto de personas físicas o personas morales o la combinación de ambas para realizar un fin licito, quien requiere ser protocolizado por fedatario público cuya responsabilidad jurídica es distinta a sus integrantes además de contar con patrimonio.
OBJETO.
Es la realidad económica sujeta a imposición, sin embargo para el sujeto que la realiza se vea en la obligación de pagar impuesto correspondiente de este previsto en la norma fiscal, que al realizarla genera la obligación tributaria llamada “hecho generador” o hecho imponible, acompañado de determinados derechos para el sujeto pasivo, por lo tanto no se puede pagar impuesto sin antes estar regulado por una ley.
Art. 1 ESTAN OBLIGADOS a pagar impuesto las personas físicas y personas morales que en territorio nacional realicen lo siguiente:
Enajenación de
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